Cuenta General 2020
480 En el ejercicio 2020, se produjo una importante reforma de la Ley 6/2007, de 26 de junio, por la que se creó la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía. Con dicha reforma, operada mediante el artículo 10 del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, se ha modificado la denominación y naturaleza de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía. El artículo 1.1 de la Ley 6/2007 en su redacción actual establece: “1. La Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía, en adelante, la Agencia, se constituye como organismo público de los previstos en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y estará adscrita a la Consejería competente en materia de economía”. Por tanto la autoridad andaluza de competencia ha dejado de configurarse como una agencia administrativa para convertirse en una entidad pública institucional de las pre- vistas en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Admi- nistración de la Junta de Andalucía, pasando a denominarse Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía (ACREA). Con ello, se le dota de un nuevo estatus en consonancia con el de “órgano independiente” al que hace referencia el artículo 164.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y al mismo tiempo estaría en coherencia con el espíritu de la Directiva (UE) 2019/1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, encaminada a dotar a las autoridades de competencia de los Estados miembros de medios para aplicar más eficazmente las normas sobre competencia y garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior. En el ámbito presupuestario, este cambio de naturaleza jurídica ha llevado aparejada para el año 2021 la creación de una sección presupuestaria propia (0800). 1. Estados de Contabilidad Financiera D e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo (en adelante TRLGHP) y, en el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, la Interven- ción General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autó- noma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2020. El Plan General de Contabilidad Financiera de la Junta de Andalucía aprobado por la Orden de Hacienda y Administración Pública de 30 de marzo de 2015 (en adelante PGCF- 2015), recoge los documentos que integran las Cuentas Anuales: el Balance, la Cuenta del resultado económico patrimonial, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria. En virtud de lo establecido en el apartado 2 del artículo 105 del TRLGHP, dichos estados a su vez formarán parte de la Cuenta General. CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2020 AGENCIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE ANDALUCÍA. MEMORIA
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