Censo de entidades colaboradoras de la enseñanza
Información general
Censo de entidades colaboradoras de la enseñanza
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
El Censo tiene naturaleza administrativa y carácter público y gratuito, pudiendo acceder a sus asientos cualquier persona o entidad pública o privada sin más limitaciones que las establecidas en la legislación sobre protección de datos de carácter personal.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Censo de Entidades colaboradoras de la enseñanza Nº: 001559D (Obligatorio)
Requisitos
Deber de colaboración: las entidades inscritas vendrán obligadas a colaborar en la actualización de los datos inscritos en el Censo, a cuyos efectos vendrán obligados a facilitar cuanta información sea necesaria.
En el caso de federaciones,confederaciones o uniones de asociaciones será requisito indispensable que estén inscritas en el Censo todas la entidades que las constituyen
Los requisitos que se establecen en la normativa vigente en materia de asociaciones del alumnado y de asociaciones de madres y padres del alumnado
Tener entre sus fines la colaboración en el ámbito educativo
Para su incripción deben ser entidades legalmente constituidas
Entidades con personalidad jurídica
Entidades sin ánimo de lucro
Artículo 6 y 17 del Decreto 71/2009.
Documentación
Relación de personas que componen el órgano directivo de la entidad
Estarán exentas de presentar este documento las entidades descritas en el artículo 11.2 del Decreto 71/2009.
En el caso de entidades de federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones, la relación de todas las entidades que forman parte de la misma
Acta fundacional. Acta de la Asamblea de la entidad en la que se acordó solicitar la inscripción o modificación en el Censo de Entidades Colaboradoras de la enseñanza
Artículo 11 del Decreto 71/2009 de 31 de marzo.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 27/1988, de 10 de febrero, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos de centros docentes no universitarios en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia. (DEROGADOS LOS ARTÍCULOS 6 Y 16 POR EL DECRETO 71/2009, DE 31 DE MARZO).
- Decreto 28/1988, de 10 de febrero, por el que se regulan las asociaciones de alumnos de los centros docentes no universitarios en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia. (DEROGADOS ARTÍCULOS 7 Y 15 POR EL DECRETO 71/2009, DE 31 DE MARZO)
- Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
- Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. Para la res. de baja, será estimada la solicitud por silencio en el caso del art 15.a), o se producirá la caducidad en los demás casos de dicho art.
Silencio: Positivo - Plazo: 3 Meses. Para la resolución de inscripción, ésta,contendrá el número asignado en el Censo, que se hará de forma correlativa.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Novedades
27/06/2022 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
28/11/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento