Los transportistas de residuos

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La figura del transportista de residuos es una figura clave cuya actividad es esencial para garantizar la trazabilidad y el movimiento seguro de los residuos desde el punto de producción (o almacenamiento) hasta la planta de tratamiento final autorizada.

  • Naturaleza de la actividad: el transportista es un gestor de residuos, que lleva a cabo el transporte de los mismos por cuenta de terceros sin tomar posesión de los mismos en ningún momento.
  • Régimen de inscripción: a diferencia de las instalaciones de tratamiento (que requieren autorización), la actividad de transporte de residuos requiere comunicación previa e inscripción en el Registro de Productor y Gestor de Residuos de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio social, conforme a la Ley 7/2022.
  • Responsabilidad: el transportista asume la responsabilidad del residuo y de su seguridad durante el traslado,  compartida con el operador del traslado que lo contrata, debiendo verificar que el residuo está correctamente clasificado, envasado y etiquetado, y mantenerlo de esta forma.

Obligaciones generales

  • Comunicación previa a la actividad.
  • Inscripción en el Registro de Productores y Gestores de Residuos.
  • Medios adecuados: disponer de los medios materiales y personales necesarios para realizar el transporte de forma segura y garantizando la adecuada manipulación del residuo.
  • Autorizaciones de los medios de transporte: disponer de las tarjetas de transporte vigentes de los vehículos, así como el ADR en el caso de vehículos que transporten residuos peligrosos.
  • Seguro de responsabilidad civil: contar con un seguro que cubra las responsabilidades que puedan derivarse de las operaciones de transporte.
  • Garantía financiera: según el criterio establecido en el punto 1.1 del anexo IV del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.

Obligaciones documentales

  • Documento de Identificación (DI): es obligatorio portar y cumplimentar el Documento de Identificación (DI) que acompaña al residuo (emitido por el operador del traslado) en cada traslado. Este documento es clave para la trazabilidad.
  • Notificación Previa de Traslado (NPT): si el traslado está sujeto a NPT (especialmente residuos peligrosos o residuos no peligrosos destinados a eliminación), el transportista debe asegurarse de que la notificación ha sido realizada por el productor y es válida.

Contenido de la comunicación previa (según anexo XI de la Ley 7/2022)

Para obtener la inscripción en el registro, el transportista debe presentar una comunicación previa a la Comunidad Autónoma de su domicilio, que debe incluir, como mínimo, la siguiente información (anexo XI de la Ley 7/2022):

  • Datos del titular: identificación de la persona física o jurídica que va a realizar el transporte.
  • Domicilio y datos de contacto: dirección fiscal, teléfono, correo electrónico, etc.
  • Medios técnicos: relación de los medios técnicos de que dispone la entidad (vehículos, cisternas, equipos de carga/descarga, etc.).
  • Tipología de residuos: indicación de los tipos de residuos que pretende transportar (especificando si son peligrosos o no peligrosos) y sus códigos LER correspondientes.
  • Garantía financiera: acreditación de la constitución de la garantía financiera, si esta es legalmente exigible para los residuos que pretende transportar.