Subvenciones a entidades locales autónomas andaluzas para financiar actuaciones en desarrollo de sus competencias
Información general
Subvenciones destinadas a las entidades locales autónomas andaluzas, para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias, dentro del Plan de Cooperación Municipal.
- Otras administraciones
Descripción
- Concesión de licencias de obras menores.
- Pavimentación, conservación y reparación de vías urbanas.
- Alumbrado público
- Limpieza Viaria.
- Abastos
- Servicios Funerarios.
- Abastecimiento de agua en baja, que incluye su distribución, el almacenamiento intermedio y el suministro o reparto de agua de consumo hasta las acometidas particulares o instalaciones de las personas usuarias.
- Alcantarillado
- Recogida de residuos.
- Control de alimentos.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Línea de subvenciones destinadas a las entidades locales autónomas andaluzas, para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias. Solicitud. Nº: 003373W (Obligatorio)
- Línea de subvenciones destinadas a las entidades locales autónomas andaluzas, para la financiación de actuaciones relacionadas con el desarrollo y ejecución de sus competencias. Certificado. Nº: 003373/A03W (Obligatorio)
Requisitos
Serán beneficiarios de estas subvenciones, por el importe máximo asignado en el Anexo I, las entidades locales autónomas del territorio andaluz que consten constituidas legalmente a la fecha de publicación de esta norma, y que, como requisito fundamental, hayan desarrollado de forma efectiva sus competencias en el ejercicio inmediato anterior.
Las entidades beneficiarias además deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, quedando exceptuadas de las prohibiciones contempladas en los párrafos e) y g) del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el apartado 2 del artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en virtud de las habilitaciones previstas en los mencionados preceptos.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la justificación por parte de las entidades de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios, se realizará mediante declaración responsable.
Sin perjuicio de lo previsto en los apartados anteriores, las entidades beneficiarias de las subvenciones estarán sujetas a las restantes obligaciones generales recogidas en los artículos 14.1 y 46.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y demás normas que resulten de aplicación.
Documentación
Las entidades locales, a través de la persona que ostente la representación legal de las mismas, podrán solicitar las subvenciones reguladas en el presente Decreto-ley, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo II, en el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta norma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a la distribución y hasta la cuantía máxima asignada.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Administración Local, y se cumplimentarán exclusivamente de forma electrónica.
Otra Documentación
En la solicitud las entidades deberán incluir obligatoriamente un Programa de Actuaciones, el cual deberá ser aprobado por mayoría absoluta de la Junta Vecinal.
El Programa de Actuaciones es el documento que contiene la relación de todas aquellas actuaciones, proyectos y actividades singulares que la entidad local haya ejecutado o pretenda ejecutar y financiar con los fondos de la subvención y que, en general, deben contribuir a que cada entidad pueda lograr un mejor desenvolvimiento en el ejercicio de sus competencias y en el desarrollo y prestación de los servicios públicos. Por tanto todas las actuaciones contenidas en el mismo irán dirigidas al desarrollo y ejecución de proyectos relacionados con el ejercicio de las competencias que tienen asignadas las mismas conforme a la normativa vigente o que le hayan sido transferidas o delegadas en su caso por el respectivo municipio del que dependan, así como con la prestación de los servicios públicos que les competan.
También se deberá aportar por la entidad solicitante, junto a la solicitud:
a) Un certificado, conforme al modelo establecido en el Anexo III, emitido por la persona titular de la Secretaría o Secretaría-Intervención, acreditativo, por un lado, de que la entidad consta constituida legalmente a la fecha de aprobación de esta norma y de que ha ejercido de forma efectiva sus competencias en el ejercicio inmediato anterior a la convocatoria de estas ayudas, habiendo cumplido en el mismo los fines específicos para los que fue creada, y por otro, de que las actuaciones para las que se solicita la subvención cumplen con los requisitos previstos en el articulado de este Decreto-ley.
b) Una memoria descriptiva del proyecto, actividad o conjunto de actuaciones para las que se solicita la subvención y el presupuesto de la misma, con detalle de ingresos y gastos y desglose de partidas o conceptos.
Justificación
A los efectos de justificación, la entidad local autónoma presentará electrónicamente una certificación justificativa emitida por la persona titular de la Secretaría, Intervención o Secretaría-Intervención correspondiente, acreditativa de la realización de la actividad subvencionada y del empleo de las cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas, detallando el desglose de las partidas correspondientes a cada una de las actuaciones subvencionadas. Del mismo modo, en la misma se hará constar expresamente que se ha cumplido la finalidad y los objetivos de la subvención, así como todas las condiciones impuestas y que el importe de la subvención concedida se ha destinado a los gastos por los conceptos previstos en la resolución de concesión. En la justificación también deberá reflejarse si la actividad ha sido subvencionada con otros recursos, propios o no, acreditándose el importe, procedencia y aplicación de los mismos a la actividad subvencionada, todo ello conforme a lo dispuesto por el artículo 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
- 04/05/2021 22:00 horas - 24/05/2021 22:00 horas (15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la norma en el BOJA)
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
- Secretaría General de Administración Local (Cód.: A01014234).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 2 Meses. a contar desde la fecha en que las respectivas solicitudes hayan tenido entrada en el registro electrónico de la Junta de Andalucía.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/215557.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
04/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación
04/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación