Control de la prestación económica por incapacidad temporal

Información general

Título formal:

Control de la prestación económica por incapacidad temporal

Código:
1031
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
06/04/2009

Descripción

Control sanitario de la prestación de incapacidad temporal mediante la revisión de los trabajadores en dicha situación. La revisión se realizará por los inspectores médicos adscritos a las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades (UMVIs), dependientes de las Direcciones Provinciales de Inspección de las distintas Delegaciones Territoriales de Salud,Igualdad y Politicas Sociales. De los reconocimientos anteriormente mencionados, se verificará la procedencia o no de la permanencia del trabajador en situación de incapacidad temporal. 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Documentación

Parte/s de baja o confirmación de la baja

Datos identificativos

Informe médico/sanitario

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Agota vía administrativa

No
Última actualización: 28/04/2022
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