Profesorado de religión católica: adaptación de las listas del profesorado de religión católica.
Información general
Profesorado de religión católica: adaptación de las listas del profesorado de religión católica.
- Ciudadanía
Descripción
Se determina las características y el plazo para la adaptación de las listas del profesorado de religión católica a la Orden de 11 de septiembre de 2015. Abre plazo de diez días hábiles para que el profesorado de religión católica que forma parte de las listas de las distintas Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación pueda presentar la documentación fehaciente de aquellos méritos no aportados en el momento de la confección de los listados, por no figurar en el baremo correspondiente la impartición de la religión católica en centros privados del mismo nivel educativo o de centros públicos o privados de distinto nivel educativo.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Requisitos
Formar parte de las listas del profesorado de religión católica de las distintas Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación.
Dispongo 1 de la Resolución de 20 de abril de 2016.
Documentación
Documentación fehaciente de méritos no aportados en el momento de confección de listados, debido a la modificación del baremo (dispongo 1 de la Resolución), presentada ordenada conforme al Anexo I de la Orden de 26 de junio de 2009 (modificada por la de 11/09/2015) y deberá referirse a períodos anteriores a la fecha de la convocatoria originaria de ordenación de las listas o, en su caso, a la fecha de fin de plazo de la correspondiente convocatoria de acceso a las mismas.
Dispongo primero de la Resolución de abril de 2016.
Plazo de Inicio
- 03/05/2016 22:00 horas - 13/05/2016 22:00 horas (Abrir un plazo de diez días hábiles para que el profesorado de religión católica que forma parte de las listas de las distintas Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación pueda presentar la documentación fehaciente de aquellos méritos no aportados en el momento de la confección de los listados, por no figurar en el baremo correspondiente la impartición de la religión católica en centros privados del mismo nivel educativo o de centros públicos o privados de distinto nivel educativo (Resolución de 20 de abril de 2016, publicada en BOJA núm. 82, de 3 de mayo))
Normativa
- Orden de 26 de junio de 2009, por la que se regula la cobertura de puestos vacantes de profesorado de religión católica y se establecen las bases para la confección de las listas provisionales del profesorado de dichas materias.
- Resolución de 20 de abril de 2016, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se determina las características y el plazo para la adaptación de las listas del profesorado de religión católica a la Orden de 11 de septiembre de 2015.
- Orden de 11 de septiembre de 2015, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2009, por la que se regula la cobertura de puestos vacantes de profesorado de religión católica y se establecen las bases para la confección de las listas provinciales del profesorado de dicha materia.
- Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452). Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (Cód.: A01035458).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga (Cód.: A01035473).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Almería (Cód.: A01035353).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz (Cód.: A01035362).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Córdoba (Cód.: A01035432).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada (Cód.: A01035452). Dirección General de Comunicación Social (Cód.: A01035452).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén (Cód.: A01035464).
- Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla (Cód.: A01035480).
- Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (Cód.: A01014058).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 1 Mes. Las nuevas listas habrán de estar concluidas, conforme a lo establecido en la Resolución de 20 de abril de 2016, el día 31 de mayo de 2016 y surtirán efectos para el curso académico 2016/2017, sin perjuicio de que se tengan en consideración para la provisión de puestos a que se refiere el artículo 6 de la Orden de 26 de junio de 2009, para el referido curso académico.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Novedades
28/11/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento