Becas dirigidas a graduados/as en estudios de Arquitectura, Edificación o equivalentes, para proporcionar formación y experiencia técnica y laboral.
Información general
Becas de formación, investigación y apoyo en la Secretaría General de Vivienda.
- Ciudadanía
Descripción
Diez becas de formación, investigación y apoyo en el ámbito de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2025-2026.
Estas becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda están dirigidas a andaluces graduados/as en Fundamentos de Arquitectura, en Edificación o en estudios equivalentes, con el objeto de proporcionar la formación y experiencia técnica y laboral necesaria que ayude a facilitar la incorporación de estos jóvenes al mercado laboral andaluz en el sector de ocupación de dichos profesionales.
El periodo de realización de las becas es doce meses y consisten en asignaciones mensuales destinadas a sufragar la formación y el apoyo en tareas y actividades propias de la Secretaría General de Vivienda.
La adjudicación será por concurrencia competitiva.
El plazo de presentación de solicitudes y requisitos se establecerá en la convocatoria.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo I. Solicitud. Becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda. Nº: 007176 (Obligatorio)
- Anexo II. Formulario de alegaciones/ aceptación y presentación de documentos. Becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda. Nº: 007176/A02 (Obligatorio)
Requisitos
Normativa requisitos: Serán los previstos en el apartado 4 (Artículo 3) del cuadro resumen de las bases reguladoras establecidas en la Orden de 1 de febrero de 2024, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (BOJA núm. 28, de 8 de febrero de 2024).
1.- Las personas solicitantes deberán estar en posesión de la titulación exigida que será: Grado Oficial en Fundamentos de Arquitectura, Estudios de Arquitectura o equivalentes o Grado Oficial en Edificación o equivalentes.
Solo serán válidos los títulos universitarios obtenidos y expedidos de conformidad con lo regulado en el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por la autoridad administrativa o educativa correspondiente, según su caso.
2.- Ser andaluz, considerándose como tal a aquellas personas nacidas o residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía y aquellos incluidos en el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía: Residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Andalucía y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España. Gozarán también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si así lo solicitan, en la forma que determine la ley del Estado..
3.- No haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.
4.- No haber cumplido 36 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para este límite de edad, se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones:
- Los solicitantes afectados por una discapacidad igual o superior al 65 por ciento que hayan reducido la carga lectiva durante los años de formación universitaria dispondrán de hasta cinco años más de los establecidos.
- Se podrá añadir dos años más al límite de edad por el cuidado de hijos o hijas de las personas solicitantes durante los años anteriores a la publicación de la convocatoria.
- Se podrá añadir dos años más al límite de edad por el cuidado de personas dependientes a cargo de las personas solicitantes de la beca.
5.- No ser o haber sido beneficiario de una beca de formación en el ámbito de las competencias de vivienda, rehabilitación y arquitectura de la Junta de Andalucía.
6.- Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente al momento de la convocatoria.
Documentación
Normativa documentación: La presentación de solicitudes y formularios para aportar la documentación exigida será según lo previsto en el apartado 10 (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23) del cuadro resumen de las bases reguladoras establecidas en la Orden de 1 de febrero de 2024, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (BOJA núm. 28, de 8 de febrero de 2024).
Los formularios son: Anexo I - Solicitud y Anexo II - Alegaciones/aceptación y presentación de documentos.
La documentación se presentará con el Anexo II en caso de que se haya ejercido el derecho de oposición marcando las casillas del Apartado 5. DERECHO DE OPOSICIÓN. Si no se marca esta casilla, se entenderá que se autoriza a la administración a realizar consultas de identidad, empadronamiento y títulos universitarios, dónde además pueda comprobarse el requisito del idioma. Si no es así, deberá presentar certificado acreditativo requerido como requisito del idioma: Títulos emitidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, Institutos de Idiomas de Universidades, Organismos de enseñanza de idiomas o entidades equivalentes que certifiquen el nivel de idiomas exigido en la convocatoria.
Documentación para REQUISITOS:
- Acreditación de identidad, edad y nacimiento: Copia del DNI/NIE. En caso de que sobrepase el límite de edad, deberá presentar documentación que acredite esta situación.
- Acreditación de residencia en Andalucía: Certificado de empadronamiento o documento análogo con validez legal que acredite la residencia de la persona solicitante.
- Copia de título Universitario: Grado Oficial en Fundamentos de Arquitectura, Estudios de Arquitectura o equivalentes o Grado Oficial en Edificación o equivalentes.
- Acreditación del idioma exigido en la convocatoria.
Para documentación como MÉRITO, deberá presentar acreditación en:
- Conocimiento de otros idiomas extranjeros distinto al presentado como requisito: Nivel B2, Nivel C1 o Nivel C2.
- Formación complementaria en materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.
- Otros Título/s universitario/s adicional/es.
- Asistencia acreditada a cursos de más de 20 horas lectivas.
- Experiencia (periodo de prácticas no curriculares, actividades laborales u otras similares) en materias relacionadas con la beca. No se valorarán los periodos de prácticas curriculares necesarios para la obtención de los títulos aportados como requisito.
- Participación acreditada en distintas actividades:
• Participación en congresos científicos como ponente y/o comité organizador y/o científico: Congresos nacionales o internacionales.
• Publicaciones científicas de artículos, libros o capítulos de libro.
• Concursos para estudiantes y/o jóvenes graduados en Arquitectura o en Edificación, acreditando Primer premio, Segundo premio, Tercer premio o Accésit, menciones o finalistas.
- Adicionalmente, se puntuará presentación de trabajos en Concursos Nacionales o Internacionales.
- Exposiciones, Obra expuesta y/o comisario y Colaboración en la organización.
Plazo de Inicio
- 06/04/2025 22:00 horas - 12/05/2025 21:59 horas ((BOJA Extraordinario núm. 7) Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se amplían los plazos en los procedimientos administrativos tramitados por la Administración de la Junta de Andalucía. En virtud de este Acuerdo la Junta amplía en 3 días hábiles los plazos de los procedimientos tramitados.)
- 06/04/2025 22:00 horas - 07/05/2025 21:59 horas (Publicación de convocatoria (20 días contados desde el día siguiente a la publicación en el BOJA del Extracto de la resolución de la convocatoria))
Normativa
- Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
- Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda.
- Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2025-2026.
- Extracto de la Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2025-2026.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146).
- Secretaría General de Vivienda (Cód.: A01014146).
- Consejera (Cód.: A01025645).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
CFATV-Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda.
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/244032.html
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
El responsable del tratamiento de datos personales es la Secretaría General de Vivienda - Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Dirección: C/ Pablo Picasso, 6 Sevilla 41018
Teléfono: 955926800
Página web: https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda.html
Se podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección arriba indicada o en el correo electrónico dpd.cfatv@juntadeandalucia.es
Nombre del tratamiento: CFATV-Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda.
- Finalidad: Gestionar y tramitar las subvenciones para la dotación de becas de formación, investigación y apoyo en materias de competencia de la Secretaría General de Vivienda.
Destinatarios a los que se comunicarán.
Consejería con competencias en Hacienda Pública; Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Tiempo conservación datos.
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Datos personales que se tratan y de donde se han obtenido.
- Datos personales: Datos identificativos y de contacto de la persona solicitante y de la persona representante.
- Obtención:En aportación de documentos.
- Datos económicos (Cuenta corriente); Datos formativos (Título universitario oficial, nota, universidad, tipo de título, fechas, certificación académica).
- Datos laborales (Entidad, localidad, funciones desempeñadas y periodo de cada actividad laboral o similar); Participación en actividades (docencia, ponencias, publicaciones, concursos, exposiciones); Tipo de actividad, denominación y entidad emisora de la acreditación.
- Cesiones de datos: Consejería con competencias en Hacienda Pública.
- Transferencias internacionales: No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos.
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en:
www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
- Medidas de seguridad: Las medidas de seguridad correspondientes de las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
- Base jurídica: RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento; Ley General de Subvenciones, Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, Orden de 1 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda y Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2025-2026.
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
Para saber más sobre estos derechos puede consultar en:
http://www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en:
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en:
www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
02/05/2025 Se ha modificado el campo: Plazos
02/05/2025 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente
02/05/2025 Se ha modificado el campo: Modo de Consulta de estado del expediente
02/05/2025 Se ha modificado el campo: URL de Modo de Consulta de estado del expediente
09/04/2025 Se ha modificado el campo: URL - Alegación
09/04/2025 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
09/04/2025 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación
09/04/2025 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación