Inscripción de datos extrarregistrales en el Registro Andaluz de Entidades Locales
Información general
Inscripción de datos extrarregistrales en el Registro Andaluz de Entidades Locales
- Otras administraciones
Descripción
El Registro Andaluz de Entidades Locales (en adelante RAEL) ha sido creado por la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales, como instrumento oficial y público de constancia de la existencia de las entidades locales radicadas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de los datos más relevantes de la conformación física y jurídica de aquellas.
Su regulación se ha desarrollado en el Decreto 157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales, así como en la Orden de 17 septiembre de 2010 , por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento de dicho Registro Andaluz de Entidades Locales. En ambas normas se contempla su soporte informático, la relación entre ambas Administraciones Públicas de forma electrónica y la tramitación telemática de los procedimientos de anotación en el RAEL.
La aplicación informática que lo gestiona, denominada HABIRA-RAEL, constituye una herramienta básica, incardinada en la Secretaría General de Administración Local, siendo un instrumento oficial y público, cuyo funcionamiento está sustentado, fundamentalmente, en los principios generales de cooperación y colaboración entre las Administraciones Públicas, y en el que se hacen constar, junto con sus datos más relevantes, todas las entidades locales y consorcios andaluces existentes.
Con la aprobación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se consagran como principios de actuación, el que las administraciones públicas se relacionen entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculadas o dependientes a través de medios electrónicos. Asimismo, el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de los procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, aborda la implantación generalizada de la Administración electrónica.
Es por ello que dicha aplicación permite la tramitación y el acceso electrónico al Registro, facilita la accesibilidad al sistema y a utilidades de consulta y estadística.
La gestión de los datos extrarregistrales de las entidades locales y consorcios; en particular, la gestión de puestos, de cargos electos y de representantes, se realizará por las propias entidades mediante la aplicación HABIRA-RAEL, en donde se encuentra la guía y videos tutoriales para la tramitación electrónica de dichos datos.
No se trata en puridad de un procedimiento administrativo, sino de la colaboración entre ambas administraciones en la gestión de los datos, por lo que no requiere una solicitud ni una resolución ni los restantes requisitos de un procedimiento administrativo al uso.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Solicitud registro andaluz de entidades locales: Inscripción de entidades y sus datos registrales. Nº: 001719/2D (Obligatorio)
- Solicitud registro andaluz de entidades locales: Modificación de datos registrales. Nº: 001719/2/A02D (Obligatorio)
- Solicitud registro andaluz de entidades locales: cancelación de la inscripción. Nº: 001719/2/A03D (Obligatorio)
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.(Modificado el artículo 13 por la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local).
- Decreto 157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales.
- Orden de 17 de septiembre de 2010, de la Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
Agota vía administrativa
Novedades
14/03/2025 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar