Módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía: autorizaciones en casos excepcionales.
Información general
Módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía: autorizaciones en casos excepcionales.
- Ciudadanía
Descripción
Procedimientos de autorización para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo en los supuestos previstos en el artículo 18 de la Orden de 28 de septiembre de 2011, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente presencial.
Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa
Requisitos
Que se den algunos de los casos excepcionales previstos en el artículo 18
Artículo 18 de la Orden de 28 de septiembre de 2011.
Documentación
El compromiso expreso del profesorado del centro docente responsable del seguimiento de efectuar las visitas necesarias para verificar el desarrollo de las actividades del programa formativo. Dicho compromiso debe manifestarse por escrito con el visto bueno de la persona titular de la dirección del centro docente.
Calendario y horarios de seguimiento propuestos por el equipo docente.
Cuando la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo requiera autorización expresa por parte de la persona titular de la dirección del centro docente público, la persona solicitante deberá entregar solicitud
Programación y programa formativo del módulo profesional de formación en centros de trabajo de cada uno de los alumnos y alumnas para los que se solicita autorización.
Solicitud
Artículo 20.3 de la Orden de 28 de septiembre de 2011.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente, Centro docente donde conste el expediente académico del alumno o alumna.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452), Para los supuestos del artículo 18.2. Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480), Para los supuestos del artículo 18.2.
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (Cód.: A01025792), Para el supuesto del artículo 18.3.
- D. G. de Formación Profesional y Educación Permanente, Para los supuestos del artículo 18.1.
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (Cód.: A01025792).
Agota vía administrativa
Novedades
21/02/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.