Subvenciones a empresas de Inserción - Línea 4. Incentivos a la inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado.
Información general
Subvenciones a empresas de Inserción - Línea 4. Incentivos a la inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado.
- Empresas
Descripción
En virtud de la Orden de 9 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la inclusión laboral de las personas pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción y en el mercado ordinario de trabajo en Andalucía, se deroga la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción en Andalucía.
La Disposición transitoria única de la Orden de 9 de abril de 2025 establece que los procedimientos de subvenciones iniciados al amparo de la Orden de 17 de noviembre de 2018, que a la entrada en vigor de la nueva orden estuvieran iniciados y no concluidos, seguirán su tramitación de acuerdo con la normativa aplicable en el momento de su iniciación y en los distintos órganos que, por razón de la materia, asuman dichas competencias de conformidad con lo dispuesto en los correspondientes decretos de estructura orgánica vigentes en cada momento.
Objeto:
Estos incentivos se dirigen a incentivar a las Empresas de Inserción por cada persona en situación de exclusión social que logren insertar en el mercado de trabajo ordinario mediante una contratación indefinida como consecuencia de un proceso previo de inserción.
Conceptos subvencionables:
Se subvencionará a la empresa de inserción por cada persona trabajadora en situación de exclusión social de su plantilla en proceso de inserción, que logre insertar en el mercado laboral ordinario, a través de la normalización de un contrato de duración indefinida en una empresa ordinaria.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en los doce meses anteriores al día de presentación de solicitud de la subvención.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo I. Solicitud. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial para la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Línea: Inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado. Nº: 005699 (Obligatorio)
- Anexo VI. Datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial para la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Línea: Inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado. Nº: 005699/A03 (Obligatorio)
- Anexo II. Alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de de documentos. Subvenciones no competitivas de la dirección general de incentivos para el empleo y competitividad empresarial para la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Línea: Inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado. Nº: 005699/A02 (Obligatorio)
Requisitos
Podrán solicitar estas subvenciones las Empresas de Inserción calificadas e inscritas como tales en el Registro de Empresas de Inserción de Andalucía.
Documentación
El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta provisional de resolución, concederá a la entidad solicitante un plazo de diez días, para que, utilizando el formulario-Anexo II, pueda presentar la documentación que se detalla en el apartado 14 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la línea de incentivos, reguladas en la Orden de Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de 17 noviembre 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción en Andalucía, salvo que se hubiera presentado con la solicitud-Anexo I.
a) NIF de la entidad y escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente, en su caso.
b) Poder de representación y NIF de su representante, en el supuesto de que no autorice la consulta telemática al órgano gestor.
c) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta consignada en la solicitud.
d)Certificado actualizado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
e)Contrato de trabajo indefinido formalizado entre la persona trabajadora y la empresa del mercado de trabajo ordinario a la que se haya incorporado.
f) Declaración de la empresa contratante donde haga constar la decisión de incorporar a su plantilla a la persona trabajadora procedente de la empresa de inserción se ha visto propiciada por la mediación de ésta.
g) Autorización de consulta telemática de informe de vida laboral de la persona contratada.
h) Alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si la empresa estuviera acogida al sistema RED de transmisión telemática de datos a la Seguridad Social, será suficiente aportar la acreditación correspondiente, mediante original o copia auténtica o autenticada del documento firmado por la persona responsable correspondiente.
i) Informe o certificado acreditativo de la situación de exclusión social de la persona contratada emitido por la Administración competente
Plazo de Inicio
- 05/06/2023 22:00 horas - 05/07/2023 21:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.)
Normativa
- Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción en Andalucía.
- Corrección de errores de la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción en Andalucía (BOJA núm. 227, de 23.11.2018).
- Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las subvenciones públicas reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción.
- Extracto de la Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción.
- Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
- Extracto de la convocatoria, para el ejercicio 2022, de las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
- Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
- Extracto de la Resolución de fecha 31 de mayo de 2023, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Políticas Activas de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.
La base jurídica del tratamiento es la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción.
Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
16/04/2025 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
09/06/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento
09/06/2023 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento
07/06/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento
07/06/2023 Se ha modificado el campo: Título descriptivo del procedimiento
07/06/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
07/06/2023 Se ha modificado el campo: Documentación
05/06/2023 Se ha modificado el campo: Normativas