La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo y, en el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía.
Los estados que componen esta Cuenta General son los previstos en los artículos 105.2 y 106 del citado Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y, en el artículo 56 de la Orden de 19 de febrero de 2015, así como en la Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y de Agencias Administrativas y de Régimen Especial, incluyéndose asimismo la Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta del Inmovilizado, previstas en el artículo 54 de la citada Orden de 19 de febrero de 2015.
EL JEFE DE SERVICIO
Fdo.: Manuel Sivianes Velázquez
LA INTERVENTORA ADJUNTA AL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: María Antonia González Pavón
EL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: Vicente Fernández Guerrero
II.1. Estructura
La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2015 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 55 de la actual Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, de aplicación para la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, a partir del 1 de enero de 2015.
La Cuenta General, conforme a los artículos 105 a 107 del mencionado Texto Refundido, agrupa el conjunto de las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería realizadas por la Junta de Andalucía, sus agencias, instituciones, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y fundaciones del sector público andaluz durante el ejercicio.
Los estados que componen la Cuenta son los previstos en los artículos 105.2 a 106 del TRLGHP y en el artículo 56 de la mencionada Orden de 19 de febrero de 2015, así como en el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
A la Cuenta General se incorpora, asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Orden que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, la Cuenta del Inmovilizado, rendida por la persona titular de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Estados de la Cuenta General
1. Relativos a la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas
En sus respectivas Memorias se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos, efectuadas durante el ejercicio 2015, dentro de su ámbito de actuación.
En concreto, presentan la siguiente estructura:
• Resultados del ejercicio, en términos presupuestarios, de acuerdo con el artículo 105.2 letra f) del TRLGHP, y concretados en los Estados del Resultado Presupuestario, de la Tesorería, del Remanente de Tesorería y de la Variación de Activos y Pasivos. El Remanente de Tesorería tanto de la Junta de Andalucía como de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, del Servicio Andaluz de Salud, del Instituto Andaluz de la Mujer, del Instituto Andaluz de la Juventud, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, del Patronato de la Alhambra y Generalife, del IFAPA, del Servicio Andaluz de Empleo y de la AGAPA, se presentan corregidos por los derechos pendientes de dudoso cobro, de acuerdo con la recomendación de la Cámara de Cuentas de Andalucía y los Principios Contables Públicos.
• Estado de las Modificaciones de Crédito, distinguiendo por tipos de modificaciones, y su incidencia sobre los estados de ingresos y gastos del Presupuesto, a nivel de capítulos y de programas.
• Liquidación y ejecución del Presupuesto de Ingresos, incluyendo el estado de los derechos pendientes de cobro.
• Liquidación y ejecución del Presupuesto de Gastos, incluyendo el estado de las obligaciones pendientes de pago y de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, así como de los libramientos pendientes de justificar.
• Resumen de la ejecución del Presupuesto de Gastos con financiación afectada.
• Resultados del ejercicio, en términos financieros, de acuerdo con el nuevo Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial. A estos efectos, se incluyen además de los tres estados existentes hasta el momento, Balance, Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial y Memoria, dos estados nuevos, el Estado de cambios en el patrimonio neto y el Estado de Flujos de Efectivo:
• Balance de Situación: comprende los bienes y derechos, así como los posibles gastos diferidos, que constituyen el activo de la entidad y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma.
• Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial: incluye, de forma separada, los ingresos y beneficios del ejercicio y los gastos y pérdidas del mismo y, por diferencia, el resultado, que podrá ser de ahorro o desahorro.
• Estado de cambios en el patrimonio neto: tiene tres partes: a) estado total de cambios en el patrimonio neto, b) estado de ingresos y gastos reconocidos y c) estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias.
• Estado de flujos de efectivo; informa del origen y destino de los movimientos habidos en las partidas monetarias de activo representativas de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, e indica la variación neta sufrida por las mismas en el ejercicio.
• Memoria: completa, amplía y comenta la información contenida en los estados anteriores. Se debe informar de las normas de reconocimiento y valoración aplicadas y de otra información adicional que se considera relevante para la comprensión por las personas usuarias de las cuentas anuales. Hay que resaltar como novedad, que la memoria incluirá indicadores financieros, patrimoniales y de gestión.
Además de los estados propios de la Junta de Andalucía y de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, el Resultado Presupuestario y el Remanente de Tesorería se presentan consolidados con las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, corregido este último por los derechos pendientes de dudoso cobro.
La Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta de Avales, completan la Memoria de la Junta de Andalucía, sin que exista equivalente para las Agencias Administrativas en este caso.
En el ejercicio 2015, la Junta de Andalucía se configura en treinta y siete secciones presupuestarias: once Consejerías, doce Agencias Administrativas, tres Agencia de Régimen Especial y once secciones adicionales. La codificación de las Consejerías y de las distintas agencias a ellas adscritas resulta del orden de prelación aprobado mediante el Decreto del Presidente 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
En relación con las Agencias Administrativas, se rinden las cuentas de las doce existentes actualmente:
Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP)
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA)
Agencia de Defensa de la Competencia en Andalucía (ADCA)
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL)
Servicio Andaluz de Salud (SAS)
Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)
Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ)
Agencia Andaluza de Evaluación Educativa (AAEE)
Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores (IAEAS)
Patronato de la Alhambra y el Generalife (PAG)
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC)
Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Producción Ecológica (IFAPA)
En la Cuenta General del ejercicio 2015 caben destacar tres cuestiones de especial relevancia:
• En primer lugar, en virtud de la Orden de 17 de diciembre de 2014, se produce la implantación del sistema de gestión integral de recursos organizativos “Sistema GIRO" de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, entrando en vigor el 1 de enero del ejercicio 2015, que sustituye al implantado en virtud de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 23 de diciembre de 1992, denominado Sistema Integrado de Gestión Presupuestaria, Contable y Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía “Sistema Júpiter".
El objetivo de este Sistema es aglutinar las distintas áreas que conforman la actividad económico-financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, respetando el conocimiento acumulado e incorporándolo a la nueva plataforma tecnológica.
De conformidad con el artículo 9.1.g) del TRLGHP, la Junta de Andalucía se encuentra sometida al principio de contabilidad pública, tanto para reflejar las operaciones y resultados de su actividad, como para facilitar datos e información, necesarios para el desarrollo de sus funciones. Además, también está sometida a los principios de estabilidad presupuestaria, eficiencia y economía, coordinación, transparencia y eficacia en la gestión, presupuesto anual, unidad de caja e intervención de todas las operaciones de contenido económico. En el marco de estos principios tiene lugar la implantación del «Sistema GIRO», que soporta la tramitación de los procedimientos electrónicos relativos a los expedientes de los ámbitos presupuestario, patrimonial, económico-financiero, de control y contabilidad, de manera integral, desde la elaboración del presupuesto hasta la rendición de cuentas una vez cerrado el ejercicio; permitiendo la integración directa con los sistemas que tramitan el resto de expedientes administrativos en sus fases económico-financieras así como el análisis de la información generada durante todo el proceso.
• En segundo lugar, se publica la nueva Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía que sustituye a la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 7 de junio de 1995. Esta actualización se hace necesaria debido al enorme crecimiento del volumen de recursos a gestionar y la mayor complejidad de los procedimientos de gestión económica, que exigen una mejor cobertura y una mayor agilidad y automatismo de los procesos y de la información contable. Asimismo, también se han incrementado enormemente las exigencias respecto del tratamiento y rendición de la información contable, con el objeto tanto de contribuir a la máxima eficiencia en la gestión de los recursos públicos, como de responder a las demandas derivadas de nuevas normas a las que ha de someterse la gestión de los mismos, así como de dotar al conjunto de la Administración de una mayor transparencia y control en estos ámbitos.
Además, en este período se han producido cambios normativos que afectan a la contabilidad pública y que requieren ser contemplados en la presente norma. Entre estos cambios están la implantación de la Contabilidad Patrimonial sobre la base del Inventario de la Junta de Andalucía y las modificaciones de la normativa en materia contable y de estabilidad presupuestaria, otros motivos relevantes han sido el desarrollo de la Administración Electrónica y la implantación del Sistema GIRO.
• En tercer lugar, en virtud de la Orden de 30 de marzo de 2015, se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial “PGCF", que sustituye a la Orden de 31 de enero de 1997, por la que se aprobó el Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo.
Esta actualización se ha hecho necesaria debido a distintos hitos normativos, como son; la elaboración de las Normas Internacionales aplicables a la contabilidad del Sector Público “NIC-SP", la publicación del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y la aprobación del Plan General de Contabilidad Pública mediante Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, que se configura como plan marco para todas las Administraciones Públicas y que pretende alcanzar tres objetivos fundamentales: adaptar el Plan General de Contabilidad Pública a las NIC-SP, la normalización contable con el Plan de Contabilidad aplicable a las empresas con las especialidades propias de las entidades del sector público al que va dirigido y mejorar la información que permita apoyar la adopción racional de decisiones.
Este nuevo Plan General de Contabilidad Financiera pretende la obtención de una información contable comparable y homogénea entre las distintas Administraciones Públicas, continuar el proceso de mejora de la transparencia y rendición de la información contable y contribuir al proceso de normalización iniciado en el ámbito de las empresas y de la Administración del Estado. Se divide en cinco partes:
• La primera parte, marco conceptual de la contabilidad pública, establece los documentos que integran las cuentas anuales financieras, los principios contables públicos, los requisitos de la información contable, las definiciones de los elementos de las cuentas anuales y los criterios generales de registro y de valoración de los mismos.
• La segunda parte comprende las normas de reconocimiento y valoración y contiene el desarrollo de los componentes descritos en la primera parte, como son los principios contables y los criterios de registro y valoración aplicables a diversos elementos patrimoniales.
• La tercera parte recoge las normas de elaboración de los documentos que integran las cuentas anuales que son el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado flujos de efectivo y la memoria.
• La cuarta parte, cuadro de cuentas, contiene los grupos, subgrupos y cuentas. Las cuentas de los grupos 1 a 5 contienen las cuentas de balance, los grupos 6 y 7 las de gestión y demás componentes del resultado. Los nuevos grupos 8 y 9 incluyen los gastos e ingresos imputados al patrimonio neto, respectivamente. Las cuentas del grupo 0 pasan a no tener carácter obligatorio al tratarse de cuentas que reflejan fases que preceden al reconocimiento de la obligación o del derecho.
• La quinta parte, definiciones y relaciones contables.
Otros aspectos a resaltar en la Cuenta General del ejercicio 2015:
• En primer lugar, es necesario destacar los cambios experimentados en los Estados de Tesorería tanto de la Junta de Andalucía como de las agencias. Esta variación se produce en virtud de la Disposición Transitoria Cuarta “Régimen de las ordenaciones de pagos" de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, en la que se recoge que desde la fecha de la implantación del Sistema GIRO y hasta que se modifique el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos, las competencias de las ordenaciones de pagos secundarias se atribuyen a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.
Igualmente, durante este período, la Tesorería General de la Junta de Andalucía realizará el pago material de los documentos contables ordenados por las tesorerías de todas las agencias que estén incluidas dentro del perímetro de consolidación de la Comunidad Autónoma de Andalucía de acuerdo con la metodología de la contabilidad nacional, es decir, todas las agencias con excepción del Patronato de la Alhambra y el Generalife.
La entrada en vigor del sistema GIRO se produce el día 1 de enero de 2015, por tanto, los Fondos Líquidos existentes a 31 de diciembre del ejercicio 2015, de todas las agencias se transfieren y contabilizan durante las operaciones de cierre del ejercicio en la Tesorería General.
• En segundo lugar, es necesario destacar el cambio en los criterios de consolidación utilizados en la Cuenta General del ejercicio 2015, siguiendo la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, el perímetro de consolidación de la Junta pasa a incluir además de las Agencias Administrativas a las Agencias de Régimen Especial.
Por tanto, en la Cuenta General del ejercicio 2015 se incluyen por primera vez los Estados del Resultado Presupuestario y del Remanente de Tesorería Consolidados de la Junta de Andalucía con sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
• En tercer lugar, se atiende la recomendación realizada por la Cámara de Cuentas de Andalucía acerca de la necesidad de establecer unos criterios más depurados para dotar las provisiones sobre los saldos de los derechos pendientes de cobro.
Se han realizado diferentes análisis para que los criterios utilizados dieran lugar a una provisión más cercana a la realidad, siendo el ejercicio 2015 el primero en el que se van a incorporar estos nuevos criterios para el cálculo de la provisión por insolvencias.
Se ha optado por utilizar un criterio de antigüedad en función del ejercicio de procedencia del derecho que se encuentre pendiente de cobro. Por tanto, se consideran dudoso cobro todos los derechos pendientes de cobro anteriores al ejercicio n-5, y se incluyen aplicando porcentajes los derechos pendientes de cobro del periodo n-2 a n-5. Además del total de derechos pendientes de cobro se han ajustado los correspondientes a derechos pendientes de cobro provenientes de Fondos Europeos, de transferencias de la Junta a las Agencias y los relativos al endeudamiento público.
• En cuarto lugar, la Cuenta General incluye como viene haciendo en ejercicios anteriores, información relativa al saldo de obligaciones reconocidas pendientes de aplicar al Presupuesto y contabilizadas en la Cuenta 413 para el conjunto de las Consejerías, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía. A este respecto, se incluyen tablas sobre de detalle de los movimientos realizados en dicha cuenta y la naturaleza económica de sus cargos y abonos. Esta información se incluye en el apartado relativo al Balance de situación, completando la visión de la situación financiera a corto plazo, ya que estas obligaciones pendientes de pago contabilizadas en la cuent
a 413 no se computan para calcular el Remanente de Tesorería.
SECCIÓN | CONSEJERÍA | SALDO INICIAL | CARGOS | ABONOS(3) | SALDO FINAL |
0100 | Presidencia | 637 | 17.946 | 17.459 | 150 |
0300 | Deuda Pública | - | 240 | 240 | - |
0500 | Consejo Consultivo de Andalucía | - | 393 | 393 | 1 |
0600 | Consejo Audiovisual de Andalucía | - | 1.321 | 1.326 | 5 |
0900 | Administración Local y Relaciones Institucionales | 1.419 | 4.254 | 2.857 | 22 |
1000 | Hacienda y Administración Pública | 77 | 104.653 | 104.915 | 340 |
1100 | Economía, Innovación, Ciencia y Empleo(1) | 85.358 | 110.065 | 26.831 | 2.124 |
1200 | Igualdad, Salud y Políticas Sociales(2) | 50.932 | 156.095 | 127.570 | 22.407 |
1300 | Educación, Cultura y Deporte | 2.632 | 98.031 | 101.983 | 6.584 |
1400 | Justicia e Interior | 20.719 | 217.634 | 237.295 | 40.380 |
1500 | Fomento y Vivienda | 33.853 | 142.508 | 126.541 | 17.886 |
1600 | Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural | 268 | 72.948 | 74.690 | 2.010 |
1700 | Medio Ambiente y Ordenación del Territorio | 11.809 | 181.032 | 184.215 | 14.992 |
1800 | Turismo y Comercio | 232 | 4.459 | 4.294 | 67 |
TOTAL JUNTA DE ANDALUCÍA | 207.937 | 1.111.578 | 1.010.609 | 106.968 |
Cifras en miles de euros
(1) Incluye el saldo final de 2014 de la Sección 3100.
(2) Incluye el saldo final de 2014 del Programa 31R.
(3) Incluye la diferencia del saldo inicial de 2015 con datos definitivos de contabilidad nacional.
SECCIÓN | AGENCIA | SALDO INICIAL | CARGOS | ABONOS(1) | SALDO FINAL |
1031 | Instituto Andaluz de Administración Pública | 143 | 3.158 | 3.366 | 351 |
1039 | Agencia Tributaria de Andalucía | - | 27.274 | 27.597 | 322 |
1131 | Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía | 1.307 | 4.131 | 3.897 | 1.073 |
1132 | Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía | 43 | 360 | 359 | 42 |
1133 | Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales | 217 | 818 | 751 | 150 |
1139 | Servicio Andaluz de Empleo | 2.500 | 19.651 | 18.308 | 1.158 |
1231 | Servicio Andaluz de Salud | 779.644 | 4.573.660 | 4.398.738 | 604.722 |
1232 | Instituto Andaluz de la Mujer | 64 | 8.294 | 8.678 | 448 |
1233 | Instituto Andaluz de la Juventud | 167 | 2.989 | 2.965 | 142 |
1331 | Agencia Andaluza de Evaluación Educativa | 2 | 780 | 801 | 22 |
1332 | Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores | - | - | - | - |
1333 | Patronato de la Alhambra y el Generalife | 319 | 11.983 | 13.138 | 1.474 |
1334 | Centro Andaluz de Arte Contemporáneo | 40 | 1.421 | 1.467 | 86 |
1631 | IFAPA | 615 | 14.391 | 14.277 | 501 |
1639 | Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía | 508 | 38.950 | 39.149 | 707 |
TOTAL AGENCIAS | 785.568 | 4.707.861 | 4.533.491 | 611.198 |
Cifras en miles de euros
(1) Incluye la diferencia del saldo inicial de 2015 con datos definitivos de contabilidad nacional.
• En quinto lugar, en el ejercicio 2015 tiene lugar la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, con un doble objetivo, por una parte poner en marcha nuevos mecanismos que permitan compartir los ahorros financieros entre todas las Administraciones, priorizar la atención del gasto social, seguir ayudando a las Administraciones con mayores dificultades de financiación e impulsar a las que han conseguido superarlas, y por otra parte simplificar los fondos creados para financiar mecanismos de apoyo a la liquidez, mejorando la eficiencia de su gestión.
La puesta en marcha de estas nuevas medidas para garantizar la sostenibilidad financiera se realiza a través de un mecanismo de apoyo a la liquidez consistente en dos Fondos, estructurados en compartimentos, que tienen la consideración de mecanismo adicional de financiación de los referidos en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que será de aplicación a los mismos.
El Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas se estructura en cuatro compartimentos:
a) Facilidad Financiera.
b) Fondo de Liquidez Autonómico.
c) Fondo Social.
d) Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de Comunidades Autónomas.
Los patrimonios del Fondo de Liquidez Autonómico y del Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores, se transfieren al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, a través del compartimento Fondo de Liquidez Autonómico y del compartimento Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de Comunidades Autónomas, respectivamente, sucediéndoles en todos sus derechos y obligaciones. Esta transmisión tiene lugar el 1 de enero de 2015 considerándose desde ese momento extinguidos tanto el Fondo de Liquidez Autonómico como el Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores.
Podrán adherirse al compartimento Facilidad Financiera aquellas Comunidades Autónomas que cumplan los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, de acuerdo con el informe del artículo 17 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, y su período medio de pago a proveedores, de acuerdo con los datos publicados en la central de información económico-financiera de las Administraciones Públicas, no supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la actualización de su plan de tesorería de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
Las Comunidades Autónomas que cumplan estos requisitos pero que se encuentren adheridas tras la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley al compartimento Fondo de Liquidez Autonómico, podrán solicitar su adhesión al compartimento Facilidad Financiera.
Podrán solicitar su adhesión al compartimento Fondo social aquellas Comunidades Autónomas que, tuvieran obligaciones pendientes de pago con las Entidades Locales que sean vencidas, líquidas y exigibles a 31 de diciembre de 2014 derivadas de convenios suscritos en materia de gasto social y otras transferencias en materia de gasto social. Las obligaciones de pago anteriores al ejercicio 2014 tendrán que estar incluidas en la respectiva cuenta general, o en las cuentas anuales aprobadas correspondientes a tales ejercicios en el supuesto de que se trate de un Entidad que no forme parte de la misma.
El 19 de enero de 2015, la Comunidad Autónoma de Andalucía solicitó al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la adhesión a los compartimentos Facilidad Financiera y Fondo Social, aceptada mediante Resolución de 28 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Por parte de la Intervención General de la Junta de Andalucía, se ha certificado con fecha 19 de febrero de 2015 que las obligaciones que se proponen para el pago con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas 2015, compartimento Fondo Social, por una cuantía total de 82.715.772,30 euros y mediante acuerdo de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno la Comunidad Autónoma de Andalucía se manifiesta la voluntad de adhesión al compartimento Fondo Social.
A continuación se detallan las facturas remitidas para su pago por los diferentes compartimentos del fondo.
FACILIDAD FINANCIERA | Nº DE FACTURAS | IMPORTE |
Junta de Andalucía y Agencias | 110.768 | 905.269.459 |
Junta de Andalucía | 1.597 | 31.212.952 |
Instituto Andaluz de Administración Pública | 1 | 25.875 |
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía | 2 | 8.172 |
Instituto Andaluz de la Mujer | 1 | 18.014 |
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo | 3 | 8.391 |
Instituto Andaluz de la Juventud | 6 | 12.704 |
Servicio Andaluz de Salud | 109.104 | 871.924.617 |
IFAPA | 26 | 90.318 |
Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía | 10 | 82.801 |
Servicio Andaluz de Empleo | 18 | 1.885.616 |
Sector Público | 1.490 | 59.352.274 |
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía | 133 | 34.538.900 |
Agencia Pública Empresarial Costa del Sol | 1.357 | 24.813.374 |
TOTAL | 112.258 | 964.621.734 |
Cifras en euros
FONDO SOCIAL | Nº DE FACTURAS | IMPORTE |
Junta de Andalucía y Agencias | 388 | 16.934.159 |
Junta de Andalucía | 208 | 7.783.769 |
Instituto Andaluz de la Mujer | 17 | 306.992 |
Instituto Andaluz de la Juventud | 1 | 3.000 |
Servicio Andaluz de Salud | 20 | 3.807.269 |
Servicio Andaluz de Empleo | 142 | 5.033.129 |
Sector Público | 1.139 | 65.781.613 |
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía | 644 | 60.387.414 |
Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación | 488 | 5.344.230 |
Fundación Pública Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental (FAISEM) | 7 | 49.969 |
TOTAL | 1.527 | 82.715.772 |
Cifras en euros
LIQUIDACIÓN FLA 2014 | Nº DE FACTURAS | IMPORTE |
Junta de Andalucía y Agencias | 2 | 154.506 |
Servicio Andaluz de Salud | 2 | 154.506 |
TOTAL | 2 | 154.506 |
Cifras en euros
2. Memoria de cumplimiento de objetivos programados
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 106.b) del TRLGHP de la Junta de Andalucía, se incluyen como anexo las Memorias de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas, una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se contienen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del Presupuesto y los alcanzados, atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Se completa con una breve descripción individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, además de los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución.
3. Cuentas de las Agencias de Régimen Especial
En la Cuenta General del ejercicio 2015 se incluyen las cuentas de las tres Agencias de Régimen Especial a las que hace referencia el artículo 4 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, que son, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
La creación de la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza a través de la Ley 23/2007 aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 324/2009. El Servicio Andaluz de Empleo, cambia su forma jurídica de Agencia Administrativa a Agencia de Régimen Especial a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz y sus Estatutos se aprueban mediante el Decreto 96/2011. Por último, también se autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril.
Las tres Agencias, se configuran como Agencias de Régimen Especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya.
Estas Agencias se someten al régimen de contabilidad pública, de acuerdo con lo establecido en el Título IV del TRLGHP.
La gestión contable y la rendición de cuentas de estas Agencias, se rige por lo dispuesto en la Orden de 19 de febrero de 2015 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, sin más especialidades que las que se deriven de la aplicación de su Ley de creación y Estatutos.
4. Cuentas de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz
Finalmente se incluyen, de acuerdo con el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante TRLGHPJA) y conforme dispone el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, los estados contables del ejercicio 2015 correspondientes a cada una de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz en las que la Junta de Andalucía posea participación mayoritaria (directa o indirecta). Para el caso de empresas que integren un grupo, además de los Estados Contables Individuales, se incluyen las Cuentas Anuales Consolidadas del mismo.
A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2015:
AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES
• Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo
• Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía
• Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (Consolidado)
• Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico
• Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
• Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
• Agencia Andaluza del Conocimiento
• Empresa Pública de Emergencias Sanitarias
• Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
• Agencia Pública de Puertos de Andalucía
• Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Consolidado)
• Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir
• Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
• Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Consolidado)
• Agencia Andaluza de la Energía
• Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía
• Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (Consolidado)
• Agencia Pública Andaluza de Educación
SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA DIRECTA
• Escuela Andaluza de la Salud Pública, S.A.
• Cartuja 93, S.A.
• Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.
• Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.
• Cetursa Sierra Nevada, S.A.
• Cetursa Sierra Nevada, S.A. (Consolidado)
• Promonevada, S.A., en liquidación
• Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A.
• Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A. (Consolidado)
• Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA INDIRECTA
• Metro de Granada, S.A.U.
• Parque Tecnológico de Andalucía, S.A.
• Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.
• Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.
• Sierra Nevada Club Agencia de Viajes, S.A.
• Apartahotel Trevenque, S.A.
• Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.
• Venture Invercaria, S.A.U. (denominada hasta el 10 de septiembre de 2015 Inversión y Gestión de Capital Riesgo de Andalucía, S.A.U.)
• Inversión, Gestión y Desarrollo de Capital Riesgo de Andalucía (en la actualidad y desde el 2 de marzo de 2016, denominada INNOVA VENTURE, S.G.E.I.C., S.A.U.)
• 01 Innova 24H, S.L.U.
• Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.U.
• Tecnobahía, S.L.
• Canal Sur Radio, S.A.
• Canal Sur Televisión, S.A.
• Red Logística de Andalucía, S.A.
• Parque de Innovación Empresarial de Sanlúcar la Mayor, S.A.
• Inversión y Gestión en Capital Semilla de Andalucía, S.A.
• Santana Motor, S.A. en liquidación
• Parque Científico y Tecnológico de Huelva, S.A.
5. Cuentas de las Fundaciones
En la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2015, se incluyen tanto la Fundación Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, a la que se refiere el artículo 4 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, como las Fundaciones pertenecientes al sector público andaluz calificadas como tal según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Son las siguientes:
• Fundación Pública Andaluza, Andalucía Emprende
• Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces
• Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud
• Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud
• Fundación Doñana 21 para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno
• Fundación Andalucía Olímpica
• Fundación Pública Andaluza para el Desarrollo del Legado Andalusí
• Fundación Pública Andaluza Centro para la Mediación y el Arbitraje
• Fundación para la Investigación Biosanitaria de Andalucía Oriental Alejandro Otero
• Fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre
• Fundación Pública Andaluza Barenboim-Said
• Fundación Audiovisual de Andalucía
• Fundación Rey Fahd Bin Abdulaziz
• Fundación Pública Andaluza Gestión e Investigación Salud Sevilla
• Fundación Hospital de San Rafael
• Fundación Agregación de Fundaciones Benéfico-Particulares de Sevilla
• Fundación Juan Nepomuceno Rojas
• Fundación Pública Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones Fusionadas de Córdoba
• Fundación Banco Agrícola de D. José Torrico y López Calero, Fundación Pública Andaluza
6. Cuentas de los Consorcios
Las Órdenes HAP1781/2013 y HAP/1782/2013, ambas de 20 de septiembre (BOE núm. 237, de 3/10/2013), han venido a derogar el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Dado que la entrada en vigor de la nueva normativa es el 1 de enero de 2015, los estados contables correspondientes a 2015 se han elaborado con el régimen previsto en las Órdenes citadas.
A continuación se detallan los Consorcios recogidos en el artículo 4 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, y aquellos que deben incluirse porque cumplen lo dispuesto en el artículo 5.1 del TRLGHPJA. En concreto:
• Consorcio Sanitario Público del Aljarafe
• Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar
• Consorcio de Transportes del Área de Granada
• Consorcio de Transportes del Área de Málaga
• Consorcio de Transportes del Área de Sevilla
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Jaén
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba
• Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva
• Consorcio Centro de Formación Comunicaciones y Tecnologías de la Información
• Consorcio Escuela de Formación de Artesanos de Gelves
• Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba
• Consorcio Centro de Formación Albayzin
• Consorcio Escuela de Hostelería Hacienda “La Laguna" de Baeza
• Consorcio Escuela de Hostelería de Benalmádena
• Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz
• Consorcio Escuela de Hostelería de Islantilla
• Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga
• Consorcio Escuela de Maderas de Encinas Reales
• Consorcio Escuela del Mármol de Fines
• Consorcio Centro Andaluz de Formación Medioambiental para el Desarrollo Sostenible
• Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral Industrias del Ocio de Mijas
• Consorcio Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada
• Consorcio Centro de Transportes de Mercancías de Málaga
• Consorcio para la Promoción del Empleo en la provincia de Cádiz
7. Cuentas de los Fondos sin Personalidad Jurídica
Mediante disposiciones adicionales de las Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2009, 2010, 2011 y 2012 se crean los siguientes fondos sin personalidad jurídica; los cuales se encuentran regulados en el artículo 5.3 del TRLGHPJA.
• Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias
• Fondo de Apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales
• Fondo de Apoyo a las Pymes de Industrias Culturales
• Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza
• Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial
• Fondo para el Impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética
• Fondo de Economía Sostenible para Andalucía
• Fondo para Emprendedores Tecnológicos
• Fondo de Avales y Garantías a Pymes
• Fondo para la Reestructuración Financiera de las Empresas
• Fondo para la Generación de Espacios Productivos
• Fondo para el Fomento de la Cultura Emprendedora en El Ámbito Universitario
• Fondo para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo
• Fondo de Cartera Jeremie Andalucía
• Fondo Jeremie Pymes Industriales
• Fondo Andaluz para la Promoción del Desarrollo
a) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2009
Los tres primeros Fondos tienen por objeto facilitar la financiación de las inversiones de las Pymes que conforman sus respectivos ámbitos.
El Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza pretende promover la internacionalización de la actividad de las empresas andaluzas y, en general, de la economía andaluza.
La dotación que presentan estos Fondos ha sido aportada por la Consejería de Agricultura y Pesca, en el caso del Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias, por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte para el Fondo de Apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales, por la Consejería de Cultura para el Fondo de Apoyo a las Pymes de Industrias Culturales y por la Consejería de Economía y Hacienda para los Fondos de Internacionalización de la Economía Andaluza y de Contingencia de Operaciones Financieras a Sectores Productivos.
La composición, organización y gestión de los Fondos han sido establecidas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del titular de la Consejería en materia de Hacienda, a excepción del Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza en los que la gestión corresponde a la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. (EXTENDA).
b) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2010
El Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial tiene por objeto fomentar la actividad económica y potenciar el crecimiento de las empresas en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Ciencia y Empresa, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo para el Impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética tiene por objeto facilitar la financiación de las inversiones realizadas en esta materia. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Ciencia y Empresa.
El Fondo para el Apoyo de Actuaciones en Materia de Vivienda tiene por objeto facilitar la financiación de actuaciones en dicho sector, correspondiendo su dotación a la Consejería competente en materia de vivienda.
El Fondo de Economía Sostenible para Andalucía tiene por objeto facilitar la financiación de aquellos proyectos estratégicos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental en Andalucía, correspondiendo su dotación a la Consejería competente en materia de Economía.
c) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2011
El Fondo para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo tiene por objeto facilitar la financiación de las actuaciones realizadas en esta materia. Su dotación será aportada por el Servicio Andaluz de Empleo, a quien corresponderá igualmente su gestión.
El Fondo Andaluz para la Promoción del Desarrollo (FAPRODE) tiene como finalidad promover un crecimiento sostenido, sostenible e inclusivo en los países prioritarios de la cooperación andaluza establecidos en el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo. Su dotación será aportada por la Consejería de la Presidencia, correspondiendo su gestión a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
El Fondo para la Generación de Espacios Productivos tiene como finalidad fomentar entornos tecnológicos competitivos mediante la generación de nuevos espacios para actividades productivas y la rehabilitación de los existentes. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo de Avales y Garantías a Pymes tiene como finalidad propiciar la financiación empresarial mediante avales y garantías, preferentemente, así como créditos de pequeña cuantía a pymes. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo para Emprendedores Tecnológicos tiene como finalidad atender la cobertura económica en la financiación de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial, con el objetivo de impulsar el espíritu emprendedor y promover la creación y consolidación de nuevas empresas tecnológicas en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
d) Fondo para la reestructuración financiera de empresas
El Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas se crea por la disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, norma que fue añadida por la disposición final tercera de la Ley 6/2011, de 2 de noviembre, por la que se modifica la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorro de Andalucía. Tiene como finalidad atender la cobertura económica en la financiación de planes de viabilidad y de reestructuración que promuevan la consolidación del tejido empresarial acogidos al Programa de Ayudas a Empresas Viables con Dificultades Coyunturales en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
e) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2012
El Fondo para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Ámbito Universitario se crea con el fin de propiciar la financiación de iniciativas empresariales que se constituyan en el ámbito universitario andaluz con la participación de miembros de la comunidad universitaria. Tendrá una dotación para operaciones financieras que será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
De otro lado, a la luz de la Iniciativa Comunitaria JEREMIE (Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises), se han puesto en marcha en Andalucía, con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013, el Fondo de Cartera Jeremie Andalucía y el Fondo Jeremie Pymes Industriales; siendo la entidad gestora de ambos la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
Dicha Iniciativa; desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el Fondo Europeo de Inversiones, incluye como fin esencial, el de financiar las operaciones que contribuyan a facilitar la creación de instrumentos de ingeniería financiera para empresas, como fondos de capital riesgo, de garantía o de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Consejo (CE) Nº 1083/2006 y el Reglamento de la Comisión (CE) Nº 1828/2006.
f) Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía
El Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía tiene como finalidad promover el uso de instrumentos de ingeniería financiera para mejorar el acceso de las pymes a la financiación a través de las intervenciones de los Fondos Estructurales.
g) Fondo JEREMIE para pymes industriales
La finalidad de este fondo es facilitar la financiación a las pymes industriales de Andalucía mediante préstamos blandos de recapitalización sometidos a derecho privado en condiciones preferenciales o más favorables que las del mercado.