Ciclos formativos de artes plásticas y diseño: exencion total o parcial de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.
Información general
Ciclos formativos de artes plásticas y diseño: exencion total o parcial de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.
- Ciudadanía
Descripción
Procedimiento para la exención total o parcial del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres por su correspondencia con la práctica laboral al alumnado que lo solicite y que reunan los requisitos exigidos. Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo de Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres por su correspondencia con la práctica laboral, el alumnado que acredite una experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
El alumnado deberá acreditar una experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado. Dicha experiencia laboral debe demostrar que la persona solicitante tiene adquiridos los objetivos del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres establecidos en la normativa sobre orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, y la organización de ciclos formativos de la familia profesional a la que pertenece el ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño que cursa el solicitante.
Artículo 24 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo. Artículo 2 de la Orden de 6 de junio de 2000.
Documentación
Cuando la persona solicitante haya intervenido con anterioridad como tutor o tutora laboral del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres del mismo ciclo formativo, podrá adjuntar un certificado del centro educativo en el que conste el número del alumnado tutelado, el ciclo formativo y el curso académico.
Trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena: -Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral, el grupo de cotización y el período o períodos de cotización. -Certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en el que conste la duración del contrato, los puestos de trabajo ocupados y las actividades realizadas.
Trabajadores y trabajaooras por cuenta propia: -Certificado del período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. -Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y justificantes de pago de dicho impuesto. -Memoria descriptiva de las actividades desarrolladas en el ejercicio profesional, realizada por la persona interesada.
Las personas solicitantes podrán adjuntar otros documentos admitidos en derecho que permitan ampliar la información sobre la experiencia laboral de la persona interesada, con objeto de facilitar la resolución de la solicitud de exención total o parcial del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.
Artículo 15.4 y 24 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo. Artículo 4 de la Orden de 6 de junio de 2000.
Plazo de Inicio
- La solicitud, junto con la documentación correspondiente, deberá presentarla la persona interesada, al menos, un mes antes de la fecha de inicio del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño en el que esté matriculado.
Normativa
- Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, del Ministerio de Educación y Ciencia, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- DECRETO 326/2009, de 15 de septiembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en Andalucía.
- Orden de 6 de junio de 2000, de la Consejería de Educación y Ciencia, sobre exencion total o parcial de la fase de formacion practica en empresas, estudios o talleres de los ciclos formativos de Artes Plasticas y Diseño.
- Orden de 28 de septiembre de 2011, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Orden de 31 de julio de 2001, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la fase de Formación en Centros de Trabajo para alumnos y alumnas de Formación Profesional Específica y Artes Plásticas y Diseño.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente, Equipo educativo.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones. Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480), Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones.
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (Cód.: A01025792).