Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba.
Información general
Incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en la provincia de Córdoba. Ecosistema industrial para la logística avanzada.
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Los incentivos se dirigen a impulsar y reforzar la industria logística de Córdoba para que ofrezca soluciones eficientes y facilite avanzar hacia la logística sostenible, digitalizada y de alta tecnología. Abarca, por un lado, el apoyo para el desarrollo de productos y servicios logísticos que permitan anticiparse en el mercado, y por otro el apoyo para el desarrollo de las empresas reforzando sus capacidades y la adaptación de sus procesos.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
- Justificación: Enlace de acceso a la justificación
Formularios
- Anexo I-A. Declaración de miembros que constituyen agrupación de PYMES. Incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en la provincia de Córdoba. Proyecto tractor ecosistema sostenible de soluciones tecnológicas en el ámbito logístico, Fondo de transición justa 2021-2027. Nº: 008702/A01 (Obligatorio)
- Anexo II. Formulario de alegaciones/aceptación y presentación de documentos. Incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en la provincia de Córdoba. Proyecto tractor ecosistema sostenible de soluciones tecnológicas en el ámbito logístico, Fondo de transición justa 2021-2027. Nº: 008702/A02 (Obligatorio)
- Anexo I. Solicitud. Incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en la provincia de Córdoba. Proyecto tractor ecosistema sostenible de soluciones tecnológicas en el ámbito logístico, Fondo de transición justa 2021-2027. Nº: 008702 (Obligatorio)
Requisitos
Resuelvo Cuarto de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba»:
1. Las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos acogidos a la presente convocatoria serán:
a) Personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, que tengan la consideración de empresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y que la actuación para la que se solicite el incentivo se destine a la actividad económica.
b) Clústeres, asociaciones o agrupaciones empresariales, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades. Las agrupaciones empresariales se refieren a agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, debiendo cumplir cada uno de sus integrantes los requisitos que se establezcan para las personas beneficiarias.
2. Para las personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, sus actividades, en relación al objeto incentivado y el ecosistema industrial que se impulsa, se deberán encuadrar en los códigos CNAE 2009 detallados en el Anexo IV de esta convocatoria, salvo en el caso de proyectos de aceleración de empresas para la innovación.
3. Las personas o entidades beneficiarias deberán tener la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014, para los proyectos detallados en el Anexo III. Podrán optar a cualquiera de las tipologías de proyectos previstos en esta convocatoria, salvo la «B.2. Refuerzo de las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación, investigación y desarrollo».
4. Se considerarán que una empresa es de nueva creación, cuando la entidad tenga menos de cinco años, contados a partir de la fecha en la que adquirió su personalidad jurídica mediante su inscripción en el Registro Mercantil y un importe neto de volumen de negocio en el período impositivo inmediato anterior, inferior a 10 millones de euros. En el caso de las startups, estas deberán acreditar estar constituida conforme a su condición de startup.
5. En el caso de profesionales autónomos, deberán estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
6. La identidad de los solicitantes que sean personas físicas quedará acreditada a través del propio acto de la firma mediante su certificado de firma electrónica. En el caso de personas jurídicas o de las entidades sin personalidad jurídica solicitantes, su constitución, su identidad y la de sus personas representantes, así como las facultades de representación de estas, quedarán acreditadas a través del propio acto de la firma mediante el certificado electrónico cualificado de representante.
7. No podrán tener la condición de persona o entidad beneficiaria, aquellas personas o entidades solicitantes que incurran en algunas de las circunstancias establecidas en el apartado 4.c) del cuadro resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los incentivos de transición justa.
Documentación
Resuelvo Décimo Primero de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba»:
Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
a) Memoria del alcance del proyecto, firmada electrónicamente por la persona o entidad solicitante o su representante, de acuerdo con el modelo establecido a tal efecto en el Anexo X de esta convocatoria.
b) Acreditación de la condición de PYME:
i. Cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de presentación de la solicitud. Además, en su caso, también deberán aportarse las cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de presentación de la solicitud de las empresas asociadas y/o vinculadas a la empresa solicitante, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023, o las del grupo consolidado en el caso de estas existan.
Para empresas de nueva creación, en caso de no haber depositado cuentas anuales relativas los tres ejercicios inmediatos anterior, documentación acreditativa sobre el importe neto de la cifra de negocio de los últimos ejercicios, del patrimonio, neto mediante la aportación del libro de cuentas o cualquier otro documento que permita determinar la solvencia financiara de la entidad y ratio de endeudamiento.
ii. Escrituras de constitución y última modificación estatutaria, registradas e inscritas en el Registro correspondiente.
c) Impuesto de sociedades del último ejercicio cerrado.
d) Para el caso de personas físicas que ejerzan actividad económica, en el caso de representaciones realizadas por terceras personas, el poder de representación que faculte para la tramitación completa del procedimiento.
e) NIF de la persona representante de la persona física que ejerce actividad económica en caso de oponerse a la consulta de identidad.
f) Para el caso de personas físicas que ejerzan actividad económica alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
g) En su caso, acreditación de startup válidamente constituida.
h) En su caso, acreditación de Clúster válidamente constituido.
i) En su caso, en relación con los criterios de valoración, acreditación de la condición de PYME innovadora inscrita en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, regulada a través de la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, del Ministerio de Economía y Competitividad, y certificación en Responsabilidad Social Corporativa según la norma IQNetSR10 o certificado en Empresa Familiarmente Responsable.
j) En su caso, acuerdos de colaboración con otras empresas o entidades en el desarrollo del proyecto objeto del incentivo, así como acreditación de la condición de estas empresas o entidades en relación con los criterios de valoración establecidos.
k) En su caso, memoria justificativa acerca de la adopción de las medidas de fomento ambiental que, con carácter de recomendación, se contemplan en la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del «Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027».
l) Las evidencias de las comprobaciones establecidas en el apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y en particular: la acreditación del código CNAE declarado, así como aquella que permita comprobar la actividad de la persona o entidad beneficiaria en relación con dicho código.
m) Informe de evaluación de su contribución a los objetivos climáticos y medioambientales recogidos en el artículo 17.1. del Reglamento (UE) núm. 2020/852, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, que incluye la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía circular, la prevención y control de la contaminación y la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas, de acuerdo con el Anexo V.
n) Acta notarial de presencia de comprobación de no inicio de los trabajos en aquellos incentivos no sometidas a régimen de minimis.
ñ) El resto de documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en consideración para la aplicación de los criterios de valoración.
o) El resto de documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en consideración para la aplicación de los criterios de valoración.
p) Documentación acreditativa del requisito contemplado en el art. 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones en los siguientes términos:
i. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona o entidad beneficiaria, o en su caso, por su representante.
ii. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificado emitido por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
q) Informe "Plantilla Media de Trabajadores en situación de alta" que certifique la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta.
r) Certificado de la vida laboral de la empresa expedido por la TGSS en el caso de oponerse a su consulta a través del formulario Anexo II.
s) En caso de solicitar anticipo, deberá presentarse escrito firmado electrónicamente por la persona o entidad solicitante o su representante, indicando el importe solicitado y en su caso el valor de la garantía aportada, así como su forma de constitución. El escrito se acompañará de documento acreditativo de la constitución de la garantía en la Caja General de Depósitos salvo para el caso de proyectos de aceleración de empresas.
En el caso de Clústeres, asociaciones o agrupaciones empresariales, se deberá aportar la documentación que permita la comprobación del cumplimiento por cada uno de sus integrantes de los requisitos establecidos para las personas o entidades beneficiarias, en particular las relativas a la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014.
Plazo de Inicio
- 04/05/2025 22:00 horas - 04/08/2025 21:59 horas (Plazo de presentación de solicitudes)
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, desarrollado por el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Consesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba
- Decreto 19/2024, de 29 de enero, para una transición justa a través del impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba
- Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa
- Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para dichos fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
- Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
- Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba».
- Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba».
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Industria y Minas (Cód.: A01034550).
- Secretaría General de Industria y Minas (Cód.: A01034550).
- Secretaría General de Industria y Minas (Cód.: A01034550).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas, cuya dirección es Calle Johannes Kepler, 1. 41092 Sevilla; correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es.
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ciem@juntadeandalucia.es
c)Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento “CIEM- Solicitudes de incentivos para la infraestructura básica de proyectos tractores”, con la finalidad de gestión de los datos relativos a las personas entidades solicitantes en sus distintas convocatorias de Andalucía; la solicitud de dicho tratamiento se basa en 6.1.e) del RGPD (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento), consecuencia de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento (UE) 2021/1056, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/545554.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
14/04/2025 Se ha modificado el campo: Plazos
14/04/2025 Se ha modificado el campo: Plazos
09/04/2025 Se ha modificado el campo: Documentación
09/04/2025 Se ha modificado el campo: Requisitos