Módulos profesionales en ciclos formativos de formación profesional: Convocatoria extraordinaria
Información general
Módulos profesionales en ciclos formativos de formación profesional: Convocatoria extraordinaria
- Ciudadanía
Descripción
Concesión con carácter excepcional, previa solicitud del alumnado y por una sola vez, de una convocatoria extraordinaria para cada uno de los módulos profesionales que puedan ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, una vez agotadas las mismas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
Si la resolución es favorable el alumno o alumna deberá matricularse en el centro en el que desee cursar el módulo profesional objeto de la resolución antes del 31 de octubre de cada año. Esta matrícula en la convocatoria extraordinaria se realizará sin menoscabo de los puestos escolares establecidos para estas enseñanzas.
Se puede solicitar cuando concurra alguna de las siguientes causas: a) enfermedad prolongada o accidente del alumno, b) incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo, c) por cuidado de hijo menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
Artículo 6 de la Orden de 29 de septiembre de 2010.
Documentación
Otras causas que impidan el desarrollo ordinario de los estudios: Documentación acreditativa.
Obligaciones de tipo personal o familiar: Documentación acreditativa.
Trabajos desempeñados que dificulten la asistencia a clase: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
Certificado médico oficial, en el que conste la fecha y duración de la inhabilitación.
Artículo 6 de la Orden de 29 de septiembre de 2010.
Plazo de Inicio
- 30/06/2025 22:00 horas - 15/07/2025 21:59 horas (La solicitud de la convocatoria extraordinaria se presentará entre el uno y el quince de julio de cada año. La solicitud de la convocatoria extraordinaria se presentará entre el uno y el quince de julio de cada año.)
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente.
- Dirección Centro Docente.
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (Cód.: A01025792).