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Presentación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2003

La Intervención General formula la Cuenta General de la Junta de Andalucía, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 51 de la Orden de 7 de junio de 1995, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía.

Los estados que componen la cuenta son los previstos en los artículos 95 y 96 de la Ley General de la Hacienda Pública y en el artículo 52 de la mencionada Orden de 7 de junio de 1995, así como en la Disposición Adicional de la orden de 31 de enero de 1997, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.

Dichos estados se presentan en formato digital. No obstante, tanto los resultados como las magnitudes globales se presentan igualmente en el tradicional formato papel, contenidos en las diferentes memorias o Anexos que se integran en esta Cuenta General, y que más adelante se enumeran.

Como consecuencia del fin del período transitorio previsto en el artículo 12 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, y conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 27 de la citada Ley, el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002 se elaboró y aprobó en euros, contabilizándose todas las operaciones del ejercicio en esta unidad. Del mismo modo tanto el Presupuesto como las operaciones del ejercicio 2003 se han aprobado, ejecutado y contabilizado en euros. Los listados que componen esta Cuenta General se expresan en euros y céntimos de euros, mientras que en las tablas y cuadros integrados en las diferentes memorias se expresan las cifras, bien con ese criterio, bien en miles de euros, atendiéndose a los importes o la entidad de la información que se ofrece. En cualquier caso, para el redondeo se ha utilizado el criterio previsto en la antes citada Ley 46/1998.

Estados de la Cuenta General:

1. Memoria de la Cuenta General.

La memoria de la Cuenta General de la Junta de Andalucía se emite de conformidad con lo establecido en el artículo 96.a) de la Ley 5/1983 y en el artículo 52.3 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 7 de junio de 1995, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía. En ella se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos efectuadas en el ejercicio 2003 en el ámbito de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos.

En concreto se recogen cuadros donde se resume la información relativa a:

  • Los créditos autorizados y sus modificaciones.
  • La liquidación del estado de ingresos.
  • La liquidación del estado de gastos.
  • Los movimientos de la tesorería.
  • La cuenta general de la Deuda Pública y la General del endeudamiento de la Junta de Andalucía.
  • La evolución y situación de los derechos y obligaciones procedentes de ejercicios anteriores.

Asimismo se contienen en la memoria los cuadros que reflejan los resultados del ejercicio, tanto en términos presupuestarios (artículo 95, parte Sexta, de la Ley 5/1983) como financieros (apartado I.2 de la Cuarta Parte del Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus organismos autónomos de carácter administrativo, aprobado mediante orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 31 de enero de 1997). A estos efectos, se incluyen en la misma el Balance de situación, la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial y el estado de liquidación del Presupuesto, junto con la variación de activos y pasivos, el cálculo del remanente de tesorería y el cuadro de financiación. Además de los estados propios de la Junta de Andalucía, el estado del resultado presupuestario se presenta consolidado con los de los organismos autónomos, incluyéndose en éste los efectos de las desviaciones de gastos con financiación afectada. Igualmente, el estado del remanente de tesorería se ofrece por segundo año acumulado a los datos de los organismos autónomos, y corregido por las desviaciones de financiación acumuladas consolidadas.

2. Memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados.

Dando cumplimiento a la previsión del artículo 96.b) de la citada Ley 5/1983, se incluye como Anexo de la memoria de la Cuenta General una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se contienen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del presupuesto y los alcanzados, atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Asimismo se incluye una breve memoria individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación, y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, así como los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución.

3. Cuentas de los Organismos Autónomos.

El artículo 97 de la Ley 5/1983 incluye como parte de la Cuenta General las cuentas de cada uno de los organismos. A estos efectos, se añaden, como anexos, las memorias de cada uno de los organismos autónomos de la Junta de Andalucía, que (según lo previsto en el apartado I.2 de la Cuarta Parte del Plan General de Contabilidad Pública antes citado) junto con el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial, y el estado de liquidación del presupuesto, conforman sus cuentas anuales. Estos tres documentos, junto con los cuadros que expresan el movimiento de la tesorería, la variación de activos y pasivos, el cálculo del remanente de tesorería y el cuadro de financiación, se incluyen dentro de cada una de las memorias en el apartado referido a los resultados del ejercicio. En el apartado Organizaciómn se desarrollan las incidencias que en la Cuenta que se rinde han tenido la creación o supresión de Organismos Autónomos durante el ejercicio 2003.

4. Cuentas de las empresas públicas.

Finalmente se incluyen, también como anexo, a los efectos del antes citado artículo 97, y conforme prevé el artículo 52.2 de la citada Orden de 7 de junio de 1995, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y el Balance de situación correspondientes a cada una de las empresas de la Junta de Andalucía que hayan remitido esta información con anterioridad al término previsto en el número 2 del citado artículo 97 y en el formato establecido por esta Intervención General, bien se trate de entidades de derecho público, o bien de entidades con forma jurídica mercantil en las que la Junta de Andalucía posee participación mayoritaria, directa o indirecta. Asimismo, en el caso de empresas que integren un grupo, y en la medida en que hayan aportado en plazo esta información, además de los estados individuales se incluyen las Cuentas anuales consolidadas del grupo. Finalmente se incluye, exclusivamente en formato digital, la memoria de las Cuentas anuales de aquellas empresas que la hayan aportado en plazo.

 

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