En los decretos de declaración de los espacios naturales de Sierra Nevada y Doñana y según el régimen de regulación de sus Órganos de Gestión y Participación se establece que la secretaría del Consejo de Participación será desempeñada por la persona funcionaria de la Consejería de Medio Ambiente, con rango al menos de Jefatura de Servicio, que designe la persona titular de la Dirección General de la RENPSA.
Además, se actúa así de conformidad con el artículo 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, donde se especifica que los órganos colegiados tendrán un secretario que podrá ser un miembro del propio órgano o una persona al servicio de la Administración Pública Correspondiente.