Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la industria de la piedra y el mármol en Almería.

Información general

Título formal:

Incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en la provincia de Almería. Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de Almería.

Código:
25673
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Asociaciones y organizaciones
  • Empresas
  • Otras administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
16/01/2025

Descripción

Este proyecto tractor se dirige al impulso de un conjunto de proyectos que se desarrollan dentro de la industria de la piedra y mármol y se encuadran dentro de los tipos de acciones afines descritos en el Programa del Fondo y Plan Territorial de Transición Justa de España 2021 - 2027, respondiendo a las finalidades de la transformación ecológica y digital de la industria de la piedra y mármol en la provincia de Almería.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Personas o entidades beneficiarias de los incentivos:

  • Personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, que tengan la consideración de empresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y que la actuación para la que se solicite el incentivo se destine a la actividad económica. Estas personas o entidades podrán optar a cualquiera de las tipologías de proyectos.
  • Clústeres, asociaciones o agrupaciones empresariales, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades. Las agrupaciones empresariales se refieren a agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, debiendo cumplir cada uno de sus integrantes los requisitos que se establezcan para las personas beneficiarias. Estas personas o entidades podrán optar a cualquiera de las tipologías de proyectos.
  • Comunidades energéticas que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades. Solo podrán optar al tipo de proyecto numerado como «2.5. Otros proyectos de inversión para la producción de energía procedente de fuentes renovables, incluidos los proyectos de almacenamiento de electricidad, y destinados a la generación y uso individual o compartido» del Anexo III dentro de la tipología de proyectos «A.2.1. Reducción de la huella de carbono o de las emisiones de gases de efecto invernadero de la industria y actividades conexas, incluso mediante eficiencia energética».
  • Entidades locales territoriales o entidades del sector público local. Solo podrán optar a la tipología de proyectos «C.1. Mejora o creación de instalaciones, infraestructura o espacio empresarial, incluida la de zonas y parques industriales, los viveros de empresas, el fomento de las comunidades energéticas en estos entornos y la rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados».

Para las personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, sus actividades, en relación al objeto incentivado y el ecosistema industrial que se impulsa, se deberán encuadrar en los códigos CNAE 2009 detallados en el Anexo IV.

Las personas o entidades beneficiarias tienen que cumplir obligatoriamente la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014, para los proyectos detallados en el Anexo III, a excepción de las Entidades locales territoriales o entidades del sector público local.

Documentación

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

a) Memoria del alcance del proyecto, firmada electrónicamente, de acuerdo con el modelo establecido a tal efecto en el Anexo X.

b) Acreditación de la condición de PYME o, en su caso, de entidades locales territoriales o entidades del sector público local, clústeres, asociaciones, agrupaciones empresariales o comunidades energéticas.

c) Escrituras de Constitución y última modificación estatutaria, registradas e inscritas en el Registro correspondiente.

d) Escrituras y/o Poderes de Representación, registradas e inscritas en el Registro correspondiente. Para el caso de representación mancomunada, es necesario presentar el documento que acredite el alta como socio/a mancomunado/a.

e) En el caso de representaciones realizadas por terceras personas, el poder de representación que faculte para la tramitación completa del procedimiento.

f) Cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de presentación de la solicitud. Además, en su caso, también deberán aportarse las cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de presentación de la solicitud de las empresas asociadas y/o vinculadas a la empresa solicitante, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023, o las del grupo consolidado en el caso de estas existan.

Para empresas de nueva creación, en caso de no haber depositado cuentas anuales relativas los tres ejercicios inmediatos anterior, documentación acreditativa sobre el importe neto de su cifra de negocio de los últimos ejercicios, patrimonio neto, aportando el libro de cuentas, o cualquier otro documento que permita determinar el balance general anual, la solvencia financiara de la entidad y ratio de endeudamiento.

g) Impuesto de sociedades del último ejercicio cerrado.

h) En su caso, acreditación de la condición de PYME innovadora inscrita en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, regulada a través de la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, del Ministerio de Economía y Competitividad, y certificación en Responsabilidad Social Corporativa según la norma IQNetSR10 o certificado en Empresa Familiarmente Responsable.

i) En su caso, acuerdos de colaboración con otras empresas o entidades en el desarrollo del proyecto objeto del incentivo, así como acreditación de la condición de estas empresas o entidades en relación a los criterios de valoración establecidos.

j) En su caso, memoria justificativa acerca de la adopción de las medidas de fomento ambiental que, con carácter de recomendación, se contemplan en la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del «Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027».

k) Las evidencias de las comprobaciones establecidas en el apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y en particular: la acreditación del código CNAE declarado, así como aquella que permita comprobar la actividad de la persona o entidad beneficiaria en relación a dicho código.

l) Informe de evaluación de su contribución a los objetivos climáticos y medioambientales recogidos en el artículo 17.1. del Reglamento (UE) núm. 2020/852, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, que incluye la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía circular, la prevención y control de la contaminación y la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas, de acuerdo con el Anexo V.

m) Acta notarial de presencia de comprobación de no inicio de los trabajos en aquellos incentivos no sometidas a régimen de minimis.

n) DNI de la persona solicitante y, en su caso, representante, en el caso de oponerse a la consulta de sus datos de identidad.

ñ) NIF de la entidad.

o) Evaluación del aumento de valor del terreno o del bien como consecuencia de la reparación o rehabilitación efectuada, realizada por un experto independiente cualificado (para tipología C1).

p) Documentación acreditativa del requisito contemplado en el art. 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones en los siguientes términos:

i. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona o entidad beneficiaria, o en su caso, por su representante.

ii. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificado emitido por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

q) Informe «Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta» que certifique la Tesorería General de la Seguridad Social.

r) En caso de solicitar anticipo de pago, cuando se requiera garantía, documento acreditativo de la constitución de la garantía en la Caja General de Depósitos a excepción de entidades locales y para proyectos de aceleración de empresas. Para solicitar el anticipo, deberá presentarse escrito indicando el importe solicitado y en su caso el valor de la garantía aportada, así como su forma de constitución.

s) Otra documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en consideración para la aplicación de los criterios de valoración y otras condiciones de admisibilidad relativas al encuadramiento de los proyectos, y personas y entidades beneficiarias.

En caso de agrupación empresarial, se aportará la documentación que permita la comprobación del cumplimiento por cada uno de sus integrantes de los requisitos establecidos para las personas beneficiarias, en particular la relativa a la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014.

Plazo de Inicio

  • 03/02/2025 23:00 horas - 03/06/2025 21:59 horas (Plazo de presentación de solicitudes)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas, cuya dirección es Calle Johannes Kepler, 1. 41092 Sevilla; correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es.

b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ciem@juntadeandalucia.es

c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento “CIEM- Solicitudes de incentivos para la infraestructura básica de proyectos tractores”, con la finalidad de gestión de los datos relativos a las personas entidades solicitantes en sus distintas convocatorias de Andalucía; la solicitud de dicho tratamiento se basa en 6.1.e) del RGPD (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento), consecuencia de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento (UE) 2021/1056, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/545554.html

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/05/2025 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 14/04/2025 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 31/03/2025 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 31/03/2025 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 31/03/2025 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 21/03/2025 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 05/05/2025
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