Agentes de Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía: Registro
Información general
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Inscripción, modificación o cancelación de la inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y demás entidades de la cooperación para el desarrollo que cumplan los requisitos previstos en el artículo 17.1 de la Ley 14/2003, y su domicilio social figure en el territorio de la Comunidad Autónoma o tengan delegaciones o establecimientos permanentes radicados en ella. El Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo tiene carácter público. La inscripción en el Registro no tendrá efecto constitutivo. La inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación para el Desarrollo en Andalucía será requisito imprescindible para recibir ayudas de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Por internet
Solicitud en línea.Presencialmente
Formularios
- Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía.Solicitud
Nº: 001098 (Obligatorio) - Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía.Subanexo A
Nº: 001098/A (Obligatorio) - Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía.Subanexo C
Nº: 001098/C (Obligatorio) - Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía.Subanexo B
Nº: 001098/B (Obligatorio) - Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía.Subanexo D
Nº: 001098/DD (Obligatorio)
Documentación
Documento Nacional de Identidad de los representantes de la entidad
Sanciones firmes recaídas y/o declaración de no existir resolución administrativa sancionadora
Documento en el que se acredite la propiedad, alquiler o, en su caso, acuerdo, certificación o documento que acredite la cesión o puesta a disposición de locales o establecimiento a nombre del agente
C.I.F. de la entidad solicitante
Declaración responsable del agente debidamente firmada por su representante legal sobre los aspectos recogidos en la norma
Certificado de inscripción en el Registro competente, en su caso
Acta de constitución de la entidad. Estatutos o normas de funcionamiento en vigor
Acuerdo de la entidad sobre la composición de los órganos de gobierno debidamente acompañado del certificado firmado por el secretario con el visto bueno del presidente o documento equivalente
Delegaciones o apoderamientos a favor de otras personas representantes del agente
Artículo 23 del Decreto 172/2005, de 19 de julio, de la Consejería de la Presidencia.
Requisitos
Las Organizaciones no gubernamentales de desarrollo u entidades de la cooperación para el desarrollo han de cumplir los requisitos previstos en el artículo 17.1 de la Ley 14/2003
Domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma o delegaciones o establecimientos permanentes radicados en ella
Artículo 17.1 de la Ley 14/2003, 22 de diciembre. 'Artículo 16 del Decreto 172/2005, de 19 de julio, de la Consejería de la Presidencia, remite al artículo anterior de la LEy 14/2003
Normativa
- Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperacion Internacional para el Desarrollo.
- Decreto 172/2005, de 19 de julio, por el que se regula el Consejo Andaluz de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Comisión de Cooperación para el Desarrollo y el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Información adicional
Órganos responsables
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo