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Publicado un manual sobre la elaboración y puesta en marcha del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible
Sevilla (enero de 2011). El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha editado un libro explicativo del proceso de elaboración y puesta en marcha del primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible (PDRS), derivado de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, y que fue aprobado mediante Real Decreto el 4 de junio de 2010.

El libro recoge un resumen del contenido del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, en el que se expone la situación y diagnóstico del medio rural en España, la estrategia de acción del PDRS y sus actuaciones, que se articulan en torno a cinco ejes operativos, de los que cuatro son territoriales e incluyen actuaciones elegibles por los planes de zona, y el quinto de carácter temático, que incluye actuaciones independientes de los planes de zona aplicables sobre la totalidad del medio rural. El libro se completa con una descripción de las zonas rurales de aplicación del programa, y con la definición, elaboración, contenido, seguimiento y evaluación que deben seguir los planes de zona.

Por último, el manual -se puede adquirir a través de la página web www.marm.es- incluye un capítulo dedicado a las futuras etapas para la aplicación del programa, entre las que se mencionan la suscripción de los protocolos generales de colaboración y de convenios, la elaboración de los proyectos de planes de zona y la ejecución de las actuaciones de los planes de zona.

Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural

El Ministerio de Medio Ambiente y la comunidad autónoma de Andalucía colaboran para la puesta en marcha de la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural a través de un protocolo que prevé la elaboración de once planes de zona en otras tantas zonas rurales, con una inversión total de 3.596.000 euros, para el periodo 2011-2015, cofinanciados a partes iguales por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este protocolo tiene como objeto fijar el marco de concertación de actuaciones entre ambas administraciones en materia de desarrollo rural para poner en práctica el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible, tal y como prevé la Ley de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Este Programa de Desarrollo Rural Sostenible se aplicará en aquellos términos municipales integrados en las zonas rurales delimitadas y calificadas por la comunidad autónoma, para cada una de las cuales se elaborará un plan de zona rural, como instrumento de planificación de las medidas y acciones contempladas en el programa.

Todos los planes de zona corresponden al primer nivel de prioridad y se aplicarán en las zonas de Sierra de Filabres y Alhamilla (Almería); Noreste de Cádiz y Los Alcornocales (Cádiz); Los Pedroches y el Alto Guadiato (Córdoba); Hoyas de Baza y Guadix (Granada); La Alpujarra (Granada y Almería); Andévalo y Cuenca Minera (Huelva); Sierra de Aracena y Picos de Aroche (Huelva); Condado de Jaén (Jaén); Sierras de Segura y Cazorla (Jaén); Sierras Occidentales de Málaga (Málaga), y Sierra Morena Sevillana y la Vega Alta (Sevilla).

En cuanto a los compromisos adquiridos, Andalucía se compromete a la elaboración y posterior ejecución de los planes de zona, así como a crear un órgano de participación de cada zona rural objeto de planificación, con el fin de facilitar una participación pública real y efectiva, tanto en la elaboración del plan de zona como para su posterior seguimiento y evaluación.