Libros de texto y material complementario: Registro
Información general
Libros de texto y material complementario: Registro
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Descripción
El Registro de libros de texto de la Comunidad Autónoma de Andalucía es el instrumento de ordenación y publicidad de la Administración de la Junta de Andalucía en el que se inscriben los libros de texto para su utilización en los centros docentes andaluces. El Registro dependerá de la Consejería competente en materia de educación y se adscribirá a la Dirección General con competencias en materia de supervisión y registro de libros de texto, a la que corresponderá la gestión del mismo. Las editoriales cumplimentarán la solicitud de inscripción, renovación o modificación de los libros de texto en el Registro con arreglo al modelo que se establezca mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Deberá estar dirigida a la persona titular de la Dirección General competente en materia de supervisión y registro de libros de texto y estará disponible, asimismo, en las direcciones oficiales de internet de la Administración de la Junta de Andalucía y de la citada Consejería. Las solicitudes de inscripción, renovación o modificación en el Registro se acompañarán de un ejemplar del libro de texto correspondiente, que quedará en depósito en la sede de la Consejería competente en materia de educación. Las editoriales que presenten la solicitud de forma electrónica podrán entregar el ejemplar del libro de texto, si este no está editado en soporte electrónico, en cualquiera de los lugares citados en los párrafos a), b) y c) del artículo 8.2, haciendo constar en la solicitud de inscripción esta circunstancia, así como el lugar escogido para la entrega. La inscripción de los libros de texto en el Registro tendrá una vigencia de cuatro cursos escolares completos contados a partir del siguiente al de la fecha en que se realizó dicha inscripción.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Inscripción o Renovación en el registro de libros de texto Nº: 001971D (Obligatorio)
- Modificación de los libros de texto pertenecientes al registro Nº: 001971/A02D (Obligatorio)
Requisitos
Existen requisitos de formato y de contenido en los libros de texto a registrar.
Artículo 5 de la Orden de 7 de diciembre de 2011, de la Consejería de Educación.
Documentación
Artículo 9 del Decreto 227/2011, de 5 de julio.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 227/2011 de 5 de julio, por el que se regula el depósito, el registro y la supervisión de los libros de texto, así como el procedimiento de selección de los mismos por los centros docentes públicos de Andalucía.
- Orden de 7 de diciembre de 2011, de la Consejería de Educación, por la que se regulan determinados aspectos del depósito y el registro de libros de texto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
Agota vía administrativa
Novedades
28/11/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento