Centros Docentes Privados: Autorización para la Impartición de Enseñanzas en las Modalidades Semipresencial o a Distancia
Información general
Centros Docentes Privados: Autorización para la Impartición de Enseñanzas en las Modalidades Semipresencial o a Distancia
- Empresas
Descripción
El expediente de autorización administrativa para la impartición en las modalidades semipresencial o a distancia de las siguientes enseñanzas: a) Formación profesional inicial. b) Educación permanente de personas adultas. c) Especializadas de idiomas. d) Deportivas Se iniciará, a instancia de la persona física o jurídica titular del centro docente privado, mediante solicitud dirigida a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a través de la correspondiente Delegación Territorial. Las enseñanzas ofertadas en la modalidad semipresencial se impartirán mediante la combinación de sesiones lectivas colectivas presenciales, de obligada asistencia para el alumnado, y sesiones de docencia telemática. La modalidad de enseñanza a distancia es aquella que puede ser cursada sin necesidad de asistir a un centro docente, mediante docencia telemática que posibilite la interactividad de alumnado y profesorado situados en distinto lugar, sin perjuicio de la realización de determinadas pruebas que exigirán la presencia física del alumnado o, en su caso, la identificación personal fehaciente del mismo.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
Disponer de profesorado con la titulación requerida para impartir las enseñanzas y la formación técnica y metodológica para el uso de herramientas en entornos virtuales
Tener autorizadas las enseñanzas en la modalidad presencial, en su régimen ordinario o para personas adultas
Disponer de una plataforma virtual de aprendizaje en servicio permanente para impartir la modalidad autorizada con capacidad adecuada
Posibilidad de utilización de las instalaciones y recursos materiales y técnicos disponibles para la realización de la actividad docente presencial que, en su caso, deba llevarse a cabo
Disponer de contenidos en formato multimedia con actividades de aprendizaje y de evaluación de las materias, ámbitos o módulos profesionales que se vayan a impartir
Disponer de un plan docente con las programaciones de las materias, ámbitos o módulos profesionales que se vayan a impartir
Capítulos 1 a V del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre.
Documentación
Acreditar que se dispone de profesorado con la titulación requerida para impartir las enseñanzas y la formación técnica y metodológica para el uso de herramientas en entornos virtuales
Solicitud que contendrá los siguientes datos: a) Identificación de la persona física o jurídica solicitante y el centro para el que se promueve; b) Denominación de la enseñanza y modalidad ; c) Declaración de que se cumplen los requisitos de autorización; d) Número máximo de puestos escolares y, en su caso, unidades de enseñanza y modalidad
Acreditar tener autorizadas las enseñanzas en la modalidad presencial, en su régimen ordinario o para personas adultas
Acreditar que se dispone de una plataforma virtual de aprendizaje en servicio permanente para impartir la modalidad autorizada con capacidad adecuada
Acreditar que existe la posibilidad de utilización de las instalaciones y recursos materiales y técnicos disponibles para la realización de la actividad docente presencial que, en su caso, deba llevarse a cabo
Acreditar que se dispone de contenidos en formato multimedia con actividades de aprendizaje y de evaluación de las materias, ámbitos o módulos profesionales que se vayan a impartir
Acreditar que se dispone de un plan docente con las programaciones de las materias, ámbitos o módulos profesionales que se vayan a impartir
Artículo 28, apartado 4 y 5 del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre.
Plazo de Inicio
- 31/12/2024 23:00 horas - 30/12/2025 23:00 horas (El plazo máximo de presentación de solicitudes de autorización administrativa para la impartición de enseñanzas en las modalidades semipresencial y a distancia, finalizará el 31 de diciembre de cada año y se aplicará, si procede, al curso escolar siguiente.)
Normativa
- Decreto 539/2022, de 2 de noviembre, por el que se deroga el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de Idiomas y Deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional
- Orden de 21 de junio de 2012, de la Consejería de Educación, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado.
- Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452). Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480).
- Consejera (Cód.: A01025640).
- Consejera (Cód.: A01025640).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes. Plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha en que la persona interesada comunique lo recogido en el artículo 29.6 del Decreto 359/2011, de 7 de diciembre
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Novedades
09/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
08/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
12/12/2023 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
12/12/2023 Se ha modificado el campo: Plazos
12/12/2023 Se ha modificado el campo: URL de Modo de Consulta de estado
12/12/2023 Se ha modificado el campo: Información Pública