Subvenciones para la rehabilitación residencial de edificios de tipología residencial colectiva promovidas por ayuntamientos o entidad adscrita en las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información general
Subvenciones para la rehabilitación residencial de edificios de tipología residencial colectiva promovidas por ayuntamientos o entidad adscrita en las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Otras administraciones
Descripción
Estas subvenciones, tramitadas en la modalidad de concurrencia no competitiva, tienen por objeto la financiación de la ejecución de obras de rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva promovidas por ayuntamientos o entidad adscrita en las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en desarrollo de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo IX. Solicitud/Subsanación. Plan Estatal 2018-2021. Subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Subvención para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva Ayuntamiento o entidad adscrita. Nº: 003709 (Obligatorio)
- Anexo X-BIS. Derecho de oposición/consentimiento. Plan Estatal 2018-2021. Subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Subvención para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva Ayuntamiento o entidad adscrita. Nº: 003709/A01 (Obligatorio)
- Anexo X. Formulario de alegaciones/aceptación y presentación de documentos. Plan Estatal 2018-2021. Subvenciones para el fomento de la regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Subvención para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva Ayuntamiento o entidad adscrita. Nº: 003709/A10 (Obligatorio)
Requisitos
Los requisitos que debe reunir el Ayuntamiento o entidad adscrita al mismo para la obtención de las subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva serán las recogidas en el apartado 2 de la base quinta de las bases reguladoras, aprobadas en la Orden de 23 de noviembre de 2020:
a) Ser titular de la propiedad del edificio objeto de la actuación.
b) Que los ingresos de las unidades de convivencia residentes en, al menos, la mitad de las viviendas sean inferiores a 4 veces el IPREM.
c) No haber obtenido una subvención para la rehabilitación del mismo edificio en los tres años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, salvo que la nueva solicitud se curse para una actuación para mejorar las condiciones de accesibilidad en un edificio donde residan personas con discapacidad por causa sobrevenida.
d) Que el edificio de tipología residencial colectiva objeto de rehabilitación cumpla las siguientes condiciones:
1.º Que, al menos, el 50 por ciento de las viviendas constituyan el domicilio habitual y permanente de las personas residentes en el momento de solicitar las subvenciones reguladas en estas bases.
2.º No estar calificado urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilado en régimen de fuera de ordenación, según lo previsto en el artículo 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 60/2010, de 16 de marzo, a efectos de obtención de licencia municipal de obras.
3.º Que, al menos, el 70 por ciento de la superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tengan uso residencial de vivienda y no otro, como, por ejemplo, uso para el ejercicio de la actividad comercial.
4.º Presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de la actuación.
5.º Disponer de informe técnico, con fecha anterior a la solicitud de la subvención, que acredite los requisitos contemplados en los ordinales 2º, 3º, y 4º, así como la necesidad de las actuaciones a realizar en el edificio.
6.º Contar con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes, cuando sea preceptivo.
Documentación
Junto al formulario Anexo IX de Solicud se adjuntará la siguiente documentación:
- Informe técnico, suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la subvención, que acredite los siguientes requisitos sobre el edificio, así como la necesidad de las actuaciones a realizar en el edificio :
1.º No estar calificado urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilado en régimen de fuera de ordenación, según lo previsto en el artículo 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 60/2010, de 16 de marzo, a efectos de obtención de licencia municipal de obras.
2.º Que, al menos, el 70 por ciento de la superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tengan uso residencial de vivienda y no otro, como, por ejemplo, uso para el ejercicio de la actividad comercial.
3.º Presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de la actuación.
Junto al formulario Anexo X de Alegaciones, aceptación y presentación de documentación, se presentará lacorrespondiente documentación.
Plazo de Inicio
- 02/02/2022 23:00 horas - 02/05/2022 22:00 horas (Según orden de convocatoria)
Normativa
- Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.
- Corrección de errores de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas (BOJA núm 230, de 27.11.2020
- Extracto de la Orden de 21 de enero de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en el área de regeneración y renovación urbana «Pescadería- Avenida del Mar» en Almería.
- Orden de 21 de enero de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en el área de regeneración y renovación urbana «Pescadería-Avenida del Mar» en Almería.
- Extracto de la Orden de 21 de enero de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en el área de regeneración y renovación urbana «Nazaret-Pajaritos Público» en Sevilla.
- Orden de 21 de enero de 2022, por la que se efectúa convocatoria de subvenciones en el área de regeneración y renovación urbana «Nazaret- Pajaritos Público» en Sevilla.
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522).
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería (Cód.: A01035494), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz (Cód.: A01035498), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba (Cód.: A01035502), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada (Cód.: A01035506), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva (Cód.: A01035510), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén (Cód.: A01035514), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga (Cód.: A01035518), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla (Cód.: A01035522), De la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/238712.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio cuya dirección es Calle Pablo Picasso, 6, 41018 Sevilla y cuyo correo electrónico es rehabilitacionviviendas.cfiot@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.cfiot@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva promovidas por ayuntamientos o entidades adscritas, en las áreas de regeneración y renovación urbana delimitadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento;
Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.
Corrección de errores de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas (BOJA núm 230, de 27.11.2020).
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración de la Junta de Andalucía; Consejería con competencias en Hacienda Pública; Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?
Las categorías de datos personales tratados son Datos identificativos y de contacto del solicitante; Datos identificativos y de contacto del representante; Datos identificativos de los miembros de la unidad de convivencia de las viviendas; Otros datos de los miembros de la unidad de convivencia de las viviendas, ingresos económicos y se han obtenido mediante acceso a servicios de consulta de datos cedidos por los siguientes organismos e integrados en de Supresión de Certificados de Soporte Papel (SCSP).
DGP: Consulta datos identidad/ INE: Consulta datos de residencia/ CIPSC: Consulta datos de discapacidad, / TGSS: consulta estar al corriente de pagos de la Seguridad Social.
Datos relativos a Ingresos Familiares: Agencia Tributaria
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/.
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
25/04/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.