Vigilancia y seguimiento de los permisos de ocupación en materia de costas
Información general
Vigilancia y seguimiento de los permisos de ocupación en materia de costas
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Otras administraciones
Descripción
El procedimiento comprende aquellas actuaciones relacionadas con el cumplimiento del condicionado de los permisos de ocupación otorgados en materia de costas, así como las actuaciones de vigilancia establecidas por la normativa aplicable a cada permiso.
Existen 4 tipos de permisos de ocupación en materia de costas:
• Autorizaciones de uso u ocupación del dominio público marítimo terrestre. (RPS:15596)
• Autorizaciones de explotación de servicios de temporadas en las playas. (RPS:15598)
• Concesiones de ocupación del dominio público marítimo terrestre. (RPS:15599)
• Autorizaciones de uso en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre. (RPS:713)
Dentro de este procedimiento destacan las siguientes actuaciones:
• Control de la documentación que los titulares de los permisos deben de aportar..
• Control del montaje y desmontaje de instalaciones desmontables, mobiliarios y equipamientos.
• Control de la ejecución de las obras, en particular las realizadas en instalaciones fijas. (replanteo de la obra, control de la ejecución y reconocimiento final de obra).
• Las derivadas de las extinciones o fin de vigencia de los permisos (decisión de la Administración sobre el mantenimiento o levantamiento de las instalaciones contemplando la reversión de las mismas y la posible ejecución subsidiaria por la Administración.
No se encuentran incluidos en este procedimiento los mecanismos de vigilancia de los permisos que potestativamente puede realizar la Administración dentro del procedimiento de inspección.
El artículo 156 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece tasas en determinadas actuaciones que forman parte del seguimiento de los permisos. Concretamente:
- Por replanteo y comprobación de las obras que se realicen sobre el dominio público marítimo- terrestre.
- Por la inspección de obras que se realicen sobre el dominio público marítimo-terrestre.
- Por el reconocimiento final de obras que se realicen sobre el dominio público marítimo-terrestre.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Ser titular de algún permiso de ocupación en materia de costas, ya sea:
• Autorización de uso u ocupación del dominio público marítimo terrestre.
• Autorización de explotación de servicios de temporadas en las playas.
• Concesión de ocupación del dominio público marítimo terrestre.
• Autorización de uso en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre
Documentación
Variable según actuación y se requieren en diferentes fases del procedimiento:
(i) Solicitud de ampliación de plazo montaje.
(i) Comunicación del titular de fin del montaje.
(i) Comunicación del titular de fin del desmontaje.
(i) Comunicación de inicio de obras.
(i) Comunicación fin de obra/certificado final de obra.
(i) Solicitud de ampliación de plazo.
(i) Comunicación de paralización de obras del titular.
(i) Resguardo pago tasa reconocimiento final.
(i) Solicitud de replanteo.
(i) Respuesta al acta de replanteo con deficiencias.
(i) Proyecto replanteo con planos.
(i) Resguardo pago impuestos (ITP/AJD).
(i) Resguardo fianza definitiva.
(i) Resguardo pago tasa replanteo.
(i) Documentación adicional.
(i) Respuesta al acta de reconocimiento final con deficiencias.
(i) Tasación del titular.
(i) Documentación acreditativa del depósito con importe tasación.
(i) Comunicación del titular de fin de los trabajos de reversión.
(i) Oficio de notificación al titular.
(i) Documento acreditativo pago diferencia.
(i) Subsanación de deficiencias.
(i) Certificado de cancelación de la inscripción
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
- Real Decreto 62/2011, de 21 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral
- Decreto 66/2011, de 29 de marzo, por el que se asignan las funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral
- Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Almería (Cód.: A01035415).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Córdoba (Cód.: A01035423).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Granada (Cód.: A01035526).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Jaén (Cód.: A01035534).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Málaga (Cód.: A01035538).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Cádiz (Cód.: A01035419).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva (Cód.: A01035530).
- Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Sevilla (Cód.: A01035556).
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813). Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813).
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813). Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813).
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
CSMAEA - Actuaciones de prevención y control ambiental (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166246.html)
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
La Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular
dgsaec.csmaea@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en Avda. Manuel Siurot, 50, 41013 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.csmaea@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
La tramitación de solicitudes para las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental incluidas en el anexo I de la ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental
¿Qué datos personales se tratan?
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, firma). Datos de actividad/participación (incluyendo imágenes). Datos contables
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2007 de gestión integrada de la calidad ambiental y al art. 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos? La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/.
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos