Cuenta General 2021

23 CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2021 PRESENTACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 5. Cuentas de las Agencias Públicas Empresariales L a Ley del Presupuesto para 2020 continuó la modificación del régimen presupuesta- rio, económico-financiero, de contabilidad y control de los consorcios y de las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, iniciada con la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2019, transitando de una contabilidad no presupuestaria a una presupuestaria. Como dice la exposición de motivos de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, con esta Ley se culmina el proceso de traslado de una contabilidad estimativa con presupuestos de explotación y capital hacia una contabilidad presupuestaria con estados de gastos e ingresos, en las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, iniciado con su predecesora, que incluyó a los consorcios adscritos a la Junta de Andalucía. Así en el artículo 2 se aprueban los créditos de los estados consolidados de gastos e ingresos, abarcando a la Junta de Andalucía y sus instituciones, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial, los consor- cios y, como novedad, a las agencias públicas empresariales. Los cambios operados en el régimen contable y presupuestario de la Agencias Públicas Empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administra- ción de la Junta de Andalucía, establecidos en las normas referidas, tienen reflejo, por primera vez, en el presente ejercicio de 2021. Y, ello, en virtud de lo dispuesto en la dispo- sición final decimoquinta de la Ley 6/2019, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2020, que demora al 1 de enero de 2021 la entrada en vigor del nuevo régimen. Lo anterior supone, además, una modificación del régimen contable de estas Agencias, que hasta 2020 aplicaban el Plan General de Contabilidad aprobado por Resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía. A partir del ejercicio 2021, es de apli- cación la Orden de 30 de marzo de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Financiera de la Junta de Andalucía. A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2021: Los Estatutos de los Consorcios adscritos a la Junta de Andalucía han sido adaptados a la normativa de Consorcios (artículos 118 y ss. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público), dando de esta manera cumplimiento a lo establecido en las disposiciones transitorias de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, a excepción del Consorcio Sanitario del Aljarafe cuya modificación estatutaria no se ha producido.

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