Mediación Familiar: Registro de Mediación Familiar de Andalucía
Información general
Mediación Familiar: Registro de Mediación Familiar de Andalucía
- Ciudadanía
Descripción
La mediación familiar viene definida como un proceso extrajudicial para la gestión de conflictos no violentos que pudieran surgir entre los miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el citado conflicto, les asisten facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto. En este sentido, el artículo 18 de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, crea el Registro de Mediación Familiar, que tiene carácter administrativo y está adscrito a la Consejería competente en materia de familias. Cualquier profesional que quiera desarrollar la mediación familiar como persona mediadora o, en su caso, como parte integrante del equipo de personas mediadoras, además de reunir los requisitos exigidos por los artículos 13 y 14, respectivamente, podrá solicitar su inscripción en el Registro a efectos de publicidad e información y, en su caso, a efectos de su adscripción al sistema de turnos. Son públicos los datos de las personas mediadoras relativos a su nombre y apellidos, titulación, formación específica en materia de género, lenguaje de signos e idiomas, despacho profesional o domicilio donde vaya a ejercer su actividad, especificando si éste facilita el acceso a las personas con discapacidad y/o movilidad reducida, teléfono profesional, dirección electrónica, número de fax y número de inscripción en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía. Tanto el acceso a los datos del Registro, como la expedición de certificaciones sobre su contenido, se realizarán previa solicitud por escrito de la persona interesada dirigida a la Delegación Territorial competente en materias de familias, en la que se explicitarán las causas por las que se requieren.
Cómo realizar el trámite
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Normativa
- Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Modificado el artículo 13, el apartado 2 del artículo 14, el apartado 3 del artículo 14, apartado e) del artículo 15, el apartado 2 del artículo 18, se suprime el apartado 3 del artículo 18, se modifica el apartado 1 del artículo 24, el apartado d) del artículo 30, el apartado h) del artículo 31, por el artículo 8 de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las tra
- Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas.
- Decreto 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
- Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad (Cód.: A01025841).
Información sobre el tratamiento de datos personales
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad cuya dirección es Avda. de Hytasa, s/n - 41071 -Sevilla y correo electrónico: sgfamilias.ivgd.cisjufi @juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos proporcione se incorporan a la actividad de tratamiento "CISJUFI-Registro de Mediación Familiar de Andalucía" con la finalidad de la inscripción básica, prórroga, modificaciones y bajas en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, cuya base jurídica es la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar de Andalucía. y la Orden de 16 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción básica, modificación, prórroga y cancelación en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, de designación de persona mediadora y de mediación familiar gratuita y eldocumento de aceptación del proceso de mediación.]
d) Puede Ud. ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición a su tratamiento, y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas tal y como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos
e) No están previstas cesiones de datos, salvo las derivadas de obligación legal.
La información adicional detallada se encuentra disponible en las siguientes direcciones electrónicas:
- https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/396049.html - Mediación gratuita y procedimiento de asignaclón de una persona mediadora
- https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/396043.html- Registro de Mediación Familiar
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
11/04/2023 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
22/06/2018 Se ha modificado en este trámite: Modo de solicitud
22/06/2018 Se ha modificado en este trámite: URL Oficina Virtual