La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo y, en el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía.
Los estados que componen esta Cuenta General son los previstos en los artículos 105.2 y 106 del citado Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y, en el artículo 56 de la Orden de 19 de febrero de 2015, así como en la Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y de Agencias Administrativas y de Régimen Especial, incluyéndose asimismo la Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta del Inmovilizado, previstas en el artículo 54 de la citada Orden de 19 de febrero de 2015.
EL JEFE DE SERVICIO
Fdo.: Manuel Sivianes Velázquez
LA INTERVENTORA ADJUNTA AL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: María Antonia González Pavón
EL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: Vicente Fernández Guerrero
II.1. Estructura
La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2016 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 55 de la actual Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, de aplicación para la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, a partir del 1 de enero de 2015.
La Cuenta General, conforme a los artículos 105 a 107 del mencionado Texto Refundido, agrupa el conjunto de las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería realizadas por la Junta de Andalucía, sus agencias, instituciones, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y fundaciones del sector público andaluz durante el ejercicio.
Los estados que componen la Cuenta son los previstos en los artículos 105.2 a 106 del TRLGHP y en el artículo 56 de la mencionada Orden de 19 de febrero de 2015, así como en el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
A la Cuenta General se incorpora, asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Orden de Contabilidad Pública la Cuenta del Inmovilizado.
Estados de la Cuenta General
1. Relativos a la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial
En sus respectivas Memorias se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos, efectuadas durante el ejercicio 2016, dentro de su ámbito de actuación.
En concreto, presentan la siguiente estructura:
• Resultados del ejercicio, en términos presupuestarios, de acuerdo con el artículo 105.2 letra f) del TRLGHP, y concretados en los Estados del Resultado Presupuestario, de la Tesorería, del Remanente de Tesorería y de la Variación de Activos y Pasivos. El Remanente de Tesorería tanto de la Junta de Andalucía como de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, del Servicio Andaluz de Salud, del Instituto Andaluz de la Mujer, del Instituto Andaluz de la Juventud, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, del Patronato de la Alhambra y Generalife, del IFAPA, del Servicio Andaluz de Empleo y de la AGAPA, se presentan corregidos por los derechos pendientes de dudoso cobro, de acuerdo con la recomendación de la Cámara de Cuentas de Andalucía y los Principios Contables Públicos.
• Estado de las Modificaciones de Crédito, distinguiendo por tipos de modificaciones, y su incidencia sobre los estados de ingresos y gastos del Presupuesto, a nivel de capítulos y de programas.
• Liquidación y ejecución del Presupuesto de Ingresos, incluyendo el estado de los derechos pendientes de cobro.
• Liquidación y ejecución del Presupuesto de Gastos, incluyendo el estado de las obligaciones pendientes de pago y de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, así como de los libramientos pendientes de justificar.
• Resumen de la ejecución del Presupuesto de Gastos con financiación afectada.
• Resultados del ejercicio, en términos financieros, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, compuesto por los siguientes estados:
• Balance de Situación: comprende los bienes y derechos, así como los posibles gastos diferidos, que constituyen el activo de la entidad y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma.
• Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial: incluye, de forma separada, los ingresos y beneficios del ejercicio y los gastos y pérdidas del mismo y, por diferencia, el resultado, que podrá ser de ahorro o desahorro.
• Estado de cambios en el patrimonio neto: tiene tres partes: a) estado total de cambios en el patrimonio neto, b) estado de ingresos y gastos reconocidos y c) estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias.
• Estado de flujos de efectivo; informa del origen y destino de los movimientos habidos en las partidas monetarias de activo representativas de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, e indica la variación neta sufrida por las mismas en el ejercicio.
• Memoria: completa, amplía y comenta la información contenida en los estados anteriores. Se debe informar de las normas de reconocimiento y valoración aplicadas y de otra información adicional que se considera relevante para la comprensión por las personas usuarias de las cuentas anuales. Incluye indicadores financieros, patrimoniales y de gestión.
Además de los estados propios de la Junta de Andalucía y de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, el Resultado Presupuestario y el Remanente de Tesorería se presentan consolidados con las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, corregido este último por los derechos pendientes de dudoso cobro.
La Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta de Avales, completan la Memoria de la Junta de Andalucía, sin que exista equivalente para las Agencias en este caso.
En el ejercicio 2016, la Junta de Andalucía se configura en treinta y nueve secciones presupuestarias: trece Consejerías, doce Agencias Administrativas, tres Agencia de Régimen Especial y once secciones adicionales. La codificación de las Consejerías y de las distintas agencias a ellas adscritas resulta del orden de prelación aprobado mediante el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
En relación con las Agencias Administrativas, se rinden las cuentas de las doce existentes actualmente:
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA)
Agencia de Defensa de la Competencia en Andalucía (ADCA)
Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP)
Agencia Andaluza de Evaluación Educativa (AAEE)
Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores (IAEAS)
Servicio Andaluz de Salud (SAS)
Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)
Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ)
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL)
Patronato de la Alhambra y el Generalife (PAG)
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC)
Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Producción Ecológica (IFAPA)
Como novedad, en la Cuenta General del ejercicio 2016 se incluye el punto 10: “Información complementaria”, que se compone de los siguientes apartados:
• En el primer apartado se recoge la información relativa al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
• En el segundo apartado se analiza el Periodo Medio de Pago de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, establece un plazo general para el pago un máximo de 30 días, y el plazo máximo del periodo medio de pago previsto en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera es de 60 días, momento a partir del cual se activan una serie de efectos y medidas.
• En el tercer apartado se incluye información relativa a la evolución de los Mecanismos Extraordinarios de Financiación.
• En el cuarto se recoge la información relativa al saldo de obligaciones reconocidas pendientes de aplicar al Presupuesto y contabilizadas en la Cuenta 413 para el conjunto de las Consejerías, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía. A este respecto, se incluyen tablas sobre el detalle de los movimientos realizados en dicha cuenta y la naturaleza económica de sus cargos y abonos.
• En quinto lugar, se incluye la información relativa a la plantilla y el gasto del personal de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 31 de diciembre del ejercicio 2016.
• Y, por último, en el apartado seis se publica la información de las operaciones formalizadas
por la Comunidad Autónoma de Andalucía a través de proyectos de colaboración
público-privada, en el que se incluye tanto el detalle de los créditos destinados a los
mismos como los compromisos para ejercicios futuros.
2. Memoria de cumplimiento de objetivos programados
Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 106.b) del TRLGHP de la Junta de Andalucía, se incluyen como anexo las Memorias de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se contienen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del Presupuesto y los alcanzados, atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Se completa con una breve descripción individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, además de los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución.
3. Cuentas de las Agencias de Régimen Especial
En la Cuenta General del ejercicio 2016 se incluyen las cuentas de las tres Agencias de Régimen Especial a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, que son, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
La creación de la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza a través de la Ley 23/2007, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 324/2009. El Servicio Andaluz de Empleo cambia su forma jurídica de Agencia Administrativa a Agencia de Régimen Especial a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz y sus Estatutos se aprueban mediante el Decreto 96/2011. Por último, también se autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril.
Las tres Agencias, se configuran como Agencias de Régimen Especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya.
Estas Agencias se someten al régimen de contabilidad pública, de acuerdo con lo establecido en el Título IV del TRLGHP.
La gestión contable y la rendición de cuentas de estas Agencias, se rige por lo dispuesto en la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, sin más especialidades que las que se deriven de la aplicación de su Ley de creación y Estatutos.
4. Cuentas de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz
Finalmente se incluyen, de acuerdo con el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante TRLGHPJA), y conforme dispone el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, los estados contables del ejercicio 2016 correspondientes a cada una de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz, en las que la Junta de Andalucía posea participación mayoritaria (directa o indirecta). Para el caso de empresas que integren un grupo, además de los Estados Contables Individuales, se incluyen las Cuentas Anuales Consolidadas del mismo.
A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2016:
AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES
• Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo
• Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía
• Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (Consolidado)
• Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico
• Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
• Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
• Agencia Andaluza del Conocimiento
• Empresa Pública de Emergencias Sanitarias
• Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
• Agencia Pública de Puertos de Andalucía
• Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Consolidado)
• Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería
• Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir
• Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
• Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Consolidado)
• Agencia Andaluza de la Energía
• Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía
• Agencia Pública Andaluza de Educación
SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA DIRECTA
• Escuela Andaluza de la Salud Pública, S.A.
• Cartuja 93, S.A.
• Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.
• Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.
• Cetursa Sierra Nevada, S.A.
• Promonevada, S.A., en liquidación
• Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A.
• Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A. (Consolidado)
• Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA INDIRECTA
• Parque Tecnológico de Andalucía, S.A.
• Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.
• Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.
• Apartahotel Trevenque, S.A.
• Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.
• Venture Invercaria, S.A.U.
• Inversión, Gestión y Desarrollo de Capital Riesgo de Andalucía (en la actualidad denominada INNOVA VENTURE, S.G.E.I.C., S.A.U.)
• 01 Innova 24H, S.L.U.
• Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.U.
• Tecnobahía, S.L.
• Canal Sur Radio y Televisión, S.A.
• Red Logística de Andalucía, S.A.
• Parque de Innovación Empresarial de Sanlúcar la Mayor, S.A.
• Inverseed, Inversión y Gestión en Capital Semilla de Andalucía, S.A.
• Santana Motor, S.A. en liquidación
• Parque Científico y Tecnológico de Huelva, S.A.
• Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.
5. Cuentas de las Fundaciones
En la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2016, se incluyen tanto la Fundación Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, a la que se refiere el artículo 4 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, como las Fundaciones pertenecientes al sector público andaluz calificadas como tal según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Son las siguientes:
• Fundación Pública Andaluza, Andalucía Emprende
• Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces
• Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud
• Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud
• Fundación Doñana 21 para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno
• Fundación Andalucía Olímpica
• Fundación Pública Andaluza para el Desarrollo del Legado Andalusí
• Fundación Pública Andaluza Centro para la Mediación y el Arbitraje
• Fundación para la Investigación Biosanitaria de Andalucía Oriental Alejandro Otero
• Fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre
• Fundación Pública Andaluza Barenboim-Said
• Fundación Audiovisual de Andalucía
• Fundación Rey Fahd Bin Abdulaziz
• Fundación Pública Andaluza Gestión e Investigación Salud Sevilla
• Fundación Hospital de San Rafael
• Fundación Agregación de Fundaciones Benéfico-Particulares de Sevilla
• Fundación Juan Nepomuceno Rojas
• Fundación Pública Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones Fusionadas de Córdoba
• Fundación Banco Agrícola de D. José Torrico y López Calero, Fundación Pública Andaluza
6. Cuentas de los Consorcios
A continuación se detallan los Consorcios recogidos en el artículo 4 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, y aquellos que deben incluirse porque cumplen lo dispuesto en el artículo 5.1 del TRLGHPJA y a los que se refiere el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. En concreto:
• Consorcio Sanitario Público del Aljarafe
• Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar
• Consorcio de Transportes del Área de Granada
• Consorcio de Transportes del Área de Málaga
• Consorcio de Transportes del Área de Sevilla
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Jaén
• Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba
• Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva
• Consorcio Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada
• Consorcio Centro de Transportes de Mercancías de Málaga
7. Cuentas de los Fondos sin Personalidad Jurídica
Mediante disposiciones adicionales de las Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2009, 2010, 2011 y 2012, se crean los siguientes fondos sin personalidad jurídica; los cuales se encuentran regulados en el artículo 5.3 del TRLGHPJA.
• Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias
• Fondo de Apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales
• Fondo de Apoyo a las Pymes de Industrias Culturales
• Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza
• Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial
• Fondo para el Impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética
• Fondo de Economía Sostenible para Andalucía
• Fondo para Emprendedores Tecnológicos
• Fondo de Avales y Garantías a Pymes
• Fondo para la Reestructuración Financiera de las Empresas
• Fondo para la Generación de Espacios Productivos
• Fondo para el Fomento de la Cultura Emprendedora en El Ámbito Universitario
• Fondo para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo
• Fondo de Cartera Jeremie Andalucía
• Fondo Jeremie Pymes Industriales
• Fondo Andaluz para la Promoción del Desarrollo
• Fondo para el Apoyo de Actuaciones en Materia de Vivienda
a) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2009
Los tres primeros Fondos tienen por objeto facilitar la financiación de las inversiones de las Pymes que conforman sus respectivos ámbitos.
El Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza pretende promover la internacionalización de la actividad de las empresas andaluzas y, en general, de la economía andaluza.
La dotación que presentan estos Fondos ha sido aportada por la Consejería de Agricultura y Pesca, en el caso del Fondo de Apoyo a las Pymes Agroalimentarias, por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte para el Fondo de Apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales, por la Consejería de Cultura para el Fondo de Apoyo a las Pymes de Industrias Culturales y por la Consejería de Economía y Hacienda para los Fondos de Internacionalización de la Economía Andaluza y de Contingencia de Operaciones Financieras a Sectores Productivos.
La composición, organización y gestión de los Fondos han sido establecidas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del titular de la Consejería en materia de Hacienda, a excepción del Fondo para la Internacionalización de la Economía Andaluza en los que la gestión corresponde a la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. (EXTENDA).
b) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2010
El Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial tiene por objeto fomentar la actividad económica y potenciar el crecimiento de las empresas en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Ciencia y Empresa, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo para el Impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética tiene por objeto facilitar la financiación de las inversiones realizadas en esta materia. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Ciencia y Empresa.
El Fondo para el Apoyo de Actuaciones en Materia de Vivienda tiene por objeto facilitar la financiación de actuaciones en dicho sector, correspondiendo su dotación a la Consejería competente en materia de Vivienda.
El Fondo de Economía Sostenible para Andalucía tiene por objeto facilitar la financiación de aquellos proyectos estratégicos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental en Andalucía, correspondiendo su dotación a la Consejería competente en materia de Economía.
c) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2011
El Fondo para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo tiene por objeto facilitar la financiación de las actuaciones realizadas en esta materia. Su dotación será aportada por el Servicio Andaluz de Empleo, a quien corresponderá igualmente su gestión.
El Fondo Andaluz para la Promoción del Desarrollo (FAPRODE) tiene como finalidad promover un crecimiento sostenido, sostenible e inclusivo en los países prioritarios de la cooperación andaluza establecidos en el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo. Su dotación será aportada por la Consejería de la Presidencia, correspondiendo su gestión a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
El Fondo para la Generación de Espacios Productivos tiene como finalidad fomentar entornos tecnológicos competitivos mediante la generación de nuevos espacios para actividades productivas y la rehabilitación de los existentes. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo de Avales y Garantías a Pymes tiene como finalidad propiciar la financiación empresarial mediante avales y garantías, preferentemente, así como créditos de pequeña cuantía a pymes. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El Fondo para Emprendedores Tecnológicos tiene como finalidad atender la cobertura económica en la financiación de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial, con el objetivo de impulsar el espíritu emprendedor y promover la creación y consolidación de nuevas empresas tecnológicas en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
d) Fondo para la reestructuración financiera de empresas
El Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas se crea por la disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, norma que fue añadida por la disposición final tercera de la Ley 6/2011, de 2 de noviembre, por la que se modifica la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorro de Andalucía. Tiene como finalidad atender la cobertura económica en la financiación de planes de viabilidad y de reestructuración que promuevan la consolidación del tejido empresarial acogidos al Programa de Ayudas a Empresas Viables con Dificultades Coyunturales en Andalucía. Su dotación será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
e) Fondos creados por la Ley del Presupuesto de 2012
El Fondo para el Fomento de la Cultura Emprendedora en el Ámbito Universitario se crea con el fin de propiciar la financiación de iniciativas empresariales que se constituyan en el ámbito universitario andaluz con la participación de miembros de la comunidad universitaria. Tendrá una dotación para operaciones financieras que será aportada por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiendo su gestión a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
De otro lado, a la luz de la Iniciativa Comunitaria JEREMIE (Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises), se han puesto en marcha en Andalucía, con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013, el Fondo de Cartera Jeremie Andalucía y el Fondo Jeremie Pymes Industriales; siendo la entidad gestora de ambos la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
Dicha Iniciativa; desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el Fondo Europeo de Inversiones, incluye como fin esencial el de financiar las operaciones que contribuyan a facilitar la creación de instrumentos de ingeniería financiera para empresas, como fondos de capital riesgo, de garantía o de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Consejo (CE) Nº 1083/2006 y el Reglamento de la Comisión (CE) Nº 1828/2006.
f) Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía
El Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía tiene como finalidad promover el uso de instrumentos de ingeniería financiera para mejorar el acceso de las pymes a la financiación a través de las intervenciones de los Fondos Estructurales.
g) Fondo JEREMIE para pymes industriales
La finalidad de este Fondo es facilitar la financiación a las pymes industriales de Andalucía mediante préstamos blandos de recapitalización sometidos a derecho privado en condiciones preferenciales o más favorables que las del mercado.