Subvención a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo.
Información general
Subvención a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo.
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Subvencionar proyectos para el funcionamiento de un servicio de defensa legal para las mujeres que sufren algún tipo de discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral o cualquier ámbito contencioso, incluido el administrativo, ofreciendo información, asesoramiento, acompañamiento e intervención en la defensa, incluida la procesal, de los derechos de las mujeres y en la búsqueda de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo I. Solicitud subvenciones a organizaciones sindicales de Andalucía para el funcionamiento del servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo. Nº: 003334/1 (Obligatorio)
- Anexo II. Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y aportación de documentos. Subvenciones a organizaciones sindicales de Andalucía para el funcionamiento del servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo. Nº: 003334/1/A02 (Obligatorio)
Requisitos
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
1- Organizaciones sindicales reguladas por su Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto, de libertad sindical, con implantación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2- Entidades sin ánimo de lucro con implantación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza, que estén vinculadas y participadas al 100% por las organizaciones sindicales y a través de las cuales realizan el asesoramiento y defensa jurídica de las trabajadoras.
Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
- Las entidades mencionadas en el apartado anterior deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público administrativo que legalmente le corresponda, de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto, apartado primero de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Documentación
Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II (Apartado 14.a) Cuadro Resumen BBRR):
1. Número de inscripción en el registro correspondiente de la entidad, y número de depósito de sus
estatutos.
2. CIF de la entidad solicitante.
3. Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante y de la representación de la misma en su caso, mediante fotocopia compulsada del NIF del mismo, y de las escrituras que otorguen poder bastante a favor de la persona que formula la solicitud.
4. Determinación de la cuenta corriente que será la perceptora de los pagos con indicación de si está dada de alta en el mantenimiento de cuentas bancarias de la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.
5. Memoria descriptiva del proyecto, que deberá contener los siguientes apartados:
5.1. Catálogo de servicios pormenorizados que se prestarán a las mujeres solicitantes.
5.2. Objetivos generales, cuantificados y/o definición de indicadores.
5.3. Objetivos específicos, cuantificados y/o definición de indicadores.
5.4. Fechas previstas de inicio y fin de las actividades o actuaciones previstas a realizar.
5.5. fechas de ejecución y calendarización de actividades, recursos disponibles.
5.6. Nº previsto de participantes a los que se dirigen las distintas actuaciones durante el periodo de ejecución de las mismas.
6.Protocolo de funcionamiento del Servicio de Defensa Legal de Mujeres.
7. Borrador de derivación de mujeres desde desde el teléfono 900 200 999, desde los centros propios del Instituto Andaluz de la Mujer y desde los Centros Municipales de Información a la Mujer, con indicación de la ubicación de los centros receptores por parte de la organización beneficiaria, medios de comunicación, horarios, y demás extremos necesarios.
8. Relación de indicadores estadísticos que se proponen para su aprobación y seguimiento de la ejecución.
9. Esquema de los contenidos que recogerán las memorias para la justificación parcial así como de la memoria de ejecución final del SDLM.
10. Mecanismos de evaluación de resultados, estrategia y presupuesto.
11. Relación de profesionales que van a prestar efectivamente el servicio con acreditación de su formación
en igualdad, de duración al menos de 30 horas lectivas, o experiencia profesional en defensa jurídica en igualdad de al menos dos años
Plazo de Inicio
- 16/04/2025 22:00 horas - 02/05/2025 21:59 horas (El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)
Normativa
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Orden de 7 de marzo de 2023, por la que se modifica la Orden de 18 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a Organizaciones Sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo.
- Extracto de la Resolución de 10 de Abril de 2025 del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca subvención de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2025.
- Resolución de 10 de Abril de 2025 del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca subvención de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2025.
- Decreto-ley 4/2024, de 27 de febrero, por el que se modifica el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
- Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 10 de Abril de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca subvención de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2025.
- Corrección de errores de la Resolución de 10 de Abril de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca subvención de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo, para el ejercicio 2025.
Información adicional
Órganos responsables
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191), La persona titular del Servicio de Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer..
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191), La persona titular del Instituto Andaluz de la Mujer..
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de tres meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de solicitud.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2023
28/12/2023. Anuncio de 21 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por el que se hacen públicas las subvenciones concedidas en el tercer trimestre del año 2023Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
IAM- Subvenciones y ayudas competencia del Servicio de formación y empleo de mujeres (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166384.html)
Código: 23941
- El responsable del tratamiento es el Servicio de formación y empleo de mujeres, cuya dirección es C/Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) y cuyo correo electrónico es manuel.serrano.perez@juntadeandalucia.es.
- Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) o en el correo electrónico dpd.iam@juntadeandalucia.es.
- Los datos personales proporcionados son necesarios para ayudas y subvenciones competencia del servicio indicado.
- La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, derivados de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
- No está previsto ceder o comunicar los datos.
- Los datos personales se conservarán durante el periodo que establezca la normativa vigente.
- La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/
- Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
24/04/2025 Se ha modificado el campo: Normativas
16/04/2025 Se ha modificado el campo: Normativas
16/04/2025 Se ha modificado el campo: Plazos
16/04/2025 Se ha modificado el campo: Normativas
11/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
05/01/2024 Anuncio de 21 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por el que se hacen públicas las subvenciones concedidas en el tercer trimestre del año 2023
17/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
15/03/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
15/03/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
15/03/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento