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Dirección General de Infraestructuras

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Titular:  Jesús Huertas García

Subdirectora General: Susana Benavides Vedia

Corresponde a la Dirección General de Infraestructuras la planificación, gestión y desarrollo de las competencias en materia de carreteras y demás infraestructuras viarias.

En particular, le corresponden las siguientes funciones:

  • La elaboración de planes y programas de carreteras y otras infraestructuras viarias de la Comunidad Autónoma, en el marco de la planificación general de infraestructuras que establezca la Consejería, así como su desarrollo y seguimiento.
  • La elaboración de estudios y normas sobre proyección, construcción, conservación y explotación en materia de carreteras y otras infraestructuras viarias.
  • La programación anual de inversiones, estudios, proyectos y obras de carreteras y otras infraestructuras viarias, sin perjuicio de la competencia de coordinación de la actividad económico-financiera que le corresponde a la persona titular de la Viceconsejería.
  • La construcción, conservación y explotación de las carreteras y otras infraestructuras viarias competencia de la Comunidad Autónoma.
  • El fomento y mejora de la calidad paisajística de las carreteras y otras infraestructuras viarias de Andalucía.
  • La coordinación en el ámbito de la participación de la Comunidad Autónoma en la gestión de la Red de Vías Verdes que discurren por Andalucía.
  • La protección y gestión del dominio público viario, así como la elaboración de informes sectoriales a planes, estudios y proyectos que afecten al mismo.
  • La elaboración, revisión y actualización del Catálogo de la Red de Carreteras de Andalucía.
  • El informe de los estudios, planes y proyectos en materia de carreteras que afecten a la Comunidad Autónoma.
  • La evaluación y seguimiento de las actividades de su competencia, encomendadas a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía en el marco de las directrices de la persona titular de la Consejería y sin perjuicio de las funciones de coordinación que correspondan a la persona titular de la Viceconsejería.
  • Las que establece el Decreto 208/1995, de 5 de septiembre, por el que se atribuyen determinadas competencias a los órganos de la Consejería en materia de carreteras.
  • El desarrollo de la planificación de las infraestructuras relacionadas con el uso de la bicicleta.
  • La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a la actividad de la Consejería, dentro de su ámbito de competencia.
  • Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.

 

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