Subvenciones para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvenciones para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.

Código:
10494
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
05/06/2017

Descripción

Concesión de subvenciones cuya finalidad es promocionar el sector profesional del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.

Se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, para el ejercicio 2023, en las líneas que a continuación se detallan

a) Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos

b) Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.

c) Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años

.e) Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

f) Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras y/u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía.

g) Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Los indicados en el en el Apartado 4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de amntenimiento y excepciones de los cuadros resumen de las Bases Reguladoras. (Artículo 3 de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 215, de 5 de noviembre de 2015.)

Se detalla el apartado 4 para cada línea de subvención convocada: 

Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos.

4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro, el circo, la música o la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza. Como beneficiarias, de estas ayudas, quedan excluidas las entidades de derecho público, fundaciones, asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de personas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la producción, comercialización y/o distribución de espectáculos de teatro, danza, circo o música, pudiendo obtener la condición de beneficiaria aquellas entidades que además tengan incluido en su objeto social la representación de artistas, compañías o formaciones para su comercialización y distribución.

Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de personas físicas, que se dediquen profesionalmente a la producción, comercialización y/o distribución de espectáculos de teatro, danza, circo o música.

En todo caso, obtendrá la condición de persona o entidad beneficiaria aquella que realice la actividad que, en su caso, fundamente el otorgamiento de la subvención.

Constituye un requisito indispensable para obtener la condición de beneficiaria que las personas o entidades solicitantes acrediten, en el caso de resultar beneficiarios provisionales, compromisos de contratación (contratos, precontratos, acuerdos o cartas de invitación) para un mínimo de tres representaciones, por parte de dos o más teatros o salas de conciertos o bien un compromiso de contratación para al menos una representación o concierto en la programación oficial de una feria o festival.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos: Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada.

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Tampoco a las empresas en crisis, teniendo en cuenta la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio.

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No se establecen. 

Para las siguientes líneas:

 Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.

Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:

4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro o el circo, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.

Como beneficiarias de estas ayudas, quedan excluidas las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención: Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de persona beneficiaria, en el caso de personas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la producción y comercialización de espectáculos de teatro o circo, pudiendo obtener la condición de beneficiaria aquellas entidades que además tengan incluido en su objeto social la representación de artistas, compañías o formaciones para su comercialización y distribución. Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de personas físicas, que se dediquen profesionalmente a la producción y comercialización de espectáculos de teatro o circo. En todo caso, obtendrá la condición de persona o entidad beneficiaria aquella que realice la actividad que, en su caso, fundamente el otorgamiento de la subvención.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos: Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de la presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada.

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Tampoco a las empresas en crisis, teniendo en cuenta la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio.

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No se establecen.

Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía.

4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:

4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas privadas, organizadoras de ferias, festivales, muestras y otros eventos de exhibición escénica o musical de carácter profesional que se celebren en la comunidad andaluza.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención: Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria,en el caso de personas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la organización de actividades destinadas a la promoción y el fomento de actividades escénicas o musicales y su organización y ejecución. En el caso de personas físicas, constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiarias, que se éstas se dediquen profesionalmente a la organización de actividades destinadas a la promoción y el fomento de actividades escénicas o musicales y su organización y ejecución.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos: Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada.

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Tampoco a las empresas en crisis, teniendo en cuenta la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio.

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No se establecen.

Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada.

4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:

4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades: Podrán ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas privadas que vayan a llevar a cabo la gestión de salas de exhibición escénica en instalaciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma andaluza y cuya actividad principal sea la exhibición comercial de espectáculos de carácter profesional de artes escénicas o música.

Quedan excluidas las entidades de derecho público.

Quedan expresamente excluidos los espacios cuya actividad comercial principal sea cualquier otra distinta de la exhibición, aunque pudieran incluir programación de espectáculos como actividad complementaria.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención: Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria,en el caso de personas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la exhibición comercial de espectáculos de carácter profesional de artes escénicas o música. Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de personas físicas, que se dediquen profesionalmente a la exhibición comercial de espectáculos de carácter profesional de artes escénicas o música. La sala de exhibición escénica deberá contar al menos con 1 año de actividad comercial en el momento de solicitar la subvención y acreditar, en ese periodo, una programación estable con un mínimo de 50 representaciones en el caso de salas de exhibición escénica y 40 en el caso de salas de conciertos en ambos casos de carácter profesional, así como un aforo máximo de 400 butacas. En el caso de las salas de conciertos que no cuenten con localidades sentadas, el aforo máximo será de 800 espectadores.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos: Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada.

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Tampoco a las empresas en crisis, teniendo en cuenta la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio.

4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: No se establecen

Documentación

La documentación se establece en el  apartado 15.- Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II, de los cuadros resumen de las Bases Reguladoras. Artículo 17   de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 215, de 5 de noviembre de 2015.)

Se detalla el apartado 15 para cada línea de subvención convocada: 

Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos.

Documentación acreditativa de los criterios de valoración establecidos en el apartado 12 del resumen.  1.Actividad profesional de la compañía o formación:

1.1 Para Teatro, circo, danza: Material promocional de las obras estrenadas o referencias publicadas en prensa o contratos certificados o de actuación de las mismas.

1.2 Para Música: Material promocional de programas o referencias publicadas en prensa o contratos o certificados de actuación de los mismos y ejemplares de discos publicados.

1.3 (Teatro, circo y danza) Experiencia profesional del director o directora: Material promocional de las obras estrenadas, referencias publicadas en prensa o contratos o certificados de actuación de las mismas expedidos por los titulares de los espacios o por la correspondiente entidad de gestión de derechos de autor.

1.4 (Música) Participación en festivales de carácter profesional: Certificados de actuación expedidos por los titulares de los espacios o por la correspondiente entidad de gestión de derechos de autor, o material promocional o referencias publicadas en prensa o contratos.

2. Características del espectáculo o concierto:

2.1 Número de personas en gira (Intérpretes, técnicos y personal de producción): Memoria artística (plan de gira).

2. 2 Autor/a, coreógrafo/a o compositor/a con nacimiento o residencia superior a 5 años en Andalucía. Para acreditar nacimiento en Andalucía: DNI. Para residencia en Andalucía para personas no nacidas en esta Comunidad: Certificado de empadronamiento que demuestra la residencia de más de cinco años. Parar autores o autoras fallecidos, referencia bibliográfica o documental que demuestre su nacimiento o residencia en Andalucía.

3. Plazas de la gira: Plan de gira acompañado de contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación en los que se especifiquen las condiciones de contratación y otros gastos cubiertos. Deberán estar firmados o sellados por la entidad contratante, y deberá figurar en los mismos las condiciones de contratación (cachet o taquilla y otras aportaciones si las hubiera).

4. Número de representaciones o conciertos en la gira: Plan de gira acompañado de contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación.

5. En relación con las medidas de igualdad de género: Para acreditar la presencia de mujeres en las autorías (dirección, coreografía, dramaturgia o composición): Autorización de la autora o del representante de la entidad de gestión de derechos de autor que corresponda. Para acreditar la presencia de mujeres en los equipos de gestión o dirección: recibo de autónoma o escrituras. Para acreditar la presencia de mujeres entre el personal contratado: declaración firmada por la persona solicitante en la que se relacionen las mujeres contratadas y su puesto o categoría acompañado de copia de contrato o nómina.

6. Consideración con colectivos en riesgo de exclusión: Memoria explicativa.

En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá, en todo caso, respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras, sin que en ningún caso el presupuesto reformulado pueda ser inferior, en más de un 20%, respecto al inicialmente presentado.

Documentación acreditativa de los requisitos del apartado 4.a.)1º.

a) DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona solicitante o NIF de la entidad solicitante.

b) Cuando proceda, documento de alta en el IAE del solicitante y certificado de situación de alta en el impuesto de actividades económicas expedido por la AEAT.

c) DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante del solicitante, así como acreditación de la representación en la que dice actuar.

d) Escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad. En todo caso, deberá quedar acreditada la vinculación entre el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto artístico objeto de la subvención.

e) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la que es titular la persona física o entidad jurídica beneficiaria.

Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.

 

Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II por los beneficiarios provisionales.

1. Proyecto artístico.

1.1 Nº de intérpretes en escena: Ficha artística.

1.2 Experiencia profesional de Director o Directora. Material promocional de los espectáculos o referencias publicadas en prensa o contratos o facturas con abono o certificado de actuación con concepto acorde a la actividad

1.3 Autor o autora del texto con nacimiento o residencia mínima de 5 años en Andalucía. : Para acreditar nacimiento en Andalucía: DNI. Para residencia en Andalucía para personas no nacidas en esta Comunidad: DNI de más de 5 años de antigüedad donde figure domicilio en Andalucía o certificado de empadronamiento que demuestra la residencia de más de cinco años. Parar autores o autoras fallecidos, referencia bibliográfica o documental que demuestre su nacimiento o residencia en Andalucía.

1.4. Obra o espectáculo realizado en régimen de residencia artística o coproducción con otra entidad (nacional o internacional) Contrato, convenio o acuerdo en vigor firmado por las partes.

2. Trayectoria artística de la compañía artística y /o de sus integrantes.

2.1 Número de representaciones realizadas por la compañía en el año natural anterior a la convocatoria : Certificados de actuación expedidos por los titulares de los espacios o por la correspondiente entidad de gestión de derechos de autor o referencias publicadas en prensa o contratos o facturas con concepto acorde a la actividad y abono de la misma.

2.2 Premios o reconocimientos obtenidos: Certificado o comunicación del o los premios obtenidos y referencias publicadas en prensa.

3. Financiación y contrataciones.

3.1. Presencia de otros inversores o cofinanciación en un mínimo del 10%: Contrato, convenio o acuerdo firmado por las partes en el que figuren las aportaciones de cada parte.

3.2.Inversión propia en más de un 50%: Plan de financiación.

3.3. Contratación de servicios creativos profesionales que presten servicio en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía (diseños de dirección, escenografía, composición musical, vestuario, iluminación, espacio sonoro o coreografía): Contrato carta de compromiso o factura proforma y copia del CIF/NIF o certificado de empadronamiento o alta en el IAE.

3.4. Contratación, tanto interna como externa de servicios profesionales de distribución, producción o comunicación: Contrato, convenio o acuerdo firmado por las partes.

4. En relación con la consideración que el proyecto tenga con la igualdad de género. - Para la acreditación de la presencia de mujeres en las autorías (dramaturgas, coreógrafas y compositoras ): Autorización de la autora o de la representante de la entidad de gestión que corresponda. - Para la acreditación de la presencia de mujeres en los equipos de gestión y dirección: En caso de empresarias, recibo de autónoma o escrituras. Para personal contratado: Declaración firmada por la persona solicitante en la que se relacionen las mujeres contratadas y su puesto o categoría acompañado de copia de contrato o nómina.

5- Consideración con colectivos en riesgo de exclusión: Memoria explicativa documentada.

Documentación acreditativa de los requisitos del apartado 4.a.)1º.

a) DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona solicitante o NIF de la entidad solicitante.

b) Cuando proceda, documento de alta en el IAE del solicitante y certificado actualizado de situación de alta en el impuesto de actividades económicos expedido por la AEAT.

c) NIF o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante del solicitante, así como acreditación de la representación en la que dice actuar.

d) Escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad. En todo caso, deberá quedar acreditada la vinculación entre el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto artístico objeto de la subvención.

e) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la que es titular la persona física o entidad jurídica beneficiaria.

En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá, en todo caso, respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras, sin que en ningún caso el presupuesto reformulado pueda ser inferior, en más de un 20%, respecto al inicialmente presentado.

Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía.

1. Programación de la edición en curso:

1.1 Número de representaciones o conciertos previstos: Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación.

1.2 Número de representaciones o conciertos previstos de compañías o formaciones musicales con domicilio social en Andalucía:Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación así como NIF de la compañía que acredite el domicilio fiscal en Andalucía.

1.3 Representaciones o conciertos que contribuyan a la formación artística del público infantil y juvenil: Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación en las que se especifique que el espectáculo se dirige a este tipo de público.

1.4 Estreno en la programación de la edición de producciones propias o en coproducción con compañías o formaciones: En el caso de producciones propias del festival, material promocional si lo hubiera. En el caso de coproducciones: Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación en los que se especifique el carácter de estreno y material promocional si lo hubiera.

1.5 Programación en la edición de estrenos absolutos: Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación en los que se especifique el carácter de estreno y material promocional si lo hubiera.

1.6 Representaciones, conciertos y/o actividades complementarias que contribuyan a la igualdad de género y/o a la integración social de colectivos en riesgo de exclusión (Mínimo 5) Deberá aportarse, en su caso, la publicidad correspondiente.

1.7 Representaciones o conciertos de compañías o formaciones del resto de España e internacionales (Mínimo 3 representaciones de cada procedencia): Contratos, precontratos, acuerdos o compromisos de contratación en los que quede manifiesta la residencia en el resto de España o en el extranjero.

1.8 Inclusión de actividades complementarias de carácter formativo (cursos, talleres, conferencias o exposiciones) promocional o comercial (stands, showcases, programación de encuentros de profesionales) Deberá aportarse, en su caso, la publicidad correspondiente.

2. Características y trayectoria de la feria, festival o evento:

2.1.Número total de espectadores en la edición anterior: memoria que incluya relación de espectáculos programados y número de espectadores por espectáculos.

2.2. Número de ediciones anteriores de la feria, festival o evento: Material promocional o referencias de prensa. 2.3. Representaciones o conciertos en la calle o en espacios singulares en las 2 ediciones anteriores: Material promocional o referencias de prensa.

Documentación acreditativa de los requisitos del apartado 4.a.)1º.

1. DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona solicitante o NIF de la entidad solicitante.

2. Cuando proceda, documento de alta en el IAE del solicitante y certificado actualizado de situación de alta en el impuesto de actividades económicas expedido por la AEAT.

3. DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante del solicitante, así como acreditación de la representación en la que dice actuar.

4. Escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad. En todo caso, deberá quedar acreditada la vinculación entre el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto artístico objeto de la subvención.

5. Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la que es titular la persona física o entidad jurídica beneficiaria.

En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá, en todo caso, respetar el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras, sin que en ningún caso el presupuesto reformulado pueda ser inferior, en más de un 20%, respecto al inicialmente presentado.

Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada.

1.1- Número de representaciones o conciertos previstos en el año en curso: Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada en curso.

1.2- Número de representaciones de compañías o conciertos de formaciones musicales con domicilio social en Andalucía y/o de autores andaluces o con residencia superior a 5 años en Andalucía: Compañías o conciertos de formaciones musicales: NIF donde se acredite el domicilio social en Andalucía. Autores andaluces o con residencia superior a cinco años en Andalucía. : Para acreditar nacimiento en Andalucía: DNI. Para residencia en Andalucía para personas no nacidas en esta Comunidad: DNI de más de 5 años de antigüedad donde figure domicilio en Andalucía o certificado de empadronamiento que demuestra la residencia de más de cinco años. Parar autores o autoras fallecidos, referencia bibliográfica o documental que demuestre su nacimiento o residencia en Andalucía.

1.3.- Número de provincias de procedencia de las compañías o formaciones musicales andaluzas: NIF de la compañía o formación donde se acredite el domicilio social en Andalucía.

1.4.- Inclusión en la programación de espectáculos que contribuyan a la igualdad de género y/o a la integración de colectivos en riesgo de exclusión social (Mínimo 5 representaciones): Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada en curso.

1.5 Inclusión en la programación de espectáculos que contribuyan a la formación artística del público infantil y juvenil (Mínimo 15 representaciones)/ Ciclos específicos de promoción de nuevos valores: Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada en curso.

1.6. En salas de teatro la Inclusión en la programación de espectáculos de danza contemporánea, música o circo (Mínimo 15 representaciones o conciertos)/ En salas de conciertos la inclusión en la programación de espectáculos de teatro, danza contemporánea o circo (Mínimo 8 representaciones): Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada en curso.

2. Características de la sala:

2.1. Número y estabilidad del personal contratado en la sala (Contratos de duración superior 9 meses): Contratos laborales del personal.

2.2. Número medio de espectadores por representación en la temporada anterior (Invitaciones máximas computables: 10% de aforo): Memoria que incluya relación de espectáculos y número de espectadores por espectáculo.

2.3 La titularidad del local: Propiedad o alquiler/cesión con canon superior a 800€ mensuales: Contrato de compra-venta, contrato de alquiler o convenio de cesión

2.4 Ubicación de la sala en un municipio no capital de provincia o fuera del casco antiguo de la localidad: Contrato de compra-venta, contrato de alquiler o convenio de cesión.

En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá, en todo caso, respetar el objeto , las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras, sin que en ningún caso el presupuesto reformulado pueda ser inferior en más de un 20% al inicialmente presentado.

Documentación acreditativa e los requisitos del apartado 4.a.1ª)

1. DN O o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España de la persona solicitante o NIF de la entidad solicitante.

2. Cuando proceda, documento de alta en el IAE del solicitante y certificado actualizado de situación de alta en el impuesto de actividad económica expedido por la AEAT.

3. DNI o NIE o la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España de la persona representante del solicitante así como acreditación de la representación en la que dice actuar.

4. Escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad. En todo caso, deberá quedar acreditadas la vinculación entre el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto artístico objeto de la subvención.

5. Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la que es titular la persona física o entidad jurídica beneficiaria.

Plazo de Inicio

  • 17/04/2024 - 09/05/2024 (El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, finalizando el 08/05/2024 para quienes la presenten telemáticamente y el 09/05/2024 para los que la presenten en registro físico, al ser el día 17 de abril festivo en Sevilla, sede del órgano convocante, por aplicación del artículo 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se considera inhábil en todo territorio a efectos de presentación en registro físico.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2023

16/06/2023. Propuesta de Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se propone desestimar solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria de 2023 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las líneas 1, 2, 5, 6 y 8.
20/06/2023. Acuerdo de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se realiza requerimiento para la subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (BOJA núm. 76, de 24 de abril de 2023)
05/07/2023. Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al trámite de subsanación de las solicitudes concurrentes al procedimiento de concesión de subvenciones
13/07/2023. Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se desestiman solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria 2023 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las Líneas 1, 2, 5, 6 y 8.
27/07/2023. Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se declara el desistimiento y se procede al archivo de solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones, en la convocatoria 2023, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las líneas 1, 2, 3, 5, 6 y 8.
10/08/2023. Propuesta Provisional de Resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (Boja núm. 76, de 24 de abril).
25/08/2023. Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se declara finalizado el trámite de audiencia de las solicitudes concurrentes al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (Boja núm. 76, de 24 de abril de 2023).
20/10/2023. Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023
24/10/2023. Adenda a la Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023
Información pública:

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

AAIICC- SECTOR PROFESIONAL ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165485.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 06/08/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 06/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Tramitación

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Resolución

  • 22/07/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Órgano competente en la materia

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 08/08/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 08/08/2019 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 11/10/2019 Se ha publicado: Acuerdo de la Gerencia de la Agencia andaluza de Instituciones Culturales, por el que se realiza requerimiento para la subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 29 de julio de 2019 (BOJA Nº 152, de 8 de agosto). correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 11/10/2019 Se ha publicado: Acuerdo de la Gerencia de la Agencia andaluza de Instituciones Culturales, por el que se realiza requerimiento para la subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 29 de julio de 2019 (BOJA Nº 152, de 8 de agosto). correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 11/10/2019 Se ha publicado: Propuesta de Resolución de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se propone desestimar solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria 2019 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondiente a las líneas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8. correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 22/11/2019 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante resolución de 29 de julio de 2019 (BOJA nº 152, de 8 de agosto). correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 22/11/2019 Se ha publicado: Propuesta provisional de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante resolución de 29 de julio de 2019 (BOJA nº 152, de 8 de agosto). correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 17/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 17/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 16/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 16/06/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 18/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 01/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento

  • 16/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 16/06/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 26/07/2022 Se ha publicado: RESOLUCIÓN DE LA DIRECCION DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE DECLARA EL DESISTIMIENTO Y SE PROCEDE AL ARCHIVO DE SOLICITUDES PRESENTADAS

  • 03/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 03/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 25/08/2023 Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se declara finalizado el trámite de audiencia de las solicitudes concurrentes al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (Boja núm. 76, de 24 de abril de 2023).

  • 24/04/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 24/04/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 24/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 24/06/2022 Se ha publicado: ACUERDO DE LA GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR EL QUE SE REALIZA REQUERIMIENTO PARA LA SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO, LA MÚSICA, LA DANZA Y EL CIRCO EN ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 12 DE ABRIL DE 2022 (BOJA NÚM. 75, DE 21 DE ABRIL DE 2022)

  • 21/04/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 21/04/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 16/06/2023 Propuesta de Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se propone desestimar solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria de 2023 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las líneas 1, 2, 5, 6 y 8.

  • 27/07/2023 Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se declara el desistimiento y se procede al archivo de solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones, en la convocatoria 2023, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las líneas 1, 2, 3, 5, 6 y 8.

  • 18/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 20/06/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 27/04/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 27/04/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 27/04/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 02/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 02/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 08/05/2023 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCION DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE DECLARA EL DESISTIMIENTO Y SE PROCEDE AL ARCHIVO DE SOLICITUDES PRESENTADAS

  • 08/05/2023 Propuesta de Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se propone desestimar solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria de 2022 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las líneas 1,2, 6 y 8.

  • 08/05/2023 ACUERDO DE LA GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR EL QUE SE REALIZA REQUERIMIENTO PARA LA SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO, LA MÚSICA, LA DANZA Y EL CIRCO EN ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 12 DE ABRIL DE 2022 (BOJA NÚM. 75, DE 21 DE ABRIL DE 2022)

  • 08/05/2023 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES POR LA QUE SE DECLARA FINALIZADO TRÁMITE DE SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO, LA MÚSICA, LA DANZA Y EL CIRCO EN ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 12 DE ABRIL DE 2022

  • 08/05/2023 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE DESESTIMAN SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN PRESENTADAS EN LA CONVOCATORIA DE 2022 PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO, LA MÚSICA, LA DANZA Y EL CIRCO EN ANDALUCÍA CORRESPONDIENTES A LAS LÍNEAS 1, 6 Y 8.

  • 08/05/2023 PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA PROMOCIÓN DEL TEATRO, LA MÚSICA, LA DANZA Y EL CIRCO EN ANDALUCÍA, CONVOCADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 12 DE ABRIL DE 2022 (BOJA Nº 75, DE 21 DE ABRIL).

  • 08/05/2023 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES POR LA QUE SE DECLARA FINALIZADO EL TRÁMITE DE AUDIENCIA DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS

  • 08/05/2023 Resolución por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 12 de abril de 2022 (Boja número 75, de 21 de abril de 2022)

  • 10/08/2023 Propuesta Provisional de Resolución del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (Boja núm. 76, de 24 de abril).

  • 20/06/2023 Acuerdo de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se realiza requerimiento para la subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 11 de abril de 2023 (BOJA núm. 76, de 24 de abril de 2023)

  • 09/05/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 16/11/2022 Se ha publicado: Resolución por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocadas mediante Resolución de 12 de abril de 2022 (Boja número 75, de 21 de abril de 2022)

  • 13/07/2023 Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se desestiman solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria 2023 para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía correspondientes a las Líneas 1, 2, 5, 6 y 8.

  • 05/07/2023 Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al trámite de subsanación de las solicitudes concurrentes al procedimiento de concesión de subvenciones

  • 24/10/2023 Adenda a la Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023

  • 16/04/2024 Se ha modificado el campo: Habilitado

  • 16/04/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 16/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 16/04/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 20/10/2023 Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pone fin al procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, convocado mediante Resolución de 11 de abril de 2023

  • Última actualización: 16/04/2024
    Índice