Cuenta General 2020

JUNTA DE ANDALUCÍA MEMORIA / Ejercicio 2020 Introducción L a Cuenta General, conforme a lo establecido en los artículos 105 a 107 del texto refun- dido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, agrupa “todas las operaciones presupues- tarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Adminis- tración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, sociedades mercantiles del sector público andaluz, así como consorcios y fundaciones referidos en el artículo 5.1” y se somete a la aprobación del Parlamento de Andalucía, previa censura de la Cámara de Cuentas de Andalucía. En el ejercicio que nos ocupa, la Junta de Andalucía se configura en cuarenta y ocho sec- ciones presupuestarias: once Consejerías, diez Agencias Administrativas, tres Agencias de Régimen Especial, once secciones adicionales y 13 Consorcios. Las Consejerías y las distintas Agencias, a ellas adscritas, siguen el orden de prelación aprobado mediante el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepre- sidencia y sobre reestructuración de Consejerías. No obstante, a los efectos de la gestión y contabilización del Presupuesto, los créditos mantienen la codificación con que figuran en los estados de ingresos y de gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2020, ya que la aprobación del Decreto se produjo una vez comenzado el ejercicio. Los créditos afectados por la reestructuración del Decreto del Presidente 3/2020, serán gestionados por las Consejerías a las que se asignan cada uno de ellos de acuerdo con la distribución de programas establecida en la Orden de 6 de noviembre de 2020, por la que se establece la distribución de los créditos del Presupuesto de la Comunidad Autó- noma de Andalucía para el año 2020, derivada del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como las reglas aplicables a la modificación, gestión y fiscalización de los créditos afectados. En esta Orden, se establece la distribución de los créditos que comprende actuaciones de programas presupuestarios de más de una Consejería, con el objetivo de garantizar una correcta gestión de la misma. A continuación abundaremos en la distribución de competencias entre las Consejerías vigentes a finales del ejercicio 2020.

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