Censo de Asociaciones en Salud de Andalucía

Información general

Título formal:

Censo de Asociaciones en Salud de Andalucía

Código:
5576
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
21/05/2012

Descripción

El Censo tiene carácter público, pudiendo acceder a sus asientos cualquier persona física o jurídica o entidad pública o privada, en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el artículo 86 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y demás normativa que le resulte de aplicación. El Censo será único y estará adscrito a la Consejería competente en materia de salud. El Censo tendrá las funciones de inscripción, clasificación y certificación de las entidades y datos inscribibles con el objeto de: a) Ofrecer a la ciudadanía información sobre las asociaciones en salud que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía. b) Ser un instrumento de difusión para las asociaciones que estén inscritas en el Censo. c) Dotar a la Consejería competente en materia de salud de una herramienta para la planificación de políticas de salud en relación con las asociaciones en salud. d) Facilitar la obtención de información necesaria para la realización de estadísticas oficiales. El Censo se organizará en cuatro secciones tomando como criterio el ámbito territorial de actuación de las Asociaciones en Salud. a) Asociaciones en Salud de ámbito autonómico o supraprovincial. b) Asociaciones en Salud de ámbito provincial. c) Asociaciones en Salud de ámbito comarcal. d) Asociaciones en Salud de ámbito municipal.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Deberán estar legalmente constituidas

Las Asociaciones deberán acreditar mediante memoria las actividades que hayan desarrollado en el área de salud (promoción, prevención y mejora de la salud), así como la periodicidad de las mismas

Deberán desarrollar sus funciones en Andalucía y tener domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía

La alteración de los datos inscritos deberá ser comunicada en el plazo de un mes, junto con la documentación justificativa de dicha modificación

Deberán tener personalidad júrídica

Artículo 4 del Decreto 66/2012, de 13 de marzo.

Documentación

Resolución de inscripción en el Registro de Asociaciones de Andalucía

Las federaciones, confederaciones, o en su caso, uniones de asociaciones, acreditarán mediante certificación de la persona que ostente la presidencia, una relación de las entidades que la integran

Memoria de actividades y periodicidad de éstas realizadas en el área de salud para entidades con más de un año de funcionamiento

Estatutos debidamente legalizados y Acta fundacional

Acta de la Asamblea donde conste la actual composición de la Junta Directiva

Acreditación de la declaración de utilidad pública mediante certificado vigente, expedido por el Ministerio del Interior

CIF

Artículo 8 del Decreto 66/2012, de 13 de marzo. Artículo 8 del Decreto 66/2012, de 13 de marzo, con la redacción dada en el apartado 4 por la Corrección de errores del Decreto 66/2012, de 13 de marzo.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Novedades

  • 05/04/2021 Se ha modificado en este trámite:Órgano competente en la materia

  • Última actualización: 20/02/2025
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