Contrato de base para la estancia de embarcaciones deportivas y de recreo en los puertos de gestión directa de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía

Información general

Título formal:

Contrato de base para la estancia de embarcaciones deportivas y de recreo en los puertos de gestión directa de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía

Código:
24592
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
19/12/2022

Descripción

Hay tres tipos de contrato de base para la estancia de embarcaciones deportivas y de recreo en los puertos de gestión directa de la Agencia, en función de la duración inicialmente prevista, regulados en el artículo 56.II.3 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía:

a) Contratos de base ordinarios: Siendo de duración anual, el primer periodo concluirá, en todo caso, a 31 de diciembre del año de su celebración, sometiéndose en la posibilidad de prórroga al sistema de tácita reconducción, y en consecuencia, si un mes antes del vencimiento del plazo, esto es, a 1 de diciembre, la persona usuaria o la Agencia no hubieran notificado por escrito su voluntad de dar el contrato por finalizado, se prorrogará por plazo de una anualidad desde el 1 de enero siguiente.
La referida prórroga tácita no será efectiva en los supuestos en que la persona usuaria no estuviera al corriente de sus obligaciones en los pagos de tasas portuarias o no hubiera acreditado ante la Agencia, cuando le sea requerido, la ausencia de modificación de las circunstancias relativas a la titularidad de la embarcación afecta al contrato y vigencia de las pólizas de seguro.
Se podrá optar por efectuar el pago anual anticipado de la tasa T5 o mediante pagos fraccionados en trimestres anticipados. En el caso de rescisión anticipada del contrato de base ordinario, el importe de la tasa T5 se reducirá en función del período de permanencia desde el momento en que la Agencia haya recibido la notificación de la citada rescisión.

b) Contratos de base de larga duración: Sin que por ello quede alterado el régimen de uso preferente y no exclusivo de la cesión de atraques, establecido en el artículo 16.4 de esta Ley, la Agencia podrá formalizar contratos de atraque de duración superior al año, y hasta un máximo de treinta, sujetos a la concurrencia de los siguientes requisitos y circunstancias:

1º. Que se realicen para atender necesidades de financiación de la Agencia, relacionadas con la ejecución de obras públicas portuarias.
2º. Observancia de los requisitos de objetividad, publicidad y concurrencia en la determinación de las bases de adjudicación.
3º. Determinación de las condiciones de transmisión por parte de la persona adjudicataria, para lo que la Agencia, en la redacción de las bases, optará entre fijar un precio máximo de transmisión a terceras personas, establecido en función del tiempo transcurrido, y mediante aplicación de la fórmula de capitalización de la tasa establecida en el
apartado IV.3 de este artículo, con derecho de tanteo para la propia Agencia, o garantizar al adquirente un derecho de recompra por la Agencia, una vez transcurridos tres
años desde la transmisión y por un precio calculado de la misma forma que el antedicho para transmisiones a terceras personas.

4º. Concreción de las obligaciones formales de la persona cesionaria, relacionadas con la identificación de la embarcación afecta al atraque cedido, y las comunicaciones de salidas de puerto, al objeto de atender la demanda de tránsitos. Los contratos de base de larga duración seabonarán en la forma que se determine en las bases de la convocatoria, preferentemente de forma anticipada al inicio de la prestación, excepto en el porcentaje del 20 % del pago anual, que se liquidará al inicio de cada ejercicio.

c) Contratos de base especial: Aquellos que se suscriban por plazo de dos años, prorrogables bienalmente, para la prestación a una embarcación deportiva de servicios portuarios adicionales al servicio de atraque o que permitan la estancia de una embarcación deportiva en más de un puerto o ambos supuestos. Su régimen de pago es el previsto para el contrato de base ordinario.

Los contratos base evengan también la tasa portuaria T8 (Tasa de suministros, de agua y electricidad) y el recargo para la financiación de medidas de desarrollo sotenible, reguladas en los artículos 59 y 62 la ley 21/2007.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Requisitos

- Solicitud formulada por el interesado de forma presencial en las oficinas del puerto de gestión directa de la Agencia en el que quiere atracar su embarcación por un plazo superior a un año.

- Firma de la ficha general de entrada de la embarcación en el puerto, y de las condiciones particulares y generales.


Documentación

- Documentación acreditativa de su personalidad.
- Hoja de asiento de la embarcación.
- Seguro de la embarcación.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Cód.: A01010293).
En la resolucion
  • Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Cód.: A01010293).
En la materia
  • Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Cód.: A01010293).

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Para la gestión de este procedimiento se tratan datos de personales conforme a la siguiente actividad de tratamiento de datos personales:

CONTRATO DE CESIÓN DEL DERECHO DE USO PREFERENTE DE AMARRE BASE ORDINARIO EN LOS PUERTOS DE GESTIÓN DIRECTA.

https://www.puertosdeandalucia.es/media/acfupload/25b5430eb1_Registro_Actividades_Tratamiento_APPA.pdf

 

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Agencia Pública de puertos de Andalucía, cuya dirección es C/ Pablo Picasso, 6, 41018 de Sevilla, y cuyo correo electrónico es info@puertosdeandalucia.es

 

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Daros en la dirección C/ Pablo Picasso, 6, 41018 de Sevilla o en el correo electrónico dpo@puertosdeandalucia.es

 

¿Cuál es la finalidad del tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión y control de la información relativa al contrato de cesión del derecho de uso preferente de amarre base ordinario en los puertos de gestión directa de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

Los datos personales del tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales (Artículo 6.1.b) del RGPD).

 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No está previsto ceder o comunicar sus datos.

No se realizan transferencias internacionales de datos.

 

¿Por cuanto tiempo se conservan?

Los datos personales se conservarán de forma indefinida.

 

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?

La categoría de datos personales tratados son datos identificativos (nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax, etc¿) y son proporcionados por el interesado en el escrito de reclamación.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, potabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

 

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro público o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimientos Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha tenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 10/02/2025 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 17/01/2025 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 20/02/2025
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