Tasa Fiscal sobre el Juego. Liquidaciones censales trimestrales de máquinas.
Información general
Tasa Fiscal sobre el Juego. Liquidaciones censales trimestrales de máquinas.
- Empresas
Descripción
Procedimiento por el que se liquida la Tasa fiscal sobre el juego a través de maquinas recreativas y de azar correspondiente al censo trimestral.
Artículos 52 y 53 y 74 a 77 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Se requiere certificado digital.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
- La tasa será exigible trimestralmente, devengándose los días 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre de cada año en cuanto a las autorizadas en los trimestres anteriores. En los casos de máquinas autorizadas provisionalmente, el devengo se producirá con la autorización y la tasa se exigirá, exclusivamente, por el trimestre en que se produzca la autorización. El ingreso de las tasas devengadas el 1 de enero se efectuará dentro de los veinte primeros días naturales del mes de marzo, el de las devengadas el 1 de abril se efectuará dentro de los veinte primeros días naturales del mes de junio, el de las devengadas el 1 de julio se efectuará dentro de los veinte primeros días naturales de septiembre y el de las devengadas el 1 de octubre se efectuará dentro de los veinte primeros días naturales de diciembre.
Normativa
- Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).
- Decreto-ley 14/2020, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente medidas para la reactivación del sector de la hostelería, restauración, ocio y esparcimiento, se adoptan las medidas de apoyo a las Entidades Locales necesarias para contribuir a la apertura de playas seguras y otras medidas económicas y tributarias, ante la situación de alerta sanitaria generada por el coronavirus (COVID-19).
- Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos y de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19), y se implanta la plataforma de gestión de datos de Centros de Servicios Sociales.
- Resolución de 22 de junio de 2022, conjunta de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería y la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se regula el procedimiento y las condiciones para la domiciliación de las deudas derivadas de las liquidaciones de la tasa fiscal sobre juegos, envite o azar, en su modalidad de explotación de máquinas o aparatos automáticos para la realización de juegos, correspondiente a máquinas autorizadas en trimestres anteriores.
Información adicional
Órganos responsables
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449).
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
13/01/2025 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
13/01/2025 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
18/12/2023 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
18/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación
05/12/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos
05/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación
05/12/2023 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
07/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
04/12/2020 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
01/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
13/05/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
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