Educación Permanente en los Centros Docentes Públicos (no Universitarios) de Personas Adultas en las Modalidades Presencial y Semipresencial: Admisión y Matriculación
Información general
Educación Permanente en los Centros Docentes Públicos (no Universitarios) de Personas Adultas en las Modalidades Presencial y Semipresencial: Admisión y Matriculación
- Ciudadanía
Descripción
La educación permanente de personas adultas corresponden a las siguientes enseñanzas: a) Los siguientes planes educativos: 1) Plan educativo de formación básica. 2) Planes educativos de preparación para la obtención de titulaciones del sistema educativo. 3) Planes educativos para el acceso a otros niveles del sistema educativo. 4) Planes educativos para el fomento de la ciudadanía activa. 5) Otros planes educativos, en su caso, autorizados por la Dirección General competente en materia de educación permanente. b) La educación secundaria obligatoria para personas adultas. c) El bachillerato para personas adultas. En aquellos centros donde hubiera plazas escolares suficientes serán admitidas todas las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos de acceso a la enseñanza que corresponda. En ningún caso habrá discriminación en la admisión del alumnado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. Asimismo, no podrá exigirse la formulación de declaraciones que puedan afectar a la intimidad, creencias o convicciones de las personas solicitantes. En todos los planes educativos sólo se realizará un proceso de matriculación y se tramitará en un solo centro. La matriculación en cada plan educativo solicitado estará supeditada a la disponibilidad de las plazas escolares en el mismo. En las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas los procesos de admisión y matriculación se realizarán por ámbitos de conocimientos o materias en un solo centro para las modalidades objeto de la presente Orden, autorizadas al mismo. Sólo se podrá solicitar la admisión para un mismo ámbito o materia en una modalidad de enseñanza: presencial, semipresencial o a distancia. Se podrán solicitar diferentes ámbitos o materias en las modalidades presencial o semipresencial siempre que ambas modalidades estén autorizadas y se impartan en un mismo centro.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Matrícula en Educación secundaria obligatoria para personas adultas Nº: 002020/1/A03D (Obligatorio)
- Matrícula en Bachillerato para personas adultas Nº: 002020/1/A04D (Obligatorio)
- Matriculación en planes educativos para personas adultas (I) Nº: 002020/1/A05D (Obligatorio)
- Solicitud de Admisión Educación secundaria obligatoria para personas adultas Nº: 002020/1D (Obligatorio)
- Solicitud de Admisión Bachillerato para personas adultas Nº: 002020/2/A02D (Obligatorio)
Requisitos
Las personas mayores de dieciséis años internas en centros penitenciarios o de menores sujetas a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.
Aportar Anexo III o Anexo IV, según corresponda.
Ser mayor de dieciocho años o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico.
Estar en posesión de los requisitos o condiciones establecidas con caracter general para el acceso a la enseñanza de que se trate y con lo establecido en la disposición adicional primera para el acceso a ESO para personas adultas.
Execpcionalmente, las personas mayores de 16 años o que cumplan esa edad en el año natural en que comienza el curso, que lo soliciten y acrediten alguna de las siguientes situaciones:estar trabajando,lo que le impide acudir al centro en régimen ordinario;ser deportista de alto rendimiento de Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel;encontrarse en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación que le impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario.
Artículos de 3, 19 y Disposición Adicional Primera (requisitos de acceso a la educación secundaria obligatoria para personas adultas) de la Orden de 25 de mayo de 2012 de la Consejería de Educación.
Documentación
Acreditación de estar sujeto a medidas judiciales de privación de libertad mediante la correspondiente certificación.
Certificación de estar incluido en el Registro del deporte de Rendimiento de Alto Nivel; si pertenece a otra Comunidad Autónoma, certificación del dictamen emitido por el órgano público competente.
Titulación académica correspondiente
En el caso de que el Sistema de Información Séneca no disponga de la información necesaria.
Fotocopia DNI en caso de no autorizar la verificación de datos.
En caso de no autorización para la comprobación de datos tributarios o cuando no se disponga de la información, deberá presentarse certificación de haberes.
Presentación de fotocopia autenticada del contrato de formación y aprendizaje.
Artículos 10 (acreditación de la edad de la persona solicitante), 11(acreditación de la renta de la unidad familiar), 12(acreditación de estar sujetos a medidas judiciales de privación de libertad), 14 (acreditación de discapacidad), 15 (acreditación de la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento) y 16 (acreditación de la titulación académica) de la Orden de 25 de mayo de 2012 de la Consejería de Educación.
Plazo de Inicio
- 31/08/2025 22:00 horas - 14/10/2025 22:00 horas (En el supuesto de que existieran plazas escolares vacantes se habilitará procedimiento extraordinario que tendrá lugar desde el 1 de septiembre al 15 de octubre de cada año. En tal caso, la dirección de los centros docentes públicos procederá a la matriculación de las personas interesadas, por orden de llegada.)
- 31/05/2025 22:00 horas - 14/06/2025 22:00 horas (El plazo de matriculación en planes educativos será el comprendido entre el día 1 y el 15 de junio de cada año)
- 30/06/2025 22:00 horas - 09/07/2025 22:00 horas (El plazo de matriculación de educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas será el comprendido entre los días 1 y 10 de julio de cada año.)
- 31/05/2025 22:00 horas - 14/06/2025 22:00 horas (El plazo de presentación de solicitudes de admisión en los centros docentes, para educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas, será el comprendido entre el 1 y el 15 de junio de cada año.)
Normativa
- Orden de 25 de mayo de 2012, de la Consejería de Educación, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en los centros docentes públicos para cursar las enseñanzas de Educación Permanente de Personas Adultas en las modalidades presencial y semipresencial.
- Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se publican los formularios normalizados de solicitud de admisión y matriculación en enseñanzas de Bachillerato, Educación Secundaria Obligatoria y Planes Educativos para personas adultas en modalidad a distancia y de admisión en enseñanzas de Bachillerato para personas adultas en modalidades presencial y semipresencial.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Consejo Escolar.
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información pública:Novedades
08/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
09/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
12/04/2023 Se ha modificado el campo: Plazo resolver/notificar
12/04/2023 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente
12/04/2023 Se ha modificado el campo: Modo de Consulta de estado
12/04/2023 Se ha modificado el campo: URL de Modo de Consulta de estado
12/04/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación
12/04/2023 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación
12/04/2023 Se ha modificado el campo: URL de Información Pública
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12/04/2023 Se ha modificado el campo: Información Pública