Entidades sin ánimo de lucro interesadas en la prestación del servicio de comunicación audiovisual
Información general
Entidades sin ánimo de lucro interesadas en la prestación del servicio de comunicación audiovisual
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Solicitud de inscripción, modificación o cancelación de una entidad privada que tenga la consideración legal de entidad sin ánimo de lucro en el listado de entidades interesadas en la prestación de servicios de comunicación audiovisual sin ánimo de lucro, al amparo de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual; y de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo II del Título V de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía.
Las notificaciones practicadas en el ámbito de este procedimiento se realizarán por medios electrónicos, conforme establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para ello se utilizará el servicio "Gestión Audiovisual" del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía. Puede obtener más información en la siguiente página web: https://juntadeandalucia.es/organismos/presidenciaadministracionpublicaeinterior/areas/comunicacion-social/notificacion-telematica.html
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Documentación
Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
Información adicional
Órganos responsables
- D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).
- D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).
- D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
Puede acceder a la información sobre protección de datos personales en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181286.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
30/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos