Normalización (fuentes administrativas, glosario de términos y conceptos, normas e instrucciones técnicas)

Fuentes administrativas y sistemas de información


La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, establece en su artículo 3.3 que la actividad estadística se realizará tomando como base datos requeridos con fines exclusivamente estadísticos y datos administrativos existentes en la Administración andaluza y establece en su artículo 30.g), como una de las funciones del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, utilizar los datos de fuentes administrativas, incluidas las tributarias, con fines estadísticos y cartográficos, así como promocionar su uso por el resto de entidades y órganos del Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía (SECA).

Por otro lado, en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 se articula el uso y promoción de las fuentes y sistemas de información. Así en su artículo 12, se establece que el SECA mantendrá actualizado un inventario público de fuentes, registros administrativos y sistemas de información de titularidad autonómica susceptibles de explotación estadística o geoespacial, y en su artículo 13 que el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía elaborará y publicará las reglas para la normalización en la codificación de variables con la finalidad de asegurar la comparabilidad y facilitar la integración de los mismos, así como también desarrollará servicios para proveer de información postal a los sistemas de información de la Administración pública, de forma que se garantice la unicidad del dato postal en dichos sistemas y la capacidad analítica de la información desde una perspectiva geoespacial.

En este sentido el Instituto ha establecido criterios normalizadores y buenas prácticas, y ha desarrollado productos y servicios que permiten que los registros administrativos y sistemas de información sean una fuente de información cardinal, facilitando el aprovechamiento estadístico y cartográfico de los datos contenidos en ellos, y garantizando la calidad, actualización y comparabilidad de los mismos.

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Glosario de términos y conceptos


Dentro del objetivo estratégico de calidad integral del marco del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 y la línea estratégica de definición de un modelo común de procesos se contempla, como una de sus actuaciones, desarrollar e implantar un diccionario común para su utilización en el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía.

Este glosario se crea con esa intención teniendo como base el marco conceptual recogido en las memorias técnicas de las actividades estadísticas y cartográficas que se desarrollan en el marco del Plan.

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Normas e instrucciones técnicas


El Plan Estadístico y Cartográfico 2023-2029 recoge expresamente que el Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía se dotará de un sistema de normas técnicas como instrumento para asegurar el rigor técnico, la implantación de procesos de calidad, la transparencia y la simplificación de procesos y productos en las actividades estadísticas y cartográficas siguiendo las normas y estándares que sean de aplicación.

Dichas normas técnicas tendrán por objeto la determinación de los modelos, procesos, especificaciones metodológicas, productos, servicios o evaluación de la calidad, a los que deberá ajustarse la realización de actividades estadísticas y cartográficas de carácter oficial.

Corresponde al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y a las Comisiones Estadísticas y Cartográficas la elaboración de las propuestas de normas técnicas en sus respectivos ámbitos competenciales.

Normas Técnicas Cartográficas de Andalucía (NTCA)

Las Normas Técnicas Cartográficas de Andalucía (NTCA) están orientadas a la normalización de la información geográfica (productos y servicios) para asegurar el rigor técnico, la implantación de procesos de calidad, la transparencia y la simplificación, en todo el proceso de elaboración y difusión. Estas disposiciones están alineadas con las políticas y estrategias superiores que tienen como finalidad garantizar la interoperabilidad (particularmente la Directiva 2007/2/CE, InspirE, y sus desarrollos reglamentarios). En su elaboración se han tenido en cuenta las experiencias normativas de otras instituciones tanto generales como propias del sector cartográfico.

Norma técnica para la elaboración de mapas en el SECA

El objeto de la norma técnica para la elaboración de mapas en el SECA (pdf) es ofrecer directrices técnicas para la elaboración de mapas a partir de información geográfica existente en el SECA. El aspecto tratado de manera prioritaria es el relativo al diseño y representación cartográfica. La guía no pretende ser un manual en la temática, pero sí un documento que facilite la toma de buenas decisiones y la elaboración de mapas en un marco común para el SECA. En los aspectos de diseño y lenguaje cartográfico se ha seguido en gran medida el manual de Dent y col. (2009) y la guía desarrollada por el Instituto Geográfico de Aragón (IGA, 2018).

Esta norma ha sido aprobada por la Comisión Interdepartamental Estadística y Cartográfica e informada favorablemente por el Consejo Andaluz de Estadística y Cartografía en sus sesiones celebradas el 20 de junio de 2024.

Instrucciones técnicas para los informes y documentos en procedimientos de demarcación y ordenación territorial

En el documento Instrucciones técnicas conjuntas de la Secretaría General de Administración Local y del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, a las que han de ajustarse los informes y documentos de procedimientos relativos a la demarcación y ordenación territorial (pdf) se dictan las instrucciones técnicas necesarias para unificar y homogeneizar la documentación geográfica y cartográfica a entregar por las administraciones públicas competentes en los distintos procedimientos de demarcación y ordenación territorial con el fin de:

  • Mejorar la comunicación entre los distintos actores implicados
  • Reducir las ambigüedades de los posibles problemas derivados de una insuficiente información
  • Estandarizar los procesos de intercambio de información
  • Evitar problemas de seguridad jurídica por deficiencia en la calidad de la información

Esta norma ha sido aprobada por la Comisión Interdepartamental Estadística y Cartográfica e informada favorablemente por el Consejo Andaluz de Estadística y Cartografía en sus sesiones celebradas el 20 de junio de 2024.

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