Supresión de Entidades Locales Autónomas

Información general

Título formal:

Supresión de Entidades Locales Autónomas

Código:
11344
Organismo:
Justicia, Administración Local y Función Pública
Destinatarios:
  • Otras administraciones
Fecha de creación:
07/07/2017

Descripción

Emisión de informe en los procedimientos municipales de supresión de las ELA

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Para la constitución de las entidades locales autónomas deben cumplir los requisitos del artículo 45 del Decreto regulador

Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Documentación

Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

Plazo de Inicio

  • 10 días

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
  • Consejo de Gobierno.
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 12 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si
Última actualización: 28/04/2022
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