Cuenta General 2021
882 CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2021 SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO. MEMORIA 3. Áreas Territoriales de Empleo. 4. Oficinas de la Agencia. La Agencia tiene su sede institucional en la ciudad de Sevilla, sin perjuicio de que las estructuras organizativas y unidades operativas desconcentradas que la componen pue- dan tener sedes distintas. Por otro lado, en virtud de la Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública, se aprobó el Protocolo de Integración de Personal en el SAE. Para culminar el traspaso de las competencias en materia de formación profesional para el empleo tal y como establece el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, se modificó la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, suprimiendo la formación profesional para el empleo de las funciones del SAE. Esta modificación se realizó mediante Decreto-ley 4/2013, de 2 de abril, cuyo Acuerdo de convalidación fue publicado en virtud de la orden establecida por Resolución de 25 de abril de 2013, de la Presidencia. Mediante el Decreto-ley 5/2015, de 15 de septiembre, se modifican el objeto y los fines de las Agencias Públicas del SAE y Agencia Pública Andaluza de Educación y Forma- ción, estableciendo el procedimiento para culminar la integración de la red de consorcio Escuela de Formación para el Empleo. En consecuencia, mediante el presente Decreto- ley se amplían el objeto y fines de la Agencia habilitándola para que pueda impartir, en los casos en que se produzca la disolución de los Consorcios, las acciones formativas que estos venían desarrollando, al exclusivo efecto de garantizar la continuidad de dicha oferta formativa. En cuanto a su adscripción, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia sobre reestructuración de las Consejerías, en su artículo 5, adscribe el Servicio Andaluz de Empleo a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, manteniéndose dicha adscripción en el más reciente Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías. La implementación de lo dispuesto en el Decreto del Presidente se desarrolla en el Decreto 100/2019, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo que establece las competencias de la Consejería y donde se especifica que el Servicio Andaluz de Empleo, bajo a la Presidencia de la persona titular de la Viceconsejería, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos centrales: – Dirección Gerencia. – Dirección General de Políticas Activas de Empleo. – Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral. El SAE, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, tiene como obje- tivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y, en particular, las siguientes: fomento del empleo, orientación e información, prospección, registro de
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