Inscripción en el registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG)
Información general
Inscripción en el registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG)
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
El Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, establece la obligación de registro de los operadores profesionales, a cuyo efecto se establece la obligación de que estos se inscriban una sola vez en el registro de una autoridad competente.
El Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales (ROPVEG), las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura, da cumplido efecto al operador a la posibilidad de inscribirse una sola vez en el registro de una autoridad competente.
En dicho registro ROPVEG se integran el Registro de Productores de Semillas y Plantas de Vivero y el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales.
La autoridad competente de la comunidad autónoma mantendrá y actualizará un registro oficial y único de operadores profesionales que operen en su territorio y sus instalaciones, y los datos de las inscripciones, bajas y modificaciones.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- ANEXO I - Solicitud de inscripción Nº: 005944 (Obligatorio)
Requisitos
La inscripción en ROPVEG será obligatoria para todos los operadores profesionales que realicen alguna de las siguientes actividades:
a) Produzcan o comercialicen material vegetal de reproducción (MVR) de acuerdo con la Ley 30/2006, de 26 de julio, y su normativa derivada.
b) Comercialicen vegetales y productos vegetales, distintos de MVR, para los que se necesite pasaporte fitosanitario.
c) Acondicionen grano para siembra.
d) Otros operadores profesionales, que cumplan los criterios descritos en el artículo 4.1.d del RD 1054/2021.
e) Los que introduzcan en la Unión Europea vegetales, productos vegetales y otros objetos para los que es necesario un certificado fitosanitario.
f) Los que soliciten a la autoridad competente la expedición de los certificados fitosanitarios para la exportación o la reexportación.
No obstante, no será obligatorio el registro para los comerciantes que cumplan alguno de los criterios descritos en el artículo 4.2 del RD 1054/2021 y que no ejerzan profesionalmente la actividad de producir MVR, de acuerdo con la Ley 30/2006, de 27 de julio.
Los operadores tienen el deber de presentar una solicitud ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde se encuentre ubicada su sede social antes de dar inicio a cualquier actividad, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
-
Los productores deben ser autorizados según lo descrito en el artículo 14 del RD 1054/2021.
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Las empresas acondicionadoras de grano para siembra deberán contar con la autorización establecida en el artículo 3 del Real Decreto 1709/1997, de 14 de noviembre. La vigencia de la autorización será de tres años a partir de la fecha de concesión y podrá ser renovada, previa solicitud del interesado por períodos de igual duración.
Además, dichos operadores deberán solicitar en cada una de las comunidades autónomas en las que vaya a operar, la inscripción en ROPVEG de sus instalaciones ubicadas en tales territorios.
Documentación
Documentación general para TODOS los Operadores:
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Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
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Copia de la Escritura de Constitución de la Sociedad y de los Estatutos inscritos en el registro correspondiente.
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Certificado del I.A.E. o Declaración Censal relativa al ejercicio de la actividad.
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Plano o croquis de las instalaciones de los diferentes establecimientos indicando los datos de SIGPAC correspondientes a municipio, polígono, parcela y recinto. Indicar régimen de tenencia.
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Copia del justificante de abono de la tasa establecida por la Comunidad Autónoma para el procedimiento.
Documentación específica para PRODUCTORES:
-
Copia de NIF (sólo personas jurídicas). No es necesario para presentación telemática con certificado digital.
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Memoria descriptiva, adaptada a las actividades y especies que se pretendan producir (según el Art. 12 del R.D. 1054/2021) conteniendo como mínimo los siguientes puntos:
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Proceso y métodos de producción o conservación.
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Origen del material.
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Proceso y métodos de producción o conservación.
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Sistemas de control de la calidad de las semillas o plantas: identificación de los puntos críticos de su proceso de producción; elaboración y puesta en marcha de métodos de vigilancia y de control.
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Personal, medios e instalaciones que se dispone o se prevé disponer y título de disposición en cuanto a dichos medios e instalaciones.
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Programa de producción, importación o comercialización y calendario de actividades.
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Ubicación de sus parcelas e instalaciones y su delimitación gráfica (croquis).
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Certificado del personal acreditado en el ámbito de la certificación de semillas.
Documentación específica para COMERCIANTES:
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Copia de la licencia municipal o declaración responsable de inicio de actividad, según proceda.
Documentación específica para TODOS los operadores
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Plan eficaz de medidas de lucha contra plagas reguladas (operadores profesionales con obligación de expedir pasaporte fitosanitario).
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Orden de 4 de octubre de 2023, por la que se aprueba y da publicidad al formulario para la inscripción en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales.
- Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura.
- El Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales.
- Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.
- Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
- Real Decreto 1709/1997, de 14 de noviembre, por el que se regula el acondicionamiento de granos destinados a la siembra.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (Cód.: A01025805).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
REGISTRO DE OPERADORES PROFESIONALES DE VEGETALES
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/422434.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.capadr@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n - 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.capadr@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de la información del registro y el soporte a las actuaciones de la administración en relación a los operadores profesionales de vegetales y a su actividad.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (art. 6.1.e del RGPD), basada en el Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
19/06/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos
19/06/2024 Se ha modificado el campo: Documentación
19/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
11/10/2023 Se ha modificado el campo: Normativas