Procedimiento Sancionador en materia de Vivienda
Información general
Procedimiento Sancionador en materia de Vivienda
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Otras administraciones
Descripción
-Sancionar en base al artículo 19 y 20 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Vivienda Protegida y Suelo y artículo 52 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Normativa
- Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. (Modificados los artículos 10, 20 m, n, ñ, o y se añaden 3 Disposiciones Adicionales por la Ley 4/2013, de 1 de octubre) (Modificados los artículos 10 y 20 y añadidas 3 DA por el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril).
- Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146).
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146), Resuelve el titular de la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura en sanciones de cuantía inferior a 6000 euros.
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 12 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio cuya dirección es c/ Pablo Picasso nº 6 41018 Sevilla y cuyo contacto electrónico está disponible a través del enlace webhttps://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/consultas.html.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/Pablo Picasso, nº6, 41018- Sevilla o en el correo electrónico dpd.cfiot@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para las actuaciones de investigación y el ejercicio de la potestad sancionadora para asegurar la observancia del cumplimiento de la normativa en materia de vivienda, dentro del ámbito de competencias propias de la Administración de la Junta de Andalucía
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal conferida al responsable del tratamiento.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Los datos prodran comunicarse en los casos legalmente previstos a los interesados en los procedimientos, órganos jurisdiccionales, Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, el Ministerio Fiscal y la Agencia Tributaria de Andalucía.
No están previstas transferencias internacionales de los mismos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
Los datos que se tratan son datos identificativos y otras categorías de datos de carácter personal: En general, cualquier información, datos o antecedentes con trascendencia para la función inspectora, respecto de quien resulte obligado a suministrarlos (datos del Padrón de habitantes, datos obtenidos de la suministradoras de agua, gas, electricidad, …., datos del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, datos del Registro de Viviendas Turísticas de Andalucía, entre otros)
Los datos tratados se recogen en los documentos que aporta el interesado y en documentos administrativos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
02/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
05/04/2021 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento
05/04/2021 Se ha modificado en este trámite:Título descriptivo del procedimiento