Aplicación del índice corrector previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, sobre márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano a las oficinas de farmacia de Andalucía
Información general
Aplicación del índice corrector previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, sobre márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano a las oficinas de farmacia de Andalucía
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Descripción
El procedimiento establece los requisitos para que las oficinas de farmacia soliciten la aplicación del índice corrector, el modo y plazo en que deben realizarse las solicitudes, así como el proceso de tramitación y resolución.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Solicitud aplicación de índice corrector del artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo Nº: 002931/1D (Obligatorio)
Requisitos
Las oficinas de farmacia en Andalucía tendrán que cumplir las siguientes condiciones:
a) Que no hayan sido objeto de sanción administrativa en el año anterior, ni estén excluidas de su concertación, y que sus titulares no estén inhabilitados profesionalmente.
b) Que los titulares de estas oficinas de farmacia participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos que establezca la administración sanitaria correspondiente.
c) Que sus ventas anuales totales, en términos de precio de venta al público incrementado con el impuesto sobre el valor añadido, no superen los 235.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior.
d) Que presten servicio a núcleos de población pertenecientes a municipios que dispongan, como máximo, de 1.500 habitantes censados en el último padrón municipal, o bien en otros núcleos en los que la autoridad competente delimite y designe como de riesgo para disponer de la adecuada cobertura o acceso a la prestación farmacéutica.
e) Que la oficina de farmacia haya prestado sus servicios durante los doce meses del año natural anterior, excepción hecha del periodo de vacaciones.
Documentación
Copia del modelo 130 que haya presentado ante la Agencia Tributaria para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año natural anterior al de la solicitud.
Plazo de Inicio
- 31/01/2026 23:00 horas - 28/02/2026 23:00 horas (Periodo establecido para cada año)
Normativa
- Orden de 29 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se dictan instrucciones para la tramitación del procedimiento establecido en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
- Orden de 30 de marzo de 2015, por la que se dictan instrucciones para la tramitación del procedimiento establecido en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 997/2022, de 29 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Almería (Cód.: A01025979).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Cádiz (Cód.: A01025981).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Córdoba (Cód.: A01025983).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Granada (Cód.: A01025985).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Huelva (Cód.: A01025987).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Jaén (Cód.: A01025989).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Málaga (Cód.: A01025992).
- Delegación Territorial de Salud y Consumo en Sevilla (Cód.: A01025994).
- Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Cód.: A01004627).
- Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud (Cód.: A01004627).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a contar desde el último día de plazo para la presentación de solicitudes
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2023
23/05/2023. Oficinas de farmacia a las que se aplicará en 2023 el índice correctorNovedades
23/05/2023 Oficinas de farmacia a las que se aplicará en 2023 el índice corrector
30/12/2022 Se ha modificado el campo: Requisitos
30/12/2022 Se ha modificado el campo: Normativas
02/12/2022 Se ha modificado el campo: Órgano de Tramitación
02/12/2022 Se ha modificado el campo: Órgano de Resolución
07/02/2022 Se ha suprimido el plazo de solicitud.
31/01/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
18/12/2018 Se ha modificado en este trámite:Documentación
18/12/2018 Se ha modificado en este trámite:Normativas
18/12/2018 Se ha modificado el plazo de solicitud.