Aplazamiento y fraccionamiento del pago de deudas tributarias
Información general
Aplazamiento y fraccionamiento del pago de deudas tributarias
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Otras administraciones
Descripción
Este procedimiento tiene por objeto el aplazamiento o fraccionamiento del pago de deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo, cuando el sujeto pasivo atraviese dificultades económico-financieras que le impidan efectuar el pago en los plazos establecidos.
Artículo 65 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Salvo en casos de dispensa y exención de garantía, se podrá exigir la constitución de aval solidario de entidad de crédito o certificado de seguro de caución. Cuando se justifique que no es posible obtener dicho aval o certificado o que su aportación compromete gravemente la viabilidad de la actividad económica, la Administración podrá admitir garantías que consistan en hipoteca, prenda, fianza personal y solidaria u otra que se estime suficiente.
Sujetos pasivos que tengan dificultades económico-financieras transitorias
Artículo 82 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Documentación
Documentación acreditativa de la existencia de dificultades económico-financieras transitorias.
Salvo en casos de dispensa y exención de garantía, constitución de aval solidario de entidad de crédito o certificado de seguro de caución u otras garantías, si procede.
Ley 58/2003 , de 17 de diciembre General Tributaria. Artículo 46 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para paliar los efectos de la inflación mediante la deflactación del gravamen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y para bonificar el Impuesto sobre el Patrimonio, se aprueba la supresión del gravamen para 2023 del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se modifica el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía en materia de aplazamiento y fraccionamiento de ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma
- Orden HFP/583/2023, de 7 de junio, por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas.
- Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449).
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449), Titular de la Presidencia, Dirección o del Departamento de Aplicación de los tributos, según cuantía..
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456), Titular de la Gerencia.
- Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457), Titular de la Gerencia.
- Agencia Tributaria de Andalucía (Cód.: A01034449).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. Artículo 52 Reglamento General de Recaudación
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
13/01/2025 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
25/07/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
05/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
23/09/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas
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Preguntas frecuentes
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