Presentación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2021


0. Memoria












II.1. Estructura

La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2021, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 55 de la actual Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, de aplicación para la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, a partir del 1 de enero de 2015.

La Orden de 7 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, en su artículo primero en el punto 2, modifica el ámbito de aplicación, incluyendo a los consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; así como a las agencias públicas empresariales contempladas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

La Cuenta General, conforme a los artículos 105 a 107 del mencionado TRLGHP, agrupa el conjunto de las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en el artículo 5.5.

Los estados que componen la Cuenta son los previstos en los artículos 105.2 a 106 del TRLGHP, y en el artículo 56 de la mencionada Orden de 19 de febrero de 2015, así como en el Plan General de Contabilidad Financiera, aprobado por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 30 de marzo de 2015.

En la Cuenta General del ejercicio 2021 cabe destacar cuatro novedades que afectan a su estructura, por un lado la modificación operada en la estructura económica por la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que ha introducido cambios sustanciales, como por ejemplo la desagregación de los ingresos autonómicos.

La segunda novedad es la incorporación de las agencias públicas empresariales previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud de la extensión a las mismas del régimen presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad de la Junta de Andalucía, como ya ocurriera en el ejercicio 2020 respecto de los consorcios.

En la clasificación orgánica del Presupuesto para 2021 se encuentran consolidadas las dotaciones presupuestarias de las Agencias Administrativas, las de las Agencias de Régimen Especial, de los Consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía, y por primera vez se consolidan también las Agencias Públicas Empresariales.

Con la incorporación de las Agencias Públicas Empresariales al ámbito presupuestario, se consolida el proceso de intensificación y mejora de la información presupuestaria del sector instrumental de la Junta de Andalucía efectuado en los últimos años, tanto en términos cuantitativos como cualitativos.

La tercera novedad es la incorporación a la Cuenta General de la Memoria y los estados contables de la Agencia Digital de Andalucía; esta agencia administrativa se crea mediante la disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021; siendo aprobados sus Estatutos por el Decreto 128/2021, de 30 de marzo.

La citada Agencia Administrativa está adscrita a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior; y tiene como fines principales la definición y ejecución de los instrumentos de tecnologías de la información, telecomunicaciones, ciberseguridad y gobierno abierto, y su estrategia digital en el ámbito de la Administración General, Administración Educativa y de Justicia.

Y por último la cuarta novedad es la transformación de la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía (ACREA), que tiene su origen en la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, creada por la Ley 6/2007, de 26 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía.

La Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía (ACREA) ha dejado de tener naturaleza jurídica de agencia administrativa, configurándose como un organismo público de los previstos en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Por tanto, a partir de 2021, pasa a estar integrada en la Administración General de la Junta de Andalucía.

Este organismo tiene como fines generales principalmente promover y preservar el funcionamiento competitivo de los mercados, así como mejorar su regulación económica, garantizando una competencia efectiva y protegiendo los intereses generales, especialmente los de los consumidores y usuarios, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.




Estados de la Cuenta General

1. Relativos a la Junta de Andalucía, Agencias Administrativas, Agencias de Régimen Especial, Agencias Públicas Empresariales y Consorcios adscritos

En su nueva redacción el artículo 105.1 del TRLGHP establece que la Cuenta General comprenderá todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en el artículo 5.5.

La estructura que presenta es la recogida en el artículo 105.2 del TRLGHP, conforme se detalla en el apartado anterior.

En sus respectivas Memorias se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos efectuadas durante el ejercicio 2021 dentro de su ámbito de actuación.

Así, conforme a la nueva estructura de la Cuenta General, en primer lugar se analizan los resultados del ejercicio, en términos financieros, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, compuesto por los siguientes estados:

Balance de Situación: comprende los bienes y derechos, así como los posibles gastos diferidos, que constituyen el activo de la entidad, y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma.

Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial: incluye, de forma separada, los ingresos y beneficios del ejercicio y los gastos y pérdidas del mismo y, por diferencia, el resultado, que podrá ser de ahorro o desahorro.

Estado de cambios en el patrimonio neto: tiene tres partes: a) estado total de cambios en el patrimonio neto, b) estado de ingresos y gastos reconocidos y c) estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias.

Estado de flujos de efectivo: informa del origen y destino de los movimientos habidos en las partidas monetarias de activo representativas de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, e indica la variación neta sufrida por las mismas en el ejercicio.

Y a continuación se analizan los resultados obtenidos en el ejercicio en términos presupuestarios según se establece en el artículo 105.2.e), que divide el estado de liquidación del presupuesto en cuatro partes detalladas a continuación:

Estado de las modificaciones de crédito, distinguiendo por tipos de modificaciones y su incidencia sobre los estados de ingresos y gastos del presupuesto, a nivel de capítulos y de programas.

Liquidación y ejecución del presupuesto de gastos, incluyendo el estado de las obligaciones pendientes de pago y de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, así como de los libramientos pendientes de justificar; y resumen de la ejecución del presupuesto de gastos con financiación afectada.

Liquidación y ejecución del presupuesto de ingresos, incluyendo el estado de los derechos pendientes de cobro.

Resultado del ejercicio, concretados en los estados del resultado presupuestario, de la tesorería, del remanente de tesorería y de la variación de activos y pasivos. El remanente de tesorería tanto de la Junta de Andalucía como de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, se presenta corregido por los derechos pendientes de dudoso cobro, de acuerdo con la recomendación de la Cámara de Cuentas de Andalucía y los Principios Contables Públicos.

Por último la Memoria que completa, amplía y comenta la información contenida en los estados anteriores. Se debe informar de las normas de reconocimiento y valoración aplicadas y de otra información adicional que se considera relevante para la comprensión por las personas usuarias de las cuentas anuales. Incluye indicadores financieros y patrimoniales.

Además de los estados propios de la Junta de Andalucía y de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, el resultado presupuestario y el remanente de tesorería se presentan consolidados con las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, corregido este último por los derechos pendientes de dudoso cobro.

En el ejercicio 2021, la Junta de Andalucía se configura en treinta y siete secciones presupuestarias: once Consejerías, diez Agencias Administrativas, tres Agencias de Régimen Especial y once secciones adicionales. La codificación de las Consejerías y de las distintas agencias a ellas adscritas resulta del orden de prelación aprobado mediante el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

En relación con las Agencias Administrativas, se rinden las cuentas de las diez existentes actualmente:

– Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP)

– Agencia Digital de Andalucía (ADA)

– Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales (IPRL)

– Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ)

– Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Producción Ecológica (IFAPA)

– Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA)

– Servicio Andaluz de Salud (SAS)

– Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)

– Patronato de la Alhambra y el Generalife (PAG)

– Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC)

En la Cuenta General del ejercicio 2021 se incluye el punto 9. “Información complementaria” que se compone de los siguientes apartados:

– En el primero se recoge la información relativa al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

– En el segundo se analiza el Periodo Medio de Pago de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

– En el tercer apartado se recoge la información relativa al saldo de obligaciones reconocidas pendientes de aplicar al Presupuesto y contabilizadas en la Cuenta 413 para el conjunto de las Consejerías, Agencias Administrativas, Agencias de Régimen Especial, Agencias Públicas Empresariales y Consorcios adscritos a la Junta de Andalucía. A este respecto, se incluyen tablas de detalle de los movimientos realizados en dicha cuenta y la naturaleza económica de sus cargos y abonos.

– En cuarto lugar se incluye la información relativa a los efectivos y el gasto del personal de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 31 de diciembre del ejercicio 2021.

– Y por último, en el apartado cinco se publica la información de las operaciones formalizadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía a través de proyectos de colaboración público-privada, en el que se incluye tanto el detalle de los créditos destinados a los mismos como los compromisos para ejercicios futuros.




2. Memoria de cumplimiento de objetivos programados

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 106.c) del TRLGHP de la Junta de Andalucía, se incluyen como anexo las Memorias de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, de los Consorcios y de las Agencias Públicas Empresariales, una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se establecen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del Presupuesto y los alcanzados atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Se completa con una breve descripción individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, además de los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución.




3. Cuentas de las Agencias de Régimen Especial

En la Cuenta General del ejercicio 2021 se incluyen las cuentas de las tres Agencias de Régimen Especial a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018; que son, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

La creación de la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza a través de la Ley 23/2007, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 324/2009.

El Servicio Andaluz de Empleo, cambia su forma jurídica de Agencia Administrativa a Agencia de Régimen Especial a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del Sector Público Andaluz, y sus Estatutos se aprueban mediante el Decreto 96/2011.

Por último, también se autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del Sector Público Andaluz, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril.

Las tres Agencias se configuran como Agencias de Régimen Especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya.

Estas Agencias se someten al régimen de contabilidad pública, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV del Título V del TRLGHP.

La gestión contable y la rendición de cuentas de estas Agencias, se rige por lo dispuesto en la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, sin más especialidades que las que se deriven de la aplicación de su Ley de creación y Estatutos.




4. Cuentas de los Consorcios del artículo 4 TRLGHPJA

A continuación se detallan los Consorcios recogidos en el artículo 4 del TRLGHP, exceptuados aquellos en proceso de liquidación y sin actividad, y a los que se refiere el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Los consorcios son los detallados a continuación:

Consorcio para el desarrollo de políticas en materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía “Fernando de los Ríos”

Consorcio Parque de las Ciencias de Granada

Consorcio Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada

Consorcio Sanitario Público del Aljarafe

Consorcio de Transporte Metropolitano Costa de Huelva

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Almería

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Córdoba

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Granada

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Jaén

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Málaga

Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Sevilla

Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar

Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz

Estos consorcios son financiados mayoritariamente con fondos de la Junta de Andalucía, consolidan sus cuentas con el Presupuesto andaluz e integran sus fondos en las políticas sectoriales correspondientes de las que forman parte.

Los Estatutos de los Consorcios adscritos a la Junta de Andalucía han sido adaptados a la normativa de Consorcios (artículos 118 y ss. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público), dando de esta manera cumplimiento a lo establecido en las disposiciones transitorias de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, a excepción del Consorcio Sanitario del Aljarafe cuya modificación estatutaria no se ha producido.




5.Cuentas de las Agencias Públicas Empresariales

La Ley del Presupuesto para 2020 continuó la modificación del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y control de los consorcios y de las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, iniciada con la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2019, transitando de una contabilidad no presupuestaria a una presupuestaria.

Como dice la exposición de motivos de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, con esta Ley se culmina el proceso de traslado de una contabilidad estimativa con presupuestos de explotación y capital hacia una contabilidad presupuestaria con estados de gastos e ingresos, en las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, iniciado con su predecesora, que incluyó a los consorcios adscritos a la Junta de Andalucía. Así en el artículo 2 se aprueban los créditos de los estados consolidados de gastos e ingresos, abarcando a la Junta de Andalucía y sus instituciones, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial, los consorcios y, como novedad, a las agencias públicas empresariales.

Los cambios operados en el régimen contable y presupuestario de la Agencias Públicas Empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establecidos en las normas referidas, tienen reflejo, por primera vez, en el presente ejercicio de 2021. Y, ello, en virtud de lo dispuesto en la disposición final decimoquinta de la Ley 6/2019, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2020, que demora al 1 de enero de 2021 la entrada en vigor del nuevo régimen.

Lo anterior supone, además, una modificación del régimen contable de estas Agencias, que hasta 2020 aplicaban el Plan General de Contabilidad aprobado por Resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía. A partir del ejercicio 2021, es de aplicación la Orden de 30 de marzo de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Junta de Andalucía.

A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2021:



AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES

Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía

Agencia Andaluza de la Energía

Agencia Pública Andaluza de Educación

Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía

Agencia Andaluza del Conocimiento

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería

Empresa Pública de Emergencias Sanitarias

Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía

Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Agencia Pública de Puertos de Andalucía

Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico




6.Cuentas de las Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz

Conforme establece el artículo 105.3 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante TRLGHPJA), las sociedades mercantiles del sector público andaluz, fondos carentes de personalidad jurídica, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3, la información contable que se integra en la Cuenta General estará constituida por las cuentas anuales presentadas conforme al Plan General de Contabilidad de aplicación. Junto a estos estados se incluirá, en los casos que proceda, la memoria y el informe de auditoría.

Finalmente se incluyen, de acuerdo con el artículo 107 del TRLGHPJA, y conforme dispone el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, los estados contables del ejercicio 2021 correspondientes a cada una de las Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz en las que la Junta de Andalucía posea participación mayoritaria (directa o indirecta.) Para el caso de empresas que integren un grupo, además de los Estados Contables Individuales, se incluyen las Cuentas Anuales Consolidadas del mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 102.4 del TRLGHPJA.

A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2021:




SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ

6.1. CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA DIRECTA

Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.

Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A.

Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.

Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.

Cetursa Sierra Nevada, S.A.

Escuela Andaluza de la Salud Pública, S.A.

Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A.



6.2. CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA INDIRECTA

Canal Sur Radio y Televisión, S.A.

Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.

Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.

Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.

Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.

Parque Tecnológico de Andalucía, S.A.

Red Logística de Andalucía, S.A.

Apartahotel Trevenque, S.A.

Venture Invercaria, S.A.U.

Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.U. (AERÓPOLIS)

Parque de Innovación Empresarial de Sanlúcar la Mayor, S.A. (SOLAND)

INNOVA VENTURE, S.G.E.I.C., S.A.U.

Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía, SICC, S.A.(INVERSEED).




7.Cuentas de las Fundaciones del Sector Público Andaluz

En la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2021, se incluyen las Fundaciones pertenecientes al sector público andaluz calificadas como tal según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Son las siguientes:

Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental

Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada

Fundación Pública Andaluza Barenboim-Said

Fundación Andalucía Olímpica, Fundación Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza “Hospital de San Rafael”

Fundación Agregación de Fundaciones de Sevilla, Fundación Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza Juan Nepomuceno Rojas

Fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre

Fundación Pública Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones Fusionadas de Córdoba

Fundación Pública Andaluza el Legado Andalusí

Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno-Doñana 21, F.P.A.

Fundación Pública Andaluza Rey Fahd Bin Abdulaziz

Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces

Fundación Audiovisual Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza Instituto de Estudios sobre la Hacienda Pública de Andalucía

Fundación Pública Andaluza “Banco Agrícola de D. José Torrico y López Calero”

Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta

Fundación Pública Andaluza Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua

Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud

Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla

Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud

Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental Alejandro Otero (FIBAO)




8.Cuentas de los Fondos sin Personalidad Jurídica

8.1. El Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico

Creado por Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020, con el objetivo de favorecer la promoción y el sostenimiento de actividades que contribuyan al crecimiento económico, a la creación y mantenimiento de empleo, a la innovación, al desarrollo rural, a la protección del medio ambiente, a la promoción de las energías renovables y la eficiencia energética, y al desarrollo urbano sostenible en Andalucía.

El Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico es el sucesor, en todas sus relaciones jurídicas, de los Fondos carentes de Personalidad Jurídica, extinguidos y liquidados por efecto del artículo 2 del citado Decreto-ley, y la Orden de 30 de abril de 2018, por la que se dictaron los actos de ejecución conforme a lo dispuesto en dicho Decreto-ley.

Quedan exceptuados de la extinción anteriormente señalada los siguientes fondos:


8.2. Fondo de cartera JEREMIE

El Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía tiene como finalidad promover el uso de instrumentos de ingeniería financiera, para mejorar el acceso de las Pymes a la financiación a través de las intervenciones de los Fondos Estructurales.


8.3. Fondo JEREMIE para Pymes Industriales

La finalidad de este fondo es facilitar la financiación a las Pymes industriales de Andalucía, mediante préstamos blandos de recapitalización, sometidos a derecho privado en condiciones preferenciales o más favorables que las del mercado.

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