Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a agentes públicos del sistema andaluz del conocimiento para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con fondos FEDER, de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Información general
Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a agentes públicos del sistema andaluz del conocimiento para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con fondos FEDER, de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
- Otras administraciones
Descripción
Conforme al apartado 1 del cuadro resumen de la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, la finalidad de las subvenciones es desarrollar herramientas que mejoren el diagnóstico y el tratamiento de pacientes afectados de COVID-19 así como contribuir al mejor conocimiento de la etiología y la epidemiología de la enfermedad y de la respuesta de salud pública requerida en el contexto de la pandemia en curso.
Asimismo, de acuerdo al apartado 2.a) del citado cuadro resumen los proyectos de investigación que podrán ser objeto de subvención, estarán directamente vinculados con:
a) Nuevos materiales y sistemas de detección precoz en la población asintomática.
b) Estudios genómicos / epidemiológicos de la infección y de los mecanismos de transmisión.
c) Caracterización celular y molecular del virus SARS-COV-2 y de su ciclo vital.
d) Nuevas terapias de rápida implantación.
e) Respuesta inmune, patología y severidad de la infección. Inmunoterapia.
f) Técnicas de inteligencia artificial aplicadas al análisis y control de la enfermedad COVID-19.g) Actuaciones, protocolos y sistemas de organización en gestión logística de emergencias.
h) Impacto socio-económico de la enfermedad COVID19.
ENTIDADES BENEFICIARIAS. De acuerdo con el apartado 4 del cuadro resumen de la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, podrán solicitar estas subvenciones los Agentes Públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento, en particular:
a) Las Universidades públicas andaluzas y sus Institutos Universitarios de Investigación de acuerdo al Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.
b) Los Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en el artículo 32 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Agentes Públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento.
Para considerarse Agente Público del Sistema Andaluz del Conocimiento, las entidades deberán:
1. Tener la condición de Agente del Sistema Andaluz del Conocimiento, de acuerdo con la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, y el Decreto 254/2009, de 26 de mayo.
2. Pertenecer al Sector Público de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En particular, tendrán esta consideración:
1. Las Universidades públicas andaluzas y sus Institutos Universitarios de Investigación de acuerdo al Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.
2. Los Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, asícomo en el artículo 32 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre.
3. Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica p ropia dependientes o vinculados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus organismos, o participadosmayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
Estar acreditadas e inscritas en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 254/2009, de 26 de mayo.
Documentación
- Cumplimentar el Apartado 7 del Formulario Anexo I. Solicitud.
- La entidad beneficiaria provisional deberá presentar, junto al formulario Anexo II, atendiendo a la naturaleza del proyecto de investigación subvencionado, las autorizaciones e informes exigidos por la normativa de aplicación, o en su caso, la documentación acreditativa de haberlos presentado a los organismos competentes para su evaluación, entre los que podrán contemplarse a título no exhaustivo, los siguientes:
a) Informe de la Comisión de Investigación u órgano equivalente de la entidad o centro al que pertenezca la persona investigadora principal, que deberá declarar la viabilidad de los proyectos en todos sus términos. En el caso de centros en régimen de concierto entre universidades e instituciones sanitarias, será la regulada por Orden de 31 de julio de 1987, por la que se establecen los requisitos a los que se refiere la base tercera punto Uno, del artículo 4 del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio.
b) Conjunto de informes y autorizaciones del Comité Ético de Investigación Clínica y otros órganos colegiados responsables de velar por el cumplimiento de los convenios y normas existentes en materia de investigación, que se consideren necesario.
c) Autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad cuando se trate de ensayos clínicos.
d) Informe favorable de la Comisión correspondiente, para aquellos proyectos que versen sobre las materias relacionadas en el artículo 35 de la Ley 14/2007, de 3 de julio.
e) En cumplimiento del artículo 2.e) de la Ley 14/2007, de 3 de julio, en caso de proyectos de investigación sobre seres humanos o su material biológico, será necesaria la aportación del informe favorable del Comité de Ética de la Investigación correspondiente.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
- 03/05/2020 22:00 horas - 03/05/2021 22:00 horas (Fecha de inicio: 04/05/2020. Fecha fin: Tras resolución de la SGUIT una vez agotado el crédito)
Normativa
- Orden de 13 de mayo de 2020, por la que se encomiendan a la Agencia Andaluza del Conocimiento funciones como entidad colaboradora, en la gestión de las subvenciones previstas en la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Agentes Públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento, para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con Fondos Feder.
- Extracto de la Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convocan la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, para agentes públicos del sistema andaluz del conocimiento, con cargo a fondos FEDER, de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.
- Resolución de 28 de abril de 2020, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Agentes Públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento, para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con fondos FEDER, de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.
- Orden de 23 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Agentes Públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento, para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con Fondos FEDER.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Planificación de la Investigación (Cód.: A01034547).
- Secretaría General de Investigación e Innovación (Cód.: A01034524), Según Disposición Adicional Tercera de la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad.
- Secretaría General de Investigación e Innovación (Cód.: A01034524).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2021
03/09/2021. Nota aclaratoria gastos de viajes25/10/2021. Modelo de memoria científico-técnica
Sevilla:
15/03/2021. Guía de ejecución y justificación actualizada a noviembre 2020
2020
27/11/2020. Resolución de cierre de la convocatoria por agotamiento del crédito16/10/2020. Guía de ejecución y justificación
06/07/2020. Entidad-Modelo declaración responsable reintegro
06/07/2020. Entidad-Modelo declaración responsable obligaciones
21/05/2020. CONV 2020. Proyectos Covid-19. ANEXOS III, IV y V
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a agentes públicos del sistema andaluz del conocimiento para proyectos de investigación sobre el SARS-COV-2 y la enfermedad COVID-19, cofinanciados con fondos FEDER, de conformidad con la Orden de 23 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/567133.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El Responsable del tratamiento es la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades / Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla y cuyo correo electrónico es sguit.cteicu@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla o en el correo electrónico dpd.cteicu@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar el proceso de solicitud, concesión y pago de los incentivos convocados.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es:
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
RGPD. 6.1.c)Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento
Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 por el que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) (BOJA núm. 71, de 17 de abril de 2017).
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y mientras pueda derivarse posibles responsabilidades.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
04/03/2025 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
04/03/2025 Se ha modificado el campo: Plazos
25/10/2021 Se ha publicado: Modelo de memoria científico-técnica
03/09/2021 Se ha publicado: Nota aclaratoria gastos de viajes
02/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
27/11/2020 Se ha publicado: Resolución de cierre de la convocatoria por agotamiento del crédito
21/05/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
21/05/2020 Se ha publicado: CONV 2020. Proyectos Covid-19. ANEXOS III, IV y V
21/05/2020 Se ha publicado: Conv. 2020 Proyectos COVID-19
30/04/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
30/04/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.