El cambio nombre y apellidos de una persona no está sujeto a la libre voluntad de los particulares y sólo es posible en los casos taxativos establecidos en la Ley y que a continuación se describen. Las normas relativas al cambio de nombre y apellidos sólo se aplican a los españoles (sean españoles de origen o nacionalizados españoles). Los extranjeros se rigen por su legislación nacional en la materia.
¿ En qué casos se puede solicitar el cambio de nombre?
Para traducir el nombre a cualquiera de las otras lenguas oficiales del Estado.
Para cambiar su nombre por el usado habitualmente.
Cuando su nombre sea malsonante o exprese un concepto contrario a la dignidad de la persona.
Cuando solicite la rectificación de la mención relativa al sexo de tu inscripción de nacimiento. La rectificación del sexo conlleva el cambio de nombre propio de la persona, para que no resulte discordante con su sexo registral (Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas).
¿Quién puede solicitar el cambio de nombre ?
Cualquier persona mayor de edad y los representantes legales de los menores de edad o incapacitados.
¿Dónde se solicita?
En el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda por domicilio.
Limitaciones a la elección del nombre
El Registro Civil examina si el nombre elegido es admisible o no conforme a las reglas generales de imposición. Dichas reglas establecen los siguientes límites:
No se permite más de un nombre compuesto ni más de dos simples. Los nombres simples irán unidos por un guión y ambos se escribirán con mayúscula inicial.
Están prohibidos los nombres que perjudiquen a la persona, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo.
No se puede poner el mismo nombre que ostente ya un hermano, a no ser que hubiera fallecido. No se permiten los nombres que por sí o en combinación con los apellidos resulten contrarios al decoro de las personas.
¿ En qué casos se puede solicitar el cambio de nombre?
Cuando haya una modificación de la filiación (por ejemplo, al ser adoptado).
Cuando se quiera invertir el orden de los apellidos.
Para adecuar la grafía de los apellidos
Para introducir la partícula "de" antes del apellido para que se diferencie del nombre y éste no parezca un nombre compuesto.
Para cambiar los apellidos de sus hijos o hijas como consecuencia del cambio de su apellidos. Si el hijo o hija es mayor de edad deberá consentir expresamente el cambio de apellidos.
Para cambiar el apellido por el usado habitualmente, siempre que el apellido sea el de uno de los progenitores y siga manteniendo ambas líneas familiares.
¿Quién puede solicitar el cambio de nombre ?
El interesado mayor de edad, y los representantes legales de los menores de edad o incapacitados.
¿Dónde se solicita?
En el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda por domicilio.
Información de interés
La alteración del orden de los apellidos sólo puede hacerse una vez. El cambio de los apellidos implica que debes adaptar todos tus documentos, carnets o títulos.