La figura del Plan Integrado de Caza se define en el artículo 38.3 de la Ley 8/2003 de la flora y fauna silvestres, donde además se especifica que su elaboración puede ser de oficio por la Administración al concurrir circunstancias excepcionales de orden sanitario, biológico o ecológico que lo justifiquen.
El objetivo fundamental del presente Plan Integrado de Caza es establecer las directrices básicas para la gestión cinegética y, en su caso, las modificaciones o interacciones en los Planes Técnicos de Caza de los cotos incluidos en el ámbito territorial de aplicación del Plan Integrado de Caza, a partir de la afección real del incendio en cuanto a superficie y daños producidos sobre la vegetación.
En las actuales circunstancias se habrán de alcanzar y mantener densidades idóneas de especies cinegéticas, además de determinar las condiciones especiales de los aprovechamientos cinegéticos de dichos cotos.
Documents du plan:
- - Plan integrado de caza del terreno afectado por el incendio de “Pujerra”, en la provincia de Málaga. Junio 2022 (21,02MB)
- - Resolución de la Dirección General de Medio natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos por la que se aprueba el Plan Integrado de Caza de los terrenos afectados por el incendio de Pujerras en el año 2022. (0,01MB)