Procedimiento sancionador en materia de derechos, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía
Información general
Procedimiento sancionador en materia LGTBI
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Otras administraciones
Descripción
Determinación de la responsabilidad administrativa sobre cualquier persona física o jurídica por la comisión de las infracciones tipificadas en la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Documentación
Alegaciones.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841), En el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador se establecerá el órgano que deba instruir el procedimiento.
- Consejera (Cód.: A01025644), Infracciones leves y graves. Para infracciones muy graves, Consejo de Gobierno..
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Caducidad