Obtención del título de Bachiller por quienes opten por cursar simultáneamente las Enseñanzas Profesionales de Música o Danza y las materias comunes de bachillerato.
Información general
Obtención del título de Bachiller por quienes opten por cursar simultáneamente las Enseñanzas Profesionales de Música o Danza y las materias comunes de bachillerato.
- Ciudadanía
Descripción
El alumnado que desee simultanear estudios de Enseñanzas Profesionales de Música o Danza con los del Bachillerato podrá matricularse exclusivamente en las materias comunes del Bachillerato siempre que haya superado el segundo curso de las Enseñanzas Profesionales correspondientes, y haya obtenido el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Las materias comunes del Bachillerato deberán cursarse, como mínimo, en dos cursos académicos y la permanencia máxima será de cuatro años. Para poder cursar las materias comunes del segundo curso del Bachillerato será preciso haber recibido calificación positiva en las materias de primero, con dos excepciones como máximo. El alumnado que se encuentre en posesión del título profesional de Música o Danza podrá realizar estudios de Bachillerato cursando exclusivamente las materias comunes.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
Requisitos
El alumnado que se encuentre en posesión del título profesional de Música o Danza podrá realizar estudios de Bachillerato cursando exclusivamente las materias comunes.
Para poder cursar las materias comunes del segundo curso del Bachillerato será preciso haber recibido calificación positiva en las materias de primero, con dos excepciones como máximo.
El alumnado que desee simultanear estudios de Enseñanzas Profesionales de Música o Danza con los del Bachillerato podrá matricularse exclusivamente en las materias comunes del Bachillerato siempre que haya superado el segundo curso de las Enseñanzas Profesionales correspondientes y haya obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Articulo 7 de la Orden de 1 de diciembre de 2009.
Documentación
Certificado expedido por la secretaría del Conservatorio Profesional de Música o de Danza donde conste el curso en que se encuentra matriculado o fotocopia compulsada del resguardo de matrícula y del abono de las tasas correspondientes.
Artículo 8 de la Orden de 1 de diciembre de 2009.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente.
- Dirección Centro Docente.
- Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada (Cód.: A01014057).