Está ud. en: Inicio > Consejería y Administración de Justicia > La Justicia en Andalucía
viernes, 19 de abril del 2024

Portal Adriano

La Justicia en Andalucía

Justicia en Andalucía. La constitución

La Constitución en su artículo 117 dispone que la Justicia, emanada del pueblo, sea administrada por los Jueces y Magistrados que integran el Poder Judicial.

El Judicial es uno de los tres Poderes del Estado, y tiene atribuida la función, aplicando imparcialmente el derecho, de sancionar los quebrantamientos del ordenamiento jurídico, resolver los conflictos que puedan surgir entre las partes, y controlar la legalidad de la actuación del poder legislativo y de las Administraciones Públicas.

El artículo 149.1.5º, de la Constitución le atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia. No obstante, la Comunidad Autónoma de Andalucía asume, en el artículo 145 de su Estatuto de Autonomía, aquellas competencias en materia de Administración de Justicia para las que la legislación estatal exija una previsión estatutaria.

Estas competencias se adscriben a la Consejería de Justicia y Administración Local y Función Pública de conformidad con el  Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece su estructura orgánica

Audiencias Provinciales

 
La organización judicial en Andalucía esta constituida por las Audiencias Provinciales , con sede en la capital de cada provincia. Cada provincia está dividida en partidos judiciales. En Andalucía hay 85 partidos judiciales, 683 juzgados y 686 juzgados de paz.
 
La Justicia impartida por jueces y magistrados abarca todos los ámbitos sociales, económicos y personales en los que pueden surgir conflictos. La clasificación de las cuestiones litigiosas en grandes áreas, da lugar a lo que se ha venido a denominar órdenes jurisdiccionales o jurisdicciones.
 
Los órdenes jurisdiccionales son los siguientes:

Icono  CIVIL,  en el que se resuelven las reclamaciones que los ciudadanos, empresas o entidades formulen entre sí, como por ejemplo reclamaciones de deudas, las cuestiones relativas a comunidades de propietarios, ect.

Icono  PENAL, dedicado a la investigación y, en su caso, castigo de los delitos y faltas.

Icono CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, en el que se resuelven las reclamaciones efectuadas por ciudadanos o entidades frente a las Administraciones Públicas y se controla la legalidad de su actuación

Icono  SOCIAL, en este orden se resuelven los conflictos de los trabajadores y empresarios, y las reclamaciones frente a la Seguridad Social en materia de incapacidades, jubilaciones o pensiones.

Los órganos Jurisdiccionales: Juzgados y Tribunales

 

Tribunal Supremo

Con sede en Madrid, es un órgano jurisdiccional único en España con jurisdicción en todo el territorio nacional, constituyendo el tribunal superior en todos los órdenes (civil, penal, contencioso-administrativo y social), salvo lo dispuesto en materia de garantías y derechos constitucionales, cuya competencia corresponde al Tribunal Constitucional.

Audiencia Nacional

Tiene jurisdicción en toda España y conoce de determinados asuntos tanto en instancia como en apelación.

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Es el órgano colegiado que culmina la organización judicial de Andalucía, Ceuta y Melilla y es la máxima autoridad judicial en materia de Derecho autonómico.

Audiencias Provinciales

Las Audiencias Provinciales, tienen su sede en la capital de la provincia, de la que tomarán su nombre, y extienden su jurisdicción a toda ella.

La Ley Orgánica del Poder Judicial prevé la creación de Secciones de la Audiencia Provincial fuera de la capital de la provincia, a las que quedarán adscritos uno o varios partidos judiciales. De este modo, la Audiencia Provincial de Málaga tiene una Sección en Melilla, y la de Cádiz otra en Ceuta.

Asimismo, la Audiencia Provincial  de Cádiz, tiene creadas Secciones en Algeciras, que abarca los partidos judiciales de Algecíras, San Roque y la Linea de la Concepción; y en Jerez de la Frontera, que  abarca los partidos judiciales de Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera, y Ubrique.

En materia civil revisan las resoluciones de los juzgados de primera instancia, de los juzgados de lo mercantil y las resoluciones en materia civil dictadas por los juzgados de violencia sobre la mujer de la provincia.

En materia penal juzgan delitos graves castigados con más de tres años de prisión  y revisan en apelación las resoluciones procedentes de juzgados de lo penal y de instrucción, de los juzgados de  vigilancia penitenciaria, menores,así como las resoluciones dictadas en materia penal por los Juzgados de violencia sobre la mujer.

La Audiencia Provincial realiza los juicios con jurado.