Marca de Excelencia en Igualdad
Información general
Marca de Excelencia en Igualdad
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
La Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad (MAEI) se configura como un reconocimiento para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres.
En cumplimiento de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, el Decreto 1/2022, de 11 de enero, creó la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y estableció los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación. El citado contexto normativo posibilita realizar la convocatoria del reconocimiento del distintivo empresarial y establecer sus bases reguladoras.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- ANEXO I. SOLICITUD. PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA MARCA ANDALUZA DE EXCELENCIA EN IGUALDAD. Nº: 008256 (Obligatorio)
Requisitos
1. Requisitos generales, a la fecha de presentación de las solicitudes:
a) Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionada con carácter firme, en los 2 años anteriores por infracción grave, y en 3 años para las muy graves, en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
d) No haber sido sancionada con carácter firme, en los 2 años anteriores por infracción grave, y en 3 años para las muy graves, en los supuestos recogidos en los artículos 76 y 77 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
2. Requisitos específicos:
a) Haber realizado, según los preceptos legales de aplicación para la elaboración de un plan de igualdad de empresa, un diagnóstico de situación y un informe resumen del análisis y de sus principales conclusiones y propuestas.
b) Contar con un plan de igualdad inscrito por la empresa en el registro de planes de igualdad que la autoridad laboral tenga habilitado en cada momento.
c) Los planes de igualdad tendrán que haber sido negociados, y en su caso acordados, con la representación legal de las personas trabajadoras y comunicados a toda la plantilla, en la forma que se determine en la legislación laboral.
d) Tener establecidas, y depositadas las medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo que se produzca en el seno de la empresa y que hayan sido adoptadas conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
e) Haber iniciado al menos tres acciones del plan de igualdad, antes de la presentación de la solicitud.
Documentación
Las empresas junto al anexo de Solicitud acompañarán la siguiente documentación acreditativa:
• Tarjeta de Identificación fiscal.
• Certificado de inscripción en el régimen general de la Seguridad Social que acredite su condición de empresa.
• Escritura de constitución debidamente registrada.
• Certificado de inscripción de la empresa en el registro público correspondiente.
• Documento que acredite que ostenta la representación legal de la empresa.
• Texto íntegro del Plan de Igualdad vigente en la empresa.
• Acta de aprobación del Plan de Igualdad y comunicación de la misma a toda la plantilla.
• Auditoría retributiva correspondiente al plan de igualdad vigente en la empresa donde se incluya el plan de medidas correctoras.
• Diagnóstico de situación y un informe resumen del análisis y de sus principales conclusiones y propuestas sobre la que se han basado las medidas de igualdad recogidas en el plan de igualdad vigente en la empresa.
• Documento acreditativo del Registro del plan de igualdad vigente en la empresa en el registro de planes de igualdad que la autoridad laboral tenga habilitado en cada momento.
• Documento acreditativo del depósito del acuerdo relativo a las medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo que se produzca en el seno de la empresa conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regula los planes de igualdad y su registro.
• Documento acreditativo del depósito del protocolo de prevención y actuación ante el acoso sexual y acoso por razón de sexo.
• En su caso, acuerdo de colaboración firmado por la empresa y la entidad que realice la contratación o prácticas profesionales de mujeres víctimas de violencia de violencia de género.
• Otros documentos probatorios que se consideren oportunos para la evaluación, siempre que se haya marcado previamente dentro del anexo Solicitud.
Plazo de Inicio
- 22/11/2024 23:00 horas - 06/12/2024 23:00 horas (Ampliación en 15 días naturales del plazo previsto para la presentación de solicitudes.)
- 22/10/2024 22:00 horas - 21/11/2024 23:00 horas (El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.)
Normativa
- Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras.
- Orden de 20 de junio de 2023, por la que se aprueba el logotipo del distintivo Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad.
- Orden de 13 de noviembre de 2024, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes en el procedimiento de concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024, establecido en la Orden de 14 de octubre de 2024.
- Orden de 17 de marzo de 2023, por la que se crea el Registro público del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
- Decreto 1/2022, de 11 de enero, por el que se crea la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecen los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación.
Información adicional
Órganos responsables
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191).
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191).
- Instituto Andaluz de la Mujer (Cód.: A01014191).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
IAM- Subvenciones y ayudas competencia del Servicio de formación y empleo de mujeres (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166384.html)
Código: 25408
- El responsable del tratamiento es el Instituto Andaluz de la Mujer, cuya dirección es C/Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) y cuya página web es https://juntadeandalucia.es/organismos/iam.html.
- Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/Dª. María Coronel, 6 (41003, Sevilla) o en el correo electrónico dpd.iam@juntadeandalucia.es.
- Los datos personales proporcionados son necesarios para la concesión de distintivos competencia del Servicio de Formación y Empleo del Instituto Andaluz de la Mujer.
- La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, derivados de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
- No está previsto ceder o comunicar los datos.
- Los datos personales se conservarán durante el periodo que establezca la normativa vigente.
- La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/
- Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
20/11/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
20/11/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
20/11/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
19/11/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
19/11/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
31/10/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
31/10/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
22/10/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
22/10/2024 Se ha modificado el campo: Plazos
22/10/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
18/09/2024 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento